Los códigos sísmicos resumen y ordenan las normas y prácticas del diseño sismo-resistente. En estos códigos están presentes el conocimiento científico de avanzada, la praxis tecnológica y el estudio a profundidad de los daños causados por terremotos pasados, en procura de que todos los tipos de edificaciones y obras civiles sean diseñadas y construidas tomando en cuenta la probabilidad de ocurrencia de terremotos. No faltan en ellos las disposiciones administrativas que tienen por objeto designar la autoridad que evalúa o examina la documentación pertinente, así como las obras in situ para comprobar su conformidad con las normas, prácticas y recomendaciones establecidas.
Desde el 2011 el país cuenta con el Reglamento para el Análisis y Diseño Sísmico de Estructuras: nuestro Código Sísmico. El documento divide la isla en dos zonas, la primera, definida como de alta sismicidad, agrupa a 22 provincias, 14 de ellas con la totalidad de su territorio expuesto a la destrucción por terremotos; la segunda, de mediana sismicidad, engloba a 14 provincias con riesgos de sufrir sacudidas fuertes y muy fuertes.
Esto significa que la casi totalidad de la población dominicana (cerca de 11 millones de personas), estaría expuesta en cualquier momento a un desastre telúrico que puede ser violento, muy fuerte, severo o extremo. El hecho es que la isla está localizada en el borde de la interacción entre la placa de Norteamérica y la placa del Caribe; esta última también está en interacción con las placas Sudamericana, de Cocos y de Nazca, moviéndose en dirección sureste.
A esa realidad nada halagüeña, se suma la existencia de 13 fallas geológicas en el interior que, a juicio de los expertos, pueden motorizar terremotos de magnitud mayor a los 7 grados en la escala sismológica de Richter.
De lo dicho se desprende que debemos tomar muy en serio nuestro Código Sísmico, no solo para decir que tenemos uno de clase internacional en términos de requisitos mínimos-, sino para aplicarlo con la rigurosidad y responsabilidad política que la importancia de su objeto amerita.
Observamos que las construcciones ilegales siguen su curso; los parqueos en el primer nivel están de moda; el uso masivo de columnas cortas parece indetenible; el análisis acomodaticio del terreno se pone en clara evidencia; la abrumadora presencia de trabadores informales se impone y las conocidas debilidades en las evaluaciones técnicas de vulnerabilidades e incumplimientos deliberados persisten. Aunque nuestro Código solo establece “los requisitos mínimos que se deberán cumplir en el análisis y diseño sísmico de todas las estructuras que se erijan en el territorio nacional”, el reacondicionamiento de las edificaciones levantadas antes de 2011 es un problema de solución pendiente de una complejidad e importancia inimaginables.
Podemos afirmar, que la magnitud del trabajo que supone asegurar el cumplimiento del Código, así como la evaluación y mejora de las estructuras que fueron erigidas antes de su promulgación, sobrepasa con mucho las capacidades técnicas y los recursos humanos disponibles del Ministerio de Obras Públicas. La gravedad de la situación se incrementa si tomamos en cuenta que los flujos incrementados de la migración hacia las grandes ciudades siguen consolidando un patrón de crecimiento estructural urbano caótico que apenas cuida los aspectos básicos de la resistencia lateral, olvidando o desconociendo el elemento de ductilidad que protege, en combinación con la primera, frente a la ocurrencia de destructivas sacudidas horizontales.
Un tema asociado muy importante es el del cumplimiento de los requisitos para concreto y acero estructural. Por un lado, la industria del cemento nacional es un formidable oligopolio que amerita la supervisión, inspección y monitoreo de parte de los cuerpos especializados estatales. Las certificaciones de sus productos por tercera parte acreditada ofrecerían una garantía adicional de seguridad a millones de ciudadanos.
Por otro, el monopolio nacional de las varillas, ahora encarnado en la multinacional del sector del Acero Gerdau-Metaldom, no debería oponer resistencia a la adopción de la especificación técnica internacional ASTM para varillas de acero A-706, formulada en los años 70 para atender la demanda de esos productos con propiedades de fluencia controladas para estructuras sismo resistentes, además de la exigencia de una composición química estipulada.
La multinacional quiere quedarse con la norma A-615, formulada igualmente por la misma prestigiosa organización norteamericana (ASTM) de normas internacionales voluntarias. La realidad es que para ponernos de acuerdo con la no adopción de la A-706 tendríamos que introducir una importante enmienda a la A-615 vigente, de modo que las varillas puedan ser utilizadas en las columnas, vigas y muros de las estructuras de cualquier tipo que están sujetas desde 2011 al cumplimiento de los requerimientos mínimos del Código Sísmico dominicano.
La revisión, que tendría que tocar necesariamente el tema de las resistencias reales de tracción y fluencia, probablemente eleve el costo del producto; no obstante, la industria debería estar visiblemente comprometida con la calidad de las construcciones sismo resistentes, lo cual obviamente tiene que ver con la seguridad del pueblo dominicano.
¿Pueden ofrecer los proveedores extranjeros en el mercado dominicano varillas de construcción A-706 Grado 60 a un precio menor o igual que el de las varillas A-615 de Grado 60? Si es así deberíamos pensar que la industria puede producir sin contratiempos acero de refuerzo cumpliendo con la A-706. Pero esto es tema de la próxima entrega.