Los bonos de la Ley 104-99 se emitieron con la finalidad de atender los reclamos de empresas y personas que, al inicio de la administración 1996-2000,  alegaban ser acreedores del gobierno. A la Secretaría de Estado de Finanzas comenzaron a llegar ingenieros, y contratistas de otras calidades, con evidencias de obras terminadas y cubicaciones pendientes.  Suplidores de bienes mostraban copias con un sello de “Recibido en Almacén” más okey o cotejo de flechita en los detalles de botas militares, papel bond, bajantes de suero o el artículo representativo de cada entidad estatal. Un “Recibido Conforme” amparaba consultorías en diversas disciplinas y una amplia gama de servicios profesionales, desde el “mantenimiento ascensor funcionarios del Guacal” a la reparación de turbinas eléctricas.

Con las nuevas autoridades gubernamentales, propietarios despojados de sus tierras también renovaron la esperanza de retribución justa. Quienes no aceptaron las ofertas de pago en el proceso de expropiación por declaratoria de “utilidad pública”,vinieron en  persona, o por apoderados, con copias del título, el decreto malvadoy documentos de la historia procesal para reclamar sus derechos.  De las quiebras de bancos y financieras, que iniciaron a mediados de los años 80,todavía quedaba un buen número de ahorrantes con promesas de ser resarcidos por el gobierno. “Mire copia de mis certificados, ya validados por la Superintendencia de Bancos”, decían en los pasillos de Finanzas quienes, cual abejas, se posaron en las dulces ofertas de tasas por los nuevos, y a poco efímeros, participantes en el sistema bancario.  Amargados colonos, que por igual recibieron melosas promesas de pagos del  CEA,los escuchaban y esperaban su turno para hablar de los miles de toneladas de caña que involuntariamente financiaron a esa entidad.

Daniel Toribio, Secretario de Finanzas, y Adalberto Lora, Director de la Comisión Depuradora de la Deuda Pública Interna, abordaron este problema en sus dos vertientes: elaborar la  ley de bonos para pagar a los acreedores y organizar la estructura y procedimientos administrativos para evaluar los expedientes que servían de soporte a los reclamos.  Previa a la emisión de los bonos, el gobierno autorizó a la Secretaría para que se iniciaran los pagos en efectivo a suplidores de bienes y servicios con deudas inferiores a los RD$500 mil pesos.  Con esta acción, que plasmó en los considerandos de la Ley 104-99, mostraba con hechos su intención de honrar las deudas y promesas de la anterior administración y preparaba el terreno para una mejor receptividad del bono.  También se logró con la medida restablecer el crédito de suplidores de entidades públicas claves, un financiamiento considerado necesario para compensar la tradicional práctica de aprobación presupuestaria gasto por gasto.

La emisión de bonos se aprobó por RD$5 mil millones. Se consignaron RD$500 millones para los ahorrantes defraudados y un monto especifico para cada grupo de acreedor.  Revisando las tablas de la base de datos de la Comisión de Deuda Pública Interna, en el 2003, encontré que los montos declarados por los acreedores sumaban unos RD$8 mil millones.  Para casos ya pagados con bonos también observé casos con diferencias notables entre lo reclamado y lo aceptado para saldar, una vez depurado el expediente. La diferencia entre lo emitido y lo finalmente colocado, casi dos mil millones, reivindica la apreciación de los funcionarios responsables de redactar la ley y evaluar los casos, respecto a la sobrevaluación por los acreedores y la validez de los documentos soporte.

A la 104-99 siguieron otras leyes para resolver problemas de deuda interna pública, con emisiones que fueron asimilando los avances de sus técnicos en el funcionamiento de los mercados de valores.  En este proceso apoyaron el BID, la USAID y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos para lograr, entre otras cosas, emitir siguiendo los estándares internacionales, en un esfuerzo regional con países de Centroamérica.  Se rechazó, sin embargo, y creo que de manera unánime, el extemporáneo deseo de un consultor extranjero.  Proponía que los proyectos de nuevas leyes contemplaran como custodio a una empresa privada cuyo único activo consistía en ser la única, hasta ese momento, autorizada por la Superintendencia de Valores.  Este esquema de rentas monopólicas con que se pretendió impulsar a CEVALDOM se quedó en borradores de leyes que todavía conservo.  Bajo ese esquema opino que jamás esa entidad hubiese llegado a ser lo que es hoy, y ya me ha tocado contar en otras entregas.  Sobre el proceso de organización de la Comisión de Deuda Interna y aspectos de la evaluación de expedientes les comentaré en otro artículo.