En los últimos años ha surgido un nuevo actor del Comercio Internacional: El Operador Económico Autorizado (O.E.A.), se trata de persona física o jurídica que en el marco de sus actividades profesionales realiza acciones reguladas por la legislación aduanera.
Se originó cuando Estados Unidos introdujo el programa antiterrorista Customs Trade Partneship Aganist Terrorism (CTPAT) , asimismo la Organización Mundial de Aduanas (OMA), emitió en junio 2005, el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global entre los países miembros.
Dentro de los objetivos de los O.E.A., se pueden referir: dar mayor seguridad y agilidad al movimiento de mercancías relacionadas con el Comercio Internacional, colaborar en la lucha contra el crimen organizado, así como defender a los ciudadanos frente a otros peligros, en el ámbito de la protección a los consumidores, el medio ambiente; establecer un conjunto de Normas Internacionales para promover la uniformidad de los procesos, de modo que se reduzcan los múltiples y complejos requisitos.
Su función es facilitar el Comercio Internacional seguro de acuerdo a los principios establecidos en el Marco Normativo de la OMA e integrar a toda persona, colectivo o entidad capaz de afectar o ser afectado por las actividades de una empresa, a lo que hoy se conoce como "stakeholders".
La figura del OEA busca participación de las empresas para garantizar la seguridad del Comercio Internacional frente a los distintos riesgos que lo amenazan, entre ellos: fraude aduanero y fiscal, convertir a las empresas en socios fiables y seguros en las operaciones del comercio, promover la creación de cadenas de suministros segura, obtener el cumplimiento por las empresas de determinados requisitos de solvencia y seguridad, en función de la actividad que desarrollen, actuar en contra los derechos de los consumidores y el medio ambiente, crimen internacional organizado, terrorismo-narcotráfico, mafias internacionales e ilícitos en sentido general.
Diversos países han contemplado que toda persona física o jurídica establecida legalmente en el país puede solicitar ser Operador Económico Autorizado, entre ellos: fabricantes, almacenistas, exportadores, importadores, freight forwarders, transportistas, navieras, agentes de aduanas, entre otros, estas entidades tendrán la libertad de solicitar el certificado de OEA, sin importar el tamaño de la empresa.
La obtención de esa certificación le aporta ventajas a estos actores para tener: tratamiento prioritario de los envíos al ser seleccionado para inspección, posibilidad de elegir el lugar de la inspección, limitación de los datos que deben aportarse para las declaraciones sumarias, menor número de controles físicos y documentos, acceso más sencillo a la aduana, reconocimiento internacional de la figura, entre otras.
Esa certificación puede ser obtenida de diferentes tipos de certificados: 1) certificado de Operador Económico Autorizado Simplificaciones Aduaneras (OEAC) (tramites, documentos, etc.), donde se evalúa el historial, los sistemas contables, logística adecuada, solvencia financiera y procedimientos que reflejen la actividad diaria del operador; 2) Certificado Operador Económico Autorizado, Seguridad y Protección (OEAS), para evitar la manipulación, perdidas, alteraciones en las mercancías y mejor control de almacenaje. En este renglón se requieren procedimientos y descripción de las tareas y actividades, además de los requisitos anteriores, se requiere cumplir con la seguridad y protección de los recintos e instalaciones, las mercancías, el control de accesos; y 3) Certificación de Operador Económico Autorizado, Simplificaciones y Seguridad (OEAF), es un certificado mixto. Estas certificaciones la podrán obtener operadores que cumplan con los criterios de los dos certificados anteriores y quieran beneficiarse de las ventajas que se conceden a ambos.
Los actores de la Cadena Logística del Comercio Internacional que no obtengan la certificación tendrán desventajas: mayor perfil de riesgo para la selección de controles por la Aduana, mayor número de controles aduaneros, mayores costos de las operaciones comerciales, lentitud en sus operaciones comerciales, reducción de facilidades para la obtención de simplificaciones en procesos aduaneros.
En el recorrido que realiza una mercancía y los riesgos a que se expone, han obligado que las aduanas incrementen su papel en temas de seguridad. Según varios autores, el OEA, pretende desarrollar un nuevo rol en beneficio del comercio legítimo.
La vinculación de un OEA con las normativas operativas, legales y judiciales son elementales para que la certificación pueda mantenerse y que el actor de la cadena logística del Comercio Internacional puede realizar sus transacciones de forma íntegra y transparente.
Algunos expertos vinculados a las Aduanas consideran que: 1) la figura del Operador Económico Autorizado crea cierta dificultad en los aspectos del control y la seguridad en los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos, 2) Desplazaría a los Agentes de Aduanas o despachantes que realizan la gestión aduanera y 3) Se amplían los procesos de privatización de funciones y tareas propias de las Aduanas.
Países como Argentina, China, Canadá, Corea del Sur, Costa Rica, Estados Unidos, Guatemala, Japón, Nueva Zelandia, la Unión Europea, entre otros, han implementado el OEA. República Dominicana está en un proceso de implementación de un plan piloto del OEA. Se cuestiona la viabilidad de la figura del Operador Económico Autorizado de acuerdo a la experiencia de CBP (Customs and Border Protection) en los Estados Unidos, dada la característica de ser una aduana integral.