Descartada la posibilidad de una reforma tributaria, para la que hay propuestas de todos los colores ideológicos, la solución del tema de la insuficiencia de los ingresos tributarios se resuelve a través de la Administración tributaria y el único objetivo de los tributos, o del sistema tributario en su conjunto, es recaudar. Así, el tema de la evasión toma relevancia y se obvian los problemas del orden sistémico.
Uno de los principales argumentos para explicar la evasión son las exenciones, pero las exenciones no pueden explicar la evasión, pueden explicar la elusión, y la elusión siempre constituye un asunto de cómo se conforma la estructura tributaria y de los objetivos que se tratan de alcanzar con los tributos y las exenciones como instrumentos de la política económica. Los temas de las exenciones y los tributos se resuelven con la formulación de instrumentos económicos diferentes para alcanzar objetivos de política económica distintos. La evasión siempre se explica por lo que haga la Administración tributaria.
Todos los lunes se publican unas muy bien pagadas profecías sobre el destino apocalíptico de los dominicanos y a dónde nos llevan los malvados evasores que son los otros. El profeta entiende que hay una propensión natural de los dominicanos a evadir el pago de los impuestos, que merecemos todos los castigos. El sabio economistas que los lunes predica lo que nos viene, parece ser un experto en el cumplimiento tributario en la edad de piedra. Se ha vuelto un predicador del evangelio del desastre y del destino aciago que nos espera si no se usa con los pecadores de la evasión el látigo de la Administración tributaria, un cepo o un castigo propio de la era de las cavernas, que dé origen al terror con sólo pensar en él. Un terror que el órgano de la Administración tributaria de la gestión de los tributos suele designar como percepción del riesgo. Todas las soluciones relativas al cumplimiento tributario se reducen a prohibiciones a través de las normas generales de la Administración tributaria que al parecer sirven para legislar con un dudoso sustento jurídico. Focalizando la acción de la gestión de los tributos en los contribuyentes que no son grandes o que carecen de capital político.
Parece que la evasión tributaria es el pecado original atribuible a todas las generaciones nacidas en estas tierras, del que nadie se puede redimir sino es por el sacrificio redentor de quienes no quieren hacerlo. La evasión es el pecado que llevamos dentro, si uno no lo confiesa o no lo acepta de todos los modos duro será el castigo que nos dejará preso y pobre. La primera forma de expiar el pecado de la evasión es llenando un laberinto de formularios para hacer en gran parte el trabajo de la Administración tributaria. La última forma pueden ser diez años mínimos en una ergástula, si se asocia el pecado de evadir impuestos, como defraudación y delito precedente, al lavado de activos.
Evadir los impuestos es aquello que el administrador tributario nos atribuye en el ejercicio de sus potestades, lo que él puede explicar fundamentado en nuestra maldad innata o con nuestra falta de cultura o de educación tributaria. Por eso, sobre los impuestos, la Administración tributaria imparte más cursos que aquellos que se impartían en lo que era el INCAT, y más que el conjunto de los cursos que las universidades ofrecen sobre el tema de los impuestos en las finanzas públicas y el derecho tributario. Los cursos sirven para explicar que la evasión tributaria existe, y como un ítem de relaciones públicas que ayuda entender a todos los periodistas que nadie gestiona en el mundo el tema de los tributos como la DGII.
La evasión resulta ser lo que se pretende que aceptemos o de los que nos pide, los lunes, el predicador redimirnos. Un profeta que parece capaz de usar la hoguera para que paguemos los tributos, ahogando todas las quejas tirando la espada en la balanza de la justicia, con un ¡ay de los vencidos! Según evangelizador tributario de la pastoral de los lunes, al parecer concluye en toda la República Dominicana no hay un inocente que justifique tratar a sus habitantes económicamente activos de acuerdo con su cumplimiento tributario, que se refieren a una o más obligaciones y que no se reducen al dogma de lo que establece la Administración tributaria, sino a lo que en derecho corresponde. Hay una propagada al parecer socialmente aceptada que nos coloca como la Sodoma o Gomorra de la evasión tributaria y por tal condición carecemos derechos y sólo tenemos deberes. Se considera en el ámbito administrativo tributario interno que quizás con un poco de azufre tal vez paguemos los tributos.
Una Administración tributaria que no haga diferencia entre los que cumplen sus obligaciones tributarias y lo que no lo hacen o entre los que cumplen más y los que cumplen menos y los que evitan en su totalidad cumplir con sus obligaciones formales y sustantiva, y sólo pretenda hablar desde una elevada superioridad moral de la evasión tributaria, fracasará, aunque los comunes no lo noten. La diferencia entre los contribuyentes no es sólo aquella entre los contribuyentes grandes de alfombra roja y tratamiento VIP y los contribuyentes medianos y pequeños a los que se le cierran sus negocios. Además de las diferencias económicas, es un principio la igualdad ante la ley.
Hablando de evasión se justifica la política tributaria que hace la administración tributaria, al margen de lo que corresponde al Ministerio de Hacienda. Se sigue señalando que la evasión tributaria es más del 60% en el impuesto sobre la renta, pero no se habla de este impuesto, sino de la trazabilidad, como si tratara de los imanes y el hielo que llevaron los gitanos a Macondo. Trazabilidad que puede servir para dar seguimiento a un producto y a cualquier otro, sin saber el consumidor cuánto ha pagado de impuesto, determinará que aquellos que hoy beben ron pagarán más, sin afectar a los otros que ganan más. Mientras en los dos primeros meses, del 2019, el impuesto sobre a renta de las sociedades sus recaudaciones cayeron en un 41.1 %.
Con respecto al impuesto sobre la renta nada se hace, sólo se predica uno de los lunes que se prohíba deducir como gasto la compra de un plátano y que no se haga excepción alguna, que se prohíba la deducción de cualquier costo referido a compra de víveres y cualquier adquisición que se refiera tubérculo, para determinar la renta bruta. Como una genial solución a la evasión del impuesto sobre la renta. Todo por una resolución que de ser un hecho cierto violaría principios y violaría la ley. Si un contribuyente pide en una fonda un documento que ampare la prestación de un servicio con número de comprobante fiscal, cuando le sirvan un plato de concón salseado con crema de habichuela como la hacían en la Marisol, eso no determina que haya que acepta el gasto como deducción. El tema no es una prohibición de todas las deducciones que se refieran a comida, sino el de la actuación de la Administración tributaria creando la percepción de un riesgo, si es que saben lo que es eso.