No son pocas las veces que un amigo o relacionado me pregunta por alguno de los muchos temas de la economía que no conozco o se me olvidaron. También por, precisamente, un dato de la única variable pensé no era importante en una página de la que tengo toda la información en formatos avanzados (antes base datos Access y ahora en Power BI).
Mis colegas del Banco Central todavía recuerdan cuando en una reunión Marino Fuentes me preguntó por la cifra de préstamos de ayer, en los tiempos que mi mascota rayada de cuadros pegados con ega transparente era de los mejores recursos de consulta. Ellos me vieron revisarla con apuro y responder un poco frustrado: “Se me olvidó añadir esa tabla, pero aquí ando con las reservas internacionales fresquecitas”.
Con mi amigo Luis Soto me acaba de pasar algo parecido: pensó en mí para que lo ayude a resolver una situación con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Se acordó de un libro sobre una propuesta de reforma tributaria del año 1988, de portada amarilla, que publicó la fundación donde trabajé después de regresar de la maestría en Estados Unidos. En realidad era blanca, el tiempo la marchitó, y ciertamente fue una propuesta que la Fundación Economía y Desarrollo preparó para que Acción Empresarial, entidad que dirigía José Báez Guerrero, la presentara al Consejo Nacional de Hombres de Empresa.
Le dije que la próxima semana es que inicio los cursos para ser consultor tributario certificado, pero que pasara por casa y trajera esa reliquia que fue referente para las reformas de los años noventa. Su caso parece uno simple para hacer justicia e interesante contar en un artículo orientando a personas pueden estar en situación similar. Les comento.
Luis Soto es ingeniero y abogado, dos profesiones que van con su forma metódica y disciplinada de hacer las cosas como mandan las normas para tiempo y proceso. Compró el 10 de agosto del 2007 un apartamento para regalar a uno de sus hijos, “Me gusta repartir lo poco que tengo en vida, José”. Diez días después paga el impuesto de operaciones inmobiliarias y tasa judicial en una oficina de la DGII que estaba en la Av. Independencia, cerca de la Embajada de España. Entregó en efectivo RD$45,020, le pasan su recibo de pago y la Declaración de Propiedad Inmobiliaria que establece estar exento del pago del famoso IPI que aplica para apartamentos o casas superan un valor determinado.
De ahí a la Jurisdicción Inmobiliaria y depositar en original el contrato y los recibos de la DGII con la finalidad que el título pase a nombre de su hijo. Prueba de que para ese tiempo las reformas para mejorar la eficiencia administrativa en esa entidad estaban funcionando es que el título se le emite el 23 de agosto del 2007. El “loco bajito” que decidió irse a España para especializarse en medicina y residir allá recibe la buena noticia que ya es propietario y, además, que apareció un buen inquilino.
Ocho años después, Luis Soto es consultado por su hijo de una oportunidad de negocio donde la venta del apartamento proporcionaría la liquidez faltante. “Vamo’ arriba, eso es tuyo y tengo el poder notarial para proceder”. A los pocos días aparece alguien dispuesto a comprar, se llega al acuerdo de precio y para redactar el contrato falta verificar si no hay deudas por el IPI. Luis cree que el trámite es pan comido porque el tope de exención se mueve con la inflación, pero el comprador recibe una sorpresa desagradable: en la DGII le informan que la propiedad aparece con una deuda por concepto de no pago del impuesto de transferencia.
“Eso es un error del representante que leyó la situación de otro apartamento, pido mañana una certificación de recibo de pago”. Deposita a mediados de julio del 2015 esa solicitud que es contestada el cinco de agosto con “en nuestra información tributaria no tenemos registrado ese pago”. La supuesta deuda más los recargos es de magnitud tal que ninguna de las partes se anima a cubrir para seguir con la transacción. “Mi hijo, tal como dice La Biblia, uno propone y Dios dispone. Voy a investigar que pasó con este caso.”
La revelación viene después de varias visitas a la entidad. Un funcionario le explica que en esa oficina donde pagó ocurrió un fraude interno. Consistió en el robo de un talonario y en expedir recibos con éstos a personas que pagaban en efectivo. En éstos se indicaba que el monto fue recibido en cheque, aprovechando que es información en letra pequeña que casi nunca verifica el cliente. La magnitud de los fondos sustraídos por esa asociación de malhechores llevó a someter a la justicia y lograr sanciones. La cabecilla de la banda, me comenta, que estuvo hasta en prisión.
¿Qué uno piensa debió pasar con los contribuyentes que afectó esa estafa a la DGII? Un borrón y cuenta nueva en cero sería la salida inmediata y sencilla, pero a Luis le explican que debe someter el caso para ver, si es posible, eliminar parte de moras y recargos. Es decir, pagar de nuevo el valor del impuesto que sustrajo el tercero vinculado a la entidad más una penalidad. Con esta perspectiva de añadir sal a la herida, resolver esa situación en ese momento perdió prioridad hasta que llegara el momento de recibir una respuesta justa.
Luis Soto lo intentará ahora con la nueva administración. Esta semana presentará el caso y espera recibir la respuesta que le permita ahora iniciar y completar de forma exitosa una venta que favorecerá a todos. El apartamento pasa a quien ofrezca el mejor precio, el propietario y su familia, parte de nuestra diáspora trabajadora en España, felices de recibir el monto de la venta y la DGII cobrando ahora los impuestos en sus sistemas que están más protegidos contra ese tipo de fraude interno. Espero que todo salga bien, buen amigo.