La “tradición católica” latinoamericana se inicia con la preparación del segundo viaje colombino. Un plan de Conquista. Un plan de alianza entre la espada y la cruz del cristianismo. Un plan de despojo de las tierras aborígenes, de sus riquezas y de su libertad. Todo un plan a cambio de salvar sus almas después de la muerte.
Sus salvadores serían sus despojadores, sus genocidas, que les pedirían abandonar a sus dioses y rendir culto al Dios cuyo representante en la Tierra los esclavizaba. Un plan que 500 años más tarde se conmemoró con el homenaje de un Faro al Almirante Cristóbal Colón en Republica Dominicana. Esta vez, la iglesia lo disfrazó de “encuentro entre dos culturas”, con el beneplácito del Presidente Trujillista, Joaquín Balaguer.
Colón regresó de su primer viaje al puerto de Palos el 15 de marzo de 1493. Llegó triunfante y cargado de muestras de oro, animales, plantas e indígenas hechos prisioneros, así como de historias sobre la abundancia y riqueza de las tierras visitadas.
Los Reyes Católicos no organizaron el segundo viaje colombino sin antes garantizar que se podían apropiar de las tierras, riquezas, y el trabajo de sus pobladores. Temían conflictos con los exploradores Portugueses, debido a que en 1455, la bula papal Romanus Pontifex, le concedió al Reino cristiano de Portugal todas las tierras aledañas a Cabo Bojador, y le permitió esclavizar a “paganos” y “enemigos de Cristo” a perpetuidad.
En 1493, los Reyes Católicos de España acudieron al entonces papa aragonés Alejandro VI (de la familia valenciana de los Borgia) para lograr la Conquista de las poblaciones exploradas. Este emitió cuatro bulas conocidas como bulas Alejandrinas. Las justificó por la plenitud de la autoridad apostólica y con la autoridad de Dios omnipotente que detentamos en la tierra y que fue concedida al bienaventurado Pedro y como Vicario de Jesucristo.
En otras palabras, Alejandro VI sigue la tradición Católica Romana que denomina a sus papas representantes de Jesucristo, y que desde su romanización en el siglo IV, conjuga el poder religioso con el político. En este caso, el derecho a repartir tierras ajenas y negar derechos humanos a los pueblos no-cristianos. En la primera bula Inter Caetera (3 0 4 de mayo de 1493) el pontífice emitió los mandatos abajo enumerados:
(1) Donar y conceder y asignar con carácter de perpetuidad a la Corona de Castilla y León y sus descendientes las tierras recientemente descubiertas, y las que en el futuro se descubriesen; siempre y cuando no estuviesen ocupadas por otros cristianos, (la bula fue anterior a la Reforma Protestante);
(2) Además de las tierras, el papa romano incluye en el despojo, todos sus dominios, ciudades, fortalezas, lugares y villas, con todos sus derechos, jurisdicciones correspondientes y con todas sus pertenencias; y a vosotros y a vuestros herederos y sucesores os investimos con ellas y os hacemos, constituimos y deputamos señores de las mismas con plena, libre y omnímoda potestad, autoridad y jurisdicción.
(3) Imponer al mismo tiempo la obligación de la Corona Española de evangelizar a los pobladores de dichas tierras; es decir, será la Corona Española la encargada de enviar y financiar a misioneros junto con los conquistadores para instruir a los pobladores en la fe católica y las buenas costumbres.
(4) Obligar bajo pena de excomunión el aislamiento absoluto de las colonias hispánicas de cualquier persona que visite las colonias sin permiso de la Corona. Lo hace, bajo pena de excomunión latae sententiae en la que incurrirá automáticamente quien atentare lo contrario, prohibimos severamente a toda persona de cualquier dignidad, estado, grado, clase o condición, que vaya a esas islas y tierras después que fueran encontradas y recibidas por vuestros embajadores o enviados con el fin de buscar mercaderías o con cualquier otra causa, sin especial licencia vuestra o de vuestros herederos y sucesores.
Las Bulas Alejandrinas crearon la obligación de los Reyes Católicos y sus sucesores de Evangelizar las poblaciones conquistadas, a cambio de recibir los territorios Amerindios como donación permanente de la Iglesia Romana. Para su ejecución fue creada la institución conocida como Patronato Real, la cual normó las relaciones Iglesia-Estado durante todo el período colonial.
La ley de Patronato garantizaba la remuneración del clero, y la construcción de iglesias, catedrales, conventos y hospitales. Con frecuencia el clero percibía el tributo del indígena y disponía de haciendas trabajadas mediante encomendados, esclavos indígenas o asalariados. Además, la Ley de Patronato le permitía a la corona nombrar Obispos y enviar religiosos a sus colonias.
En Republica Dominicana el Patronato fue replicado a través del Concordato Trujillista de 1954. Pero sin permitirle al Estado nombrar obispos, privilegio que Trujillo luchó por obtener y que fue otorgado a Haití. Además, a mediados del siglo XX, tuvo que permitir la actividad de otras denominaciones religiosas en el ámbito privado, aunque no en el público, con privilegios reservados para la Católica Romana.
Después que la Corona Española garantizó el amparo del Papa, España preparó el segundo viaje colombino de forma muy diferente al primero. El segundo viaje se inició el día 25 de septiembre de 1493 y duró casi tres años, retornando Colón el 11 de junio de 1496. Parte no con tres navíos, como lo hizo en su primer viaje, pero con una Armada de 17 navíos, cinco naos grandes y doce carabelas. Desde las islas Canarias, siguió la ruta trazada de regreso a las islas caribeñas visitadas el año anterior.
El historiador Johannes Meier confirma el número de misioneros que llegaron acompañados de alrededor de 1,500 personas: tres hermanos legos, doce sacerdotes y el Vicario Bernardo Boyl, asignado como Vicario Apostólico de la nueva región. Colón llegó a las islas de las Antillas menores el 4 de noviembre del 1493, y ascendió el arco de las Antillas hasta alcanzar la Española el 21 de noviembre, donde se estableció para explorar el Cibao, las costas y construir fortalezas y asentamientos.
El 21 de diciembre de 1493 deciden el desembarco en La Isabela y alrededor del 24 inician la construcción del asentamiento. El día de la Epifanía de 1494 inauguraron con una Misa la Villa Isabela. Consistía de las primeras casas, la primera capilla y primer hospital.
La mayoría de los sacerdotes retornaron a Europa entre los años 1494 y 1495, y solamente los tres hermanos laicos permanecieron “y fueron testigos de la transformación de una pacífica empresa colonial en una violenta invasión. Miles de Taínos fueron esclavizados y forzados a trabajar por hombres que habían pertenecido principalmente a las clases bajas de España”. [Johannes Meir (2001). The beginnings of the Catholic Church in the Caribbean. In Christianity in the Caribbean: Essays on church History. Armando Lampe, editor. Mi traducción. Trinidad and Tobago: University of the West Indies Press. p.3].
Una explicación más amplia con fuentes primarias fue publicada en mi artículo Excomunión del Padre de la Patria Juan Pablo Duarte y sus consecuencias. ECOS No. 12. Órgano del Instituto de Historia de la UASD. Año XX (2013). Vol. MCDLXII, pp. 39-96.
Ver la traducción completa de la bula Inter caetera en la obra América Pontificia primi saeculi evangelizationis, 1493-1592, ed. Joseph METZLER, I, Vaticano 1991, 71-75. http://webs.advance.com.ar/pfernando/DocsIglLA/AlejVI-InterCoetera.html