Contrario a lo que afirman las actuales y pasadas autoridades de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CDEEE) y de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, esta central termoeléctrica nunca ha sido dotada de un relleno sanitario como establece el Estudio de Impacto Ambiental elaborado por la empresa canadiense Golder Associates.

En efecto, en la pagina 3-92 del referido Estudio de Impacto Ambiental, se indica que “Para 20 años se dispone en total de 555,939.88 metros cuadrados en el cual se crearan depósitos tipo relleno sanitario con altura máxima de 100 pies.”,

El relleno sanitario es una técnica de eliminación final de desechos sólidos en el suelo, con el objetivo de no causar molestias ni peligros para la salud, seguridad pública, ni tampoco perjudicar el ambiente durante su operación, ni después de terminado el mismo.

Para que un vertedero de desechos solidos pueda ser considerado un relleno sanitario y cumplir con su objetivo de “no causar molestias ni peligros para la salud, seguridad pública, ni tampoco perjudicar el ambiente durante su operación, ni después de terminado el mismo”, tiene que estar provisto obligatoriamente, de una planta de tratamiento de los lixiviados tóxicos que producen los desechos sólidos.

Si en la Central Termoeléctrica Punta Catalina no existe, como de hecho no existe, una planta de tratamiento de los lixiviados tóxicos que producen las cenizas colocadas en el depósito, vertedero y cenicero, es incorrecto y erróneo denominar y afirmar, que dicha Central, posee un relleno sanitario, ya que debido a la ausencia de una planta de tratamiento para los lixiviados tóxicos de las cenizas almacenadas en el vertedero y cenicero, existe un inminente peligro para la salud, seguridad pública y medio ambiente.

En consecuencia, el depósito donde se vierten las cenizas producidas por la combustión del carbón para generar electricidad en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, en lugar de ser un relleno sanitario, con lo cual se cumpliría con el compromiso asumido por la CDEEE en el Estudio de Impacto Ambiental, lo que es en la realidad es un vertedero y cenicero, como bien califico en su momento el Ministro de Energía y Minas.

El Estudio de Impacto Ambiental y la Licencia Ambiental, emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales a favor de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, ha sido violado de manera flagrante, tanto por las pasadas autoridades como por las presentes.

Las actuales autoridades de la CDEEE y de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, están en el deber y la obligación de cumplir con el compromiso asumido en el Estudio de Impacto Ambiental, aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el cual fue la base de sustentación, de la emisión de la Licencia Ambiental 0267-14, concedida a la Central Termoeléctrica Punta Catalina por parte del Ministerio, en fecha 14 de Agoto del 2014 y ese cumplimiento solo se logra y se consigue, convirtiendo el vertedero y cenicero de Punta Catalina, en un relleno sanitario, el cual se lograra, mediante la construcción de una planta de tratamiento para los lixiviados tóxicos que producen las cenizas de Punta Catalina almacenadas en el cenicero.

Si las actuales autoridades de la CDEEE y de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, no asumen sus responsabilidades y obligaciones, cumpliendo con el compromiso sagrado y obligación asumida en el Estudio de Impacto Ambiental y Licencia Ambiental, de que la Central Termoeléctrica Punta Catalina este provista de un relleno sanitario, lo que implica la construcción de una planta de tratamiento para los lixiviados tóxicos que producen las cenizas, serán tan responsables o quizás hasta más, como lo son las autoridades pasadas, de las posibles consecuencias que puedan derivarse sobre la salud, seguridad pública y medio ambiente, en las inmediaciones y áreas circundantes a donde ha sido construida la Central Termoeléctrica Punta Catalina.

La Central Termoeléctrica Punta Catalina, nunca ha tenido un relleno sanitario, ni en la actualidad, ni en el pasado, sino que lo que ha tenido, ha sido un vertedero y cenicero.

Esa aberración injustificable e indefendible, que además constituye una violación flagrante a la Licencia Ambiental emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, debe ser corregida y enmendada, a la mayor brevedad posible, para evitar consecuencias mayores y situaciones que lamentar. Ya no se le puede seguir echando la culpa a la gestión pasada, sobre todo tomando en cuenta, que las actuales autoridades, van rumbo a los seis (6) meses de ejercicio del poder.

La bomba ambiental, que representan las cenizas de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, por carecer de una planta de tratamiento de los lixiviados tóxicos que ellas producen, debe ser desactivada a la mayor brevedad posible, siendo esta desactivación, una responsabilidad única y exclusiva, de las actuales autoridades de la CDEEE, institución en vías de desaparición, de ser eliminada y de ser destruida. La bola de nieve montana abajo debe ser detenida. Hay que tomar el toro por los cuernos. Mas vale precaver que tener que remediar.

Cuando se ejerce el rol de oposición, se denuncia.

Cuando se ejerce el poder desde el Estado, se actúa solucionando los problemas.

Es el momento de sustituir la denuncia por acción, ejecución y solución.