La creación del mito de la caverna, por el filósofo griego Platón en el Libro IV de la República, en el que narra un diálogo entre su Maestro Sócrates y su hermano Glaucón, con cuyo pensamiento busca y tiene como intencionalidad filosófica mostrar en sentido figurativo como la vida nos encadena mirando hacia la pared de una cueva, desde que nacemos y, cómo las sombras que vemos reflejadas en la pared componen nuestra realidad.

“La docta ignorancia de Radhamés Camacho”, presidente de la Cámara de Diputados, nos ha revelado un mundo que a juicio de él no tiene nada que envidiar como analogía alegórica del mito de la caverna del fundador de la Academia Platón y, que hoy en el ideal danilista, son enunciadas como las sombras de perpetuidad que se reflejan en el fondo de la caverna de la reelección como sombras de una realidad y necesidad danilista.  Cuya verdad subjetivista, llega a hacer de una verdad inteligible como el impedimento constitucional previsto para una potencial presentación de quien ejerce el período presidencial 2016-2020, una verdad que no es verdad, sino, pura percepción reflejada o sombras encadenadas de autoritarismo necesario.

“Sócrates dice a Glaucón, en este diálogo de Platón en la República Libro VII, – que los prisioneros creen que aquello que observan es el mundo real, sin darse cuenta de que son solo las apariencias de las sombras de esos objetos”. A decir de Camacho, en su diálogo de reelección y Docta Ignorancia, el impedimento Constitucional expresado en el Vigésimo Transitorio es pura percepción ausente de verdad constitucional-, en otras palabras, no existe, es pura apariencia en el texto de la Constitución Dominicana de 2015. ¡diablo!, el Filósofo Protágoras le quedó chiquito a Camacho y danilistas, mientras Protágoras decía que “el hombre es la medida de todas las cosas”; ahora resulta, que el danilismo y la reelección; es la medida de toda constitución y perpetuidad en el poder.

“Como dije antes, un príncipe que quiere conservar el poder es a menudo forzado a no ser bueno, porque cuando aquel grupo, ya sea pueblo, soldados o nobles, del que tú juzgas tener necesidad para mantenerte, está corrompido, te conviene seguir su capricho para satisfacerlo, pues entonces las buenas acciones serían tus enemigas”. La anterior cita es del Libro Primero la Docta Ignorancia de Nicolás de Cusa, en sus reflexiones sobre El Príncipe de Maquiavelo Capítulo XIX.

Tanto esta improbable como la anterior Reforma Constitucional para habilitar la reelección presidencial de Danilo Medina Sánchez, fueron y continuarían siendo elementos y factores de perturbación anticonstitucionales que subvierten y atentan contra el Orden Constitucional. Orden que como norma es el limite al poder expresado en el art. 73 de la Constitución Dominicana de 2015, que cito y con la que concluyo estas reflexiones a continuación: Artículo 73.- “Nulidad de los actos que subviertan el orden constitucional. Son nulos de pleno derecho los actos emanados de autoridad usurpada, las acciones o decisiones de los poderes públicos, instituciones o personas que alteren o subviertan el orden constitucional y toda decisión acordada por requisición de fuerza armada”, fin de la cita.