La tragedia de Polyplas ha vuelto a traer al debate el tema urgente de la reordenación del territorio y la gestión urbanística de los ayuntamientos. Tristemente tiene que explotar una fábrica de plástico ubicada en un sector populoso de Santo Domingo para darnos cuenta de lo fundamental que es que las administraciones locales asuman pronto su tarea de ordenación del territorio y una gestión urbanística sostenible.
La explosión en Polyplas fue la materialización de un riesgo previsible por la ausencia de un plan de ordenación del territorio y de políticas urbanísticas integrales por parte del Ayuntamiento del Distrito Nacional y las entidades del gobierno central que construyeron escuelas y obras de interés público sin contemplar los riesgos que supone una empresa de esta naturaleza.
El 80% de la población dominicana vive en centros urbanos, como ya he indicado en artículos anteriores, y esto evidentemente supone que la Administración Pública Central, así como los gobiernos locales, deban dirigir sus políticas entorno a una ordenación del territorio y a una buena administración urbanística que garantice el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales.
En el caso particular del Gran Santo Domingo, ya es momento que se entienda que esta ciudad no es la misma que en los años ochenta ni mediados de los noventa. El crecimiento vertiginoso, desordenado y sin una gestión local responsable durante los últimos 20 años ha ocasionado todos los sectores se encuentren en riesgos de catástrofes similares a la de Polyplas.
La ordenación del territorio sirve de base para el diseño de políticas públicas que procuran la garantía efectiva de los derechos fundamentales y por ello, esta permite la canalización de la inversión pública hacia proyectos de impacto en la esfera de derechos de las personas
Basta con ver las instalaciones de estaciones de gasolinas y de expendio de gas en los últimos años, cuyos permisos de construcción, ambientales y locales son de dudosa legalidad. De acuerdo al artículo 3 de la Ley núm. 317-72, sobre instalación de estaciones de servicio o expendio de gasolinas, no podrán instalarse una gasolinera a menos de 200 metros de edificios ocupados o que se proyecten destinar a escuelas, iglesias, mercados, cines, asilo, bibliotecas, parques o jardines.
Sin embargo, es común ver estaciones de gasolinas frente a parques, escuelas e iglesias. Y no me refiero a las gasolineras anteriores a esta ley que es de 1972 sino todas aquellas instaladas con posterioridad y sobre todo en los últimos diez años.
Velar por el cumplimiento de las normas ordenadoras del territorio es una tarea que le ha sido encomendada a la administración pública local. Son los municipios quienes definen la organización de sus territorios y el uso de suelo consecuente con la ordenación que dispongan. Y por tanto, es responsabilidad de los ayuntamientos, atendiendo el crecimiento de las ciudades, replantear la ordenación actual del territorio donde ejercen sus competencias utilizando las herramientas de participación ciudadana como garantía del derecho a la buena administración.
La ordenación del territorio sirve de base para el diseño de políticas públicas que procuran la garantía efectiva de los derechos fundamentales y por ello, esta permite la canalización de la inversión pública hacia proyectos de impacto en la esfera de derechos de las personas. Por eso el artículo 193 de la Constitución establece que la organización del territorial “tiene como finalidad propiciar su desarrollo integral y equilibrado y el de sus habitantes, compatible con sus necesidades y con la preservación de sus recursos naturales, de su identidad nacional y de sus valores culturales”.
De ahí que el artículo 194 de la Constitución disponga como prioridad estatal “formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático”.
Esta prioridad queda plasmada en Ley núm. 1-12, sobre Estrategia Nacional de Desarrollo que ordena “diseñar e implementar un Plan de Ordenamiento Territorial que facilite la gestión integral de riesgos, regule el uso del suelo e incentive el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a partir de las potencialidades que presentan las grandes regiones estratégicas de planificación del desarrollo”.
El país tiene las bases constitucionales y legales para tomarse en serio la reordenación del territorio de los centros urbanos que permita poner a las personas en el centro de las políticas urbanísticas, reubicar las fábricas e industrias contaminantes y de alto riesgos a zonas de menor impacto social y ambiental, así como fomentar el uso sostenible de los recursos naturales.