El sector de Las Caobas de Herrera en Santo Domingo Oeste surgió a final de la década del 1970, producto de los desalojos llevado a cabo en el barrio de la Ciénaga. Este sector tuvo un crecimiento demográfico acelerado entre 1981 y 1993, según los Censos de Población y Vivienda. En el Censo 2002 se registró una población de 26 mil habitantes, la cual disminuyó en el Censo 2010 hasta 23 mil pobladores. El barrio Las Caobas representa demográficamente el 6.40% de la población de Santo Domingo Oeste (ONE, 2010).
Los cambios demográficos antes señalados podrían tener su base en el cambio de uso de suelo de vocación residencial hacia otros tipos, especialmente de vocación comercial. Esto se produce y actualmente se está produciendo en un contexto en el cual las autoridades municipales no han sido capaces ni tienen voluntad política para regular el uso de suelo. Este fenómeno del cambio de uso de suelo no es exclusivo del sector de las Caobas, porque arrastra todo el sistema municipal. Este sector puede ser emblemático o simbólico para describir el descalabro y la irresponsabilidad del alcalde de Santo Domingo Oeste para gestionar el territorio, cuyo despeñadero provocado por los Peña en las Caobas paso a analizar.
En las Caobas hay un patrimonio cultural y deportivo expresado en su play de beisbol. Este patrimonio es un referente histórico que está bordeado por áreas verdes, que son de dominio público. No obstante, muchos de los espacios han sido adjudicados, según indican los dirigentes comunitarios, a familiares y allegados del actual alcalde. En el entorno del play han instalados bancas de apuestas, ventas de comidas rápidas, verduras y frutas. Uno de los casos más patéticos es el de la apropiación de cientos de metros por parte de la Inmobiliaria Taveras Jiménez, cuyo accionista principal es el Sr. Bolívar Taveras Jiménez. Esta empresa ha cercado con block áreas históricamente de dominio público y utiliza el espacio como depósito de equipos pesados.
Institucionalmente diversas entidades y legislaciones tienen competencias que regulan la apropiación de espacios de dominio público y del cambio de uso de suelo. El ayuntamiento es una de las principales entidades con facultades normativas en materia de ordenamiento territorial y uso de suelo. La iniciativa de la empresa privada del señor Taveras Jiménez está revestida de ilegalidad por varias razones, que podemos explicar a continuación:
1ro. Aunque el alcalde ha permitido la construcción al señor Taveras Jiménez y ha adjudicados espacios públicos para el funcionamiento de negocios, la autoridad municipal está impedida de remitir informaciones de oficio administrativo a particulares en materia de uso de suelo, porque tiene que mediar una resolución o normativa del Concejo de Regidores, lo cual no ha ocurrido.
2do. El cambio de uso de suelo es racionalmente realizado mediante estudios técnicos. De golpe y porrazo un suelo de vocación institucional, cultural y deportiva no puede funcionar para otros fines, sin que exista una normativa evacuada por el Concejo Municipal y mediante consulta ciudadana. El uso de suelo, si bien es cierto que es una facultad constitucional de los ayuntamientos, estos están compuestos por dos órganos complementarios: alcaldía y concejo de regidores. De esta afirmación se deriva que la apropiación de las áreas verdes en Las Caobas es violatoria a la Constitución Dominicana en su Art. 199 que da potestad normativa, administrativa y de uso de suelo a los ayuntamientos.
3ro. En caso de que procediera la enajenación de un patrimonio municipal, lo cual sería irregular según lo antes descrito, el Concejo de Regidores de Santo Domingo Oeste tendría que aprobarlo con la ¾ parte de la matrícula e informarlo 15 días antes a la ciudadanía para que exprese sus consideraciones, lo cual no ha ocurrido ni debe de ocurrir.
4to. Otra entidad que tiene competencia en materia de uso de suelo, particularmente en la protección de los patrimonios ambientales que reposan en el mismo, es el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ni la Inmobiliaria Taveras Jiménez ni aquellos entes privados que el alcalde le ha adjudicad espacio de dominio público cuentan con licencias ambientales para instalar negocios que tienen afecciones en el patrimonio ambiental.
5to. Por su lado, los arrendamientos de modo directo que ha hecho el alcalde a particulares y correligionarios, tanto en Las Caobas como en todo Santo Domingo Oeste, han sido realizados, según regidores consultados, de modo discrecional y por decisión propia; lo cual constituye una violación al Art. 192 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios en torno a los períodos para la realización de subastas y la publicación de las fechas en que se realizarían las mismas.
La conclusión es que en Las Caobas y en Santo Domingo Oeste hay en marcha un proceso vulgar de enriquecimiento mediante corrupción, soborno y apropiación ilegal de espacios de dominio público. Un proceso que está beneficiando a una élite política que gestiona el municipio para el beneficio privado y particular. Pero también se observa la necesidad de construir un contrapeso socio-político en capacidad de revertir el despeñadero engendrado por los Peña. Un contrapeso que articule lo mejor de la oposición política y el liderazgo social históricamente comprometido. El movimiento social en Las Caobas debe continuar en la línea de la judicialización y la movilización comunitaria, como lo ha venido haciendo.