Contrario a lo que opina mucha gente, creo que una nueva reforma constitucional en estos momentos revaloriza el sentido, la amplitud y la inclusión como conceptos ceñidos a la democracia, que se ha consolidado en República Dominicana en los últimos años.
Lo creo así porque como periodista me impulsan esos valores de la democracia; sobre todo lo que tiene que ver con los derechos inherentes al ser humano y sus prerrogativas ante la vida civil, por llamarlo de alguna manera, que implica la igualdad de todos en una sociedad abierta donde cada dia se fortalecen las libertades públicas.
Lejos de muchas de esas ideas adversas que salpicaron el escenario hace unas semanas, creo que es propicia una reforma constitucional que no solo habilite al actual presidente Danilo Medina para el 2024, sino que contemple otras iniciativas que consoliden lo que atañe a la institucionalidad, los valores fundamentales y el corpus de protección a las instituciones, que es lo mismo que la vida en convivencia de nosotros como ciudadanos.
Si un un punto se debe tener en cuenta en la Carta Magna de 2010 es el contenido en el artículo 2 del capítulo I De la nación, de su soberanía y de su gobierno.
Allí en el artículo 2, Soberanía popular, dice "La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, de quien emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o e en forma directa, en los términos que establecen esta Constitución y sus leyes".
El referido articulo es la suma de toda la voluntad afirmada por el legislador que reviste al pueblo del más amplio poder para decidir sobre la protección de los mejores intereses del país, o lo que es lo mismo, de la colectividad.
El tema de debate durante estos meses ha sido el artículo 124 que habla de la designación presidencial y concluye estableciendo que el Presidente de la República podrá optar por un segundo periodo constitucional consecutivo y no podrá podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República.
Este llamado transitorio fue respetado por el presidente Danilo Medina y el pueblo, como depositario de la soberanía nacional, así designado en la Constitución tiene en sus manos la posibilidad de reanimar la habilitación de Danilo Medina para un periodo posterior al 2020.
La Constitución de la República Dominicana no puede propiciar ese mandato por demás discriminatorio, como bien refirieran en meses pasados adherentes y defensores de actual jefe de Estado.
La reforma es necesaria, aunque los enemigos políticos jurados del presidente Danilo Medina crean lo contrario, en este punto porque contiene ese dispositivo de impedimento contra un Presidente, que es un ser humano y por tanto, con derechos propios del principio universal de igualdad, que se le ha querido conculcar, con esa penalidad jurídica de impedimento.
Hacer posible la habilitación de Danilo Medina es ante todo un acto de justicia.