La motivación para exponer esta propuesta es estrictamente personal.  Mi familia ha sido víctima, como muchas otras, de la expropiación de una parcela para la conformación del Parque Nacional del Este mediante el Decreto presidencial No. 722 de abril de 1975, sin que se haya hecho el pago correspondiente, al igual que las demás parcelas del Parque y otras tantas expropiaciones en el país.

En el mencionado Decreto se especifica claramente que dichas parcelas debían ser pagadas de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 344 del 29 de julio de 1943, que  es la norma que rige para estos casos. De igual manera tenemos el Art. 51 de la Constitución  que consagra y garantiza el derecho de propiedad y establece las condiciones bajo las cuales una persona puede ser privada de su derecho, que debe ser solamente por “causas justificadas de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre las partes o sentencia de tribunal competente, de conformidad con lo establecido en la ley.  Solamente en caso de declaratoria de Estado de Emergencia o de Defensa, la indemnización podrá no ser previa”.

Está claro que el pago por parte del Estado de las propiedades expropiadas de acuerdo a la constitución y a la Ley No. 344 del año 1943 y sus modificaciones, es obligatorio, y la expropiación no debe ejecutarse sin cumplir con los procedimientos establecidos en la propia Ley. Por esta razón, en cada decreto presidencial de expropiación se establece la urgencia de la misma y se da instrucciones a los funcionarios competentes para completar los procedimientos requeridos por la ley.   Sin embargo, la realidad es otra, los funcionarios encargados de gestionar y/o realizar el pago  no cumplen con ese mandato y esta ley se ha constituido en letra muerta, y a través del ejercicio del poder se ejecutan las expropiaciones sin el cumplimiento de nuestras leyes.  El  Estado viola sus propias leyes y se hace pasible de demanda por este incumplimiento. Con razón el Presidente del Tribunal Constitucional ha calificado de aberrantes  estas violaciones.  Por lo tanto,  todos estos Decretos y Leyes que expropian parcelas y que no cumplen con las leyes, en pleno derecho son nulos.

En tal sentido nos permitimos presentar una propuesta que lleva el ánimo de resolver estos entuertos y crear un punto de inflexión para que en lo adelante las expropiaciones se realicen de acuerdo a los términos de nuestra Constitución y leyes.

Proponemos que cada expropiación se realice con un Decreto que contenga una declaración de utilidad pública bien sustentada y detallada, y que se ejecute una negociación previa bien documentada con los propietarios, a fin de que si estos no aceptan el valor propuesto pueda ser remitida  a un tribunal y dar cumplimiento a nuestras leyes, y mientras dicho tribunal no se pronuncie la expropiación no debe ejecutarse.

Para el saldo de los valores proponemos el pago inmediato cuando las cantidades envueltas lo permiten. De lo contrario el pago pudiera ser  a través de la emisión de Bonos Soberanos debidamente aprobados por el Congreso.

A la vez proponemos que estos Bonos  incluya el pago mensual de una atractiva tasa de interés, competitiva con el mercado financiero, que a su vez incentive la creación de un mercado de valores secundario que provea de liquidez a los propietarios o tenedores de dichos Bonos.

Por supuesto, los vencimientos y pagos que se programen para honrar estos documentos deben ser consignados en los presupuestos de la nación para los años sucesivos, y que el plazo final no se extienda más allá del término del ejercicio constitucional para el cual fue electo  el Presidente.  Esto así para que dentro de su período constitucional se ejecute a plenitud la expropiación.  Esto es importante porque no dejaría al próximo presidente compromisos financieros por este concepto, y tomando en consideración que esas expropiaciones se realizan para un proyecto de ese período constitucional.

Sin embargo tenemos una realidad. Qué hacer con lo que tenemos pendiente?  Debido a este sistema irregular de tantos años,  el Estado ha ido creando un pasivo social y económico incalculable.  En tal sentido,  y sabiendo que para nuestro país el pago inmediato o la emisión de Bonos Soberanos para honrar estos compromisos no es posible en estos momentos para la mayoría de los casos, proponemos un ejercicio que puede servir de ejemplo, y ayudar a resolver este problema socio-económico.  Me refiero a tomar el Parque Nacional Cotubanamá o Parque Nacional Del Este como ejemplo, ya que las propiedades que lo conforman no fueron pagadas en el año 1975 cuando se produjo su expropiación y la conformación.

Proponemos la liberación de las costas del Parque Nacional Cotubanamá que tienen vocación turística, bajo ciertas normas para conservar los ecosistemas. Con esta liberación los terrenos con costas que puedan ser desarrollados tendrán una plusvalía importante, y parte de la misma podría ser utilizada en inversiones para mejorar el Parque y para el pago de los propietarios internos que queden siendo áreas protegidas.

Hemos propuesto la creación de un patronato que tenga el co-manejo del Parque, donde participe el sector privado con los propietarios de terrenos con costas, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Turismo, y las municipalidades de Bayahibe y Boca de Yuma. Este Patronato tendría la responsabilidad de administrar los recursos provenientes de esa plusvalía y tasar las propiedades internas para su posterior pago, así como crear el ordenamiento territorial de la zona,  las autorizaciones para el uso de suelo y la supervisión de inversiones, además del mantenimiento y cuidado del Parque, ya sea la zona costera como en la parte interna para conservar en buen estado temas históricos-culturales de las cuevas con pictografías y enterramientos indígenas.

Con esta propuesta el Estado se liberaría de un pasivo importante y este ejemplo podría ser utilizado en otros Parques y/o expropiaciones.   Además se atraería un turismo diverso, no sólo  de sol y playa, sino un turismo científico y cultural. Estudiosos de dichas áreas vendrían a observar las diferentes especies y profundizar sus conocimientos sobre las costumbres y forma de vida de los aborígenes.