El pasado 1 de octubre se llevó a cabo un mal denominado referéndum de autodeterminación en Cataluña, una de las diecisiete Comunidades Autónomas por las que está compuesto el territorio español. El referéndum fue celebrado a instancia del ahora expresidente catalán, Carles Puigdemont, no obstante el Tribunal Constitucional Español haber declarado ilegal la convocatoria del mismo. La inconstitucionalidad del proceso independentista no solo viene derivada por contradecir la indivisibilidad del territorio establecida en la Constitución Española, sino también por chocar con el principio de integridad territorial de los Estados que impone el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea o Tratado de Lisboa.

El desacato del Gobierno catalán a la decisión del máximo intérprete de la Carta Magna fue la gota que derramó la copa en la cadena de violaciones al orden constitucional emprendida por la clase gobernante catalana desde que en 2012 comenzó a defender la vieja idea de separar a Cataluña del resto de España. Desde un primer momento la respuesta del Ejecutivo de Mariano Rajoy al desafío independentista ha consistido en recurrir a las garantías democráticas que el ordenamiento jurídico español pone a su disposición, muy especialmente el agotamiento de las vías jurisdiccionales. Pero, tras la declaración unilateral de independencia por parte de Puigdemont, el presidente Rajoy impulsó la medida más contundente en los cuarenta años de democracia española: la suspensión del autogobierno a una Comunidad Autónoma.

Como es de conocimiento, tras la muerte del dictador Francisco Franco y la consecuente transición democrática, España adoptó como forma de organización territorial el modelo de Estado Autonómico, a través del cual se reconoce el autogobierno a determinadas regiones debido a su singularidad lingüística, cultural e histórica. Las autonomías vienen siendo una especie de naciones dentro de una única nación: España. Por lo tanto, si bien los gobiernos autonómicos se rigen por sus respectivos estatutos de autonomías (constituciones autonómicas), no dejan de estar subordinados a la Constitución Española. En tal sentido, el constituyente español, emulando al alemán, ha previsto medidas a tomar en caso de que un gobierno autonómico se salte la constitucionalidad. Una de esas medidas lo es la suspensión del autogobierno.

En su artículo 155 la Constitución Española establece las circunstancias en las que el Gobierno central español podría intervenir el autogobierno de una Comunidad Autónoma. Esto queda plasmado en el citado artículo en los términos siguientes: “Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”.

La aplicación del contenido del artículo 155 implica la puesta en práctica de un estado de excepción autonómico, por medio al cual el Gobierno nacional español suspende el autogobierno de una Comunidad Autónoma, subrogándose las funciones del mismo. Como bien lo indica la Constitución, la suspensión del autogobierno solo puede ser llevada a cabo previa autorización del Senado, cámara legislativa que, según su reglamento, aprobará el estado de excepción acompañado de las medidas solicitadas por el presidente del Gobierno. En el caso de Cataluña, el presidente Rajoy solicitó al Senado la destitución del presidente Puigdemont y sus consejeros, la disolución del parlamento autonómico y la convocatoria a elecciones en la referida Comunidad Autónoma para escoger un nuevo gobierno autonómico.

A la legítima aplicación del artículo 155 se suma la presentación de querellas por parte de la Fiscalía General Española contra la cúpula del cesado Gobierno catalán y la mesa directiva del disuelto Parlamento de Cataluña por la alegada comisión de los delitos de sedición, rebelión y malversación de fondos.

A lo largo de las últimas cuatro décadas la institucionalidad democrática española ha tenido de frente grandes desafíos, que van desde la intentona golpista del 23 de febrero de 1981 hasta el separatismo violento impulsado por la banda terrorista ETA. El desafío independentista emprendido por una parte de la clase política catalana representa un reto que ha venido poniendo a prueba la convivencia pacífica pactada por los españoles en la Constitución de 1978, refrendada en su momento por el 88,5% de los ciudadanos. Las legítimas acciones tomadas por las autoridades españolas buscan salvaguardar el Estado de Derecho como máxima garantía de las libertades individuales y colectivas.