En estos días se ha desatado un interesante debate en las redes sociales a propósito de la discriminación ejercida por un banco comercial hacia una joven que solicito empleo. Se le pidió que llevara el “pelo lacio” porque es lo que establece el protocolo del banco, su pelo natural es rizado.

La referencia a protocolos discriminantes no solo aparece en este caso de un banco comercial, sino que está presente en muchos espacios laborales, comercios, colegios y escuelas públicas. Pareciera que el pelo crespo genera problemas conductuales que afectan la disciplina de las personas al interior de oficinas, centros educativos y otros espacios. ¿Cuál es el delito de tener el pelo crespo?

El delito principal es la visibilización de nuestro origen afrocaribeño y con ello la diversidad étnico-racial presente en nuestra población. En el pelo crespo (“malo”) se muestran raíces en la población de origen: africano, haitiano, cocolo, afroamericano, cubano o de cualquier país de Centroamérica o de la región del Caribe desde donde han emigrado distintos grupos hacia el país.

Las modas masculinas vinculadas a trenzas, pelo largo o de amplio grosor son enjuiciadas como vinculantes a patrones delictivos. Directores/as de centros educativos y docentes prohíben a estudiantes de sexo masculino exhibir peinados mostrando su pelo crespo desde un amplio grosor (afro) o en trenzas.

A la población femenina lo ocurre lo mismo. Se les pide que “recojan su pelo” o que lo desricen. Esto último entra en contradicción con el currículo educativo que establece la promoción de la identidad cultural. El pelo crespo mostrado en su forma natural es parte de la identidad, el ocultamiento del mismo con mecanismos artificiales es una acción de negación y rechazo.

La concepción presente en el personal docente y directivo de centros es semejante a la que tienen bancos comerciales y otras instituciones. Identifican en el cabello de origen afrodescendiente alguna partícula genética que pueda desencadenar conductas delictivas o problemáticas.

La gran pregunta es si el pelo lacio per-se le ofrece a las personas un dispositivo genético para no cometer ninguna acción delictiva o que atente contra la armonía social.

Obviamente la prohibiciones de peinados y modas en los espacios institucionales sean educativos, laborales o jurídicos son totalmente violatorias de los derechos y libertades de las personas. No existe ninguna razón que no sea el racismo para establecer códigos y protocolos que repriman la condición natural del pelo.

Estas conductas represivas y discriminatorias nos muestran una sociedad que necesita una acción más vigilante de las instancias que preservan los derechos ciudadanos con sanciones a quienes violan la constitución y estos derechos.

Este articulo fue publicado originalmente en el periódico HOY