¿Qué reformar? ¿Por qué reformar? ¿Para qué reformar? Toda reforma presupone una acción funcional del objeto de reforma. Esa respuesta al por qué,  nos obliga a pensar en doctrinas, modelos, principios y valores que coloca la tarea reformadora en su justo sentido del contenido renovador a materializar. Otro aspecto , que nos coloca en el  plano normativo  ideal de una hipotética acción reformadora, es  el  que se    manifiesta en la exigencia  de un  signo   reformable,  ante  la decadencia, degradación  o perdida de razón de ser del objeto obligado a ser reformado o transformado radicalmente.

La miseria intelectual y humana  del debate y el llamado Consenso de PUCMM, centra más la atención de sus actores y protagonistas en una rebatiña de quien sí y quien no, ante la eventualidad de quien sacará más ventajas de la conformación y composición  de los órganos del sistema político y electoral.  Parecen más movidos por la convicción de que la debilidad y los males institucionales, que acogota las perspectivas de cambio,  tienen su origen en quienes la dirigen y la componen, más que en la necesidad de normas que   garanticen  y sean soporte legales de su funcionamiento y cumplimiento y finalidad política e institucional.

Una auténtica reforma que transforme la mentalidad del ejercicio y liderazgo político, hace necesario  un exorcismo social e institucional que libere el sistema político y electoral del síndrome de Diógenes. De ese síndrome o comportamiento político compulsivo de acumular poder, riquezas, mañas, trampas y privilegios.

Hay un concepto legal, no importa quién no los acepte, y unos principios constitucionales ante los cuales estamos compelidos a someternos. Ante esta razón y fuerza  de la norma normalmente  nos resistimos y somos más que diligentes en buscar la vuelta y hacer arreglos,  con lo que  de forma deplorable  hemos construido de forma sistemática en la sociedad política dominicana una  cultura de negación de observancia  del imperio de la ley;   impidiendo con ello,  el  avance  institucional del país. El consenso y diálogo que como contrato social es una garantía de la convivencia razonable y civilizada, en el caso dominicano, es  un atajo anti democrático, y, es antidemocrático porque es el consenso de conciliábulos  de unos pocos que se hace en  detrimento y de espalda a la mayoría.

Cuál es el sentido de la vista pública de los órganos parlamentarios, abierta a todos y todas; si un llamado consenso desconoce las prerrogativas que consagra la constitución a cada ciudadano, en razón de que los predestinados del diálogo lo dan por expresadas en ellos, en un diálogo cerrado y restringido.

Una auténtica reforma que transforme la mentalidad del ejercicio y liderazgo político, hace necesario  un exorcismo social e institucional que libere el sistema político y electoral del síndrome de Diógenes. De ese síndrome o comportamiento político compulsivo de acumular poder, riquezas, mañas, trampas y privilegios.  La construcción  de la democracia dominicana tiene como prioridad la formulación de una norma del sistema político y de partidos que garanticen democracia interna y derechos políticos institucionales.  De igual manera y de forma separada, una ley orgánica-institucional que regule el funcionamiento de la Junta Central y su articulación con el Sistema  Político y de Partido.