El pasado 2 de febrero de 2017, la Procuraduría General de la República (PGR) anunció algunos detalles sobre el acuerdo que arribó con la empresa ODEBRECHT, con relación al pago de sobornos por USD 92MM en la República Dominicana.

La PGR no ha publicado el acuerdo, argumentando que es confidencial. Apenar ha adelantado algunos detalles. Odebrecht pagará al Estado Dominicano USD 184MM (duplo de los sobornos), durante un período de 9 años, hasta 2024. Un primer desembolso sería de USD 30MM en 2017. No existen más detalles sobre las modalidades y cláusulas que contiene el acuerdo.

La poca información que existe suscita algunas preguntas interesantes: ¿Contempla el acuerdo algún ajuste para tomar en cuenta el valor presente de los pagos futuros de cara al riesgo crediticio de ODEBRECHT? ¿El acuerdo logrado sirve para disuadir que estos hechos ocurran de nuevo? Este breve artículo intenta contestar estas y otras preguntas relacionadas.

Valor Presente de los $184MM

Un dólar (USD 1) dentro de ocho años, no es lo mismo que un dólar (USD 1) hoy. Cualquier puede tomar prestado un dólar hoy, invertirlo, recibir los intereses y repagar el capital mañana. Esto es algo básico que el acuerdo debe contemplar: el valor del dinero en el tiempo.

Si no se ajusta el valor del dinero en el tiempo en el contrato con ODEBRECHT, el Estado estará recibiendo una suma inferior a los USD 184MM que fueron anunciados.

Como ejemplo estilizado, asumamos que la tasa de descuento de un deudor como Odebrecht sea de un 10.48% anual (tomando la tasa de los bonos soberanos de Brasil con vencimiento de 10 años – que al momento de escribir este artículo, tiene una mejor calificación de riesgo que ODEBRECHT).

Como no sabemos los montos de los pagos anuales, asumamos también un pago inicial de USD 30MM y pagos anuales de USD 22MM (entre 2018-2024). El flujo de pagos tendría un valor presente de USD 130,927,084.97.

Esto es un descuento de 28.84 % sobre los USD 184MM anunciados por la PGR. Una diferencia de USD 53.072 MM menos para el Estado Dominicano. La Tabla 1 resume el valor presente de los flujos de este ejemplo sencillo.

Este ejemplo ilustrativo sirve para resaltar otro punto relacionado: el riesgo de impago que ODEBRECHT representa. La PGR podría estar asumiendo que el acuerdo se cumplirá, y que la subsidiaria local de ODEBRECHT no tendrá problemas de insolvencia, ni de falta de liquidez en el futuro. El acuerdo también podría asumir, que ante una situación de reestructuración mercantil o de quiebra de ODEBRECHT, existirán activos u otras garantías locales para cobrar la deuda existente (aproximadamente, $100MM).

El Impago de ODEBRECHT es Probable

El 18 de enero de 2017, la calificadora de riesgo Fitch Ratings redujo la calificación de riesgo crediticio de ODEBRECHT, a “CC”. Esto equivale a un alto nivel de riesgo crediticio, donde “un impago de cualquier tipo parece probable”.

En el lenguaje del mercado de valores, un bono de un emisor como ODEBRECHT sería especulativo – o como dicen los corredores de valores, no es investment grade. En otras palabras, sería un “bono chatarra” (junk bond). Esto podría implicar que para el contribuyente y el electorado dominicano, el acuerdo con Odebrecht resulte una mala inversión – un acuerdo chatarra.

Hay dos consecuencias importantes que se desprenden de lo anterior: (1) el riesgo moral (Moral Hazard) prospectivo que afectará a ODEBRECHT como contratista; y (2) el subsidio implícito que se podría estar realizando con dinero sacado de obras en la República Dominicana para pagar los compromisos de ODEBRECHT en otros países. Las autoridades deben monitorear estos aspectos, y evitar que se materialicen.

Relación Entre la Multa y el Beneficio

Otro cabo suelto en el drama de Odebrecht en la República Dominicana es la falta de relación que existe entre la multa nominal impuesta (USD 184MM) y los beneficios obtenidos por ODEBRECHT ($163MM). Es decir, el duplo del soborno no está relacionado de manera alguna con el beneficio que la empresa obtuvo de sus acciones.

Este descalce implica que habrán situaciones donde la multa impuesta no disuadirá la intención de sobornar. Esto porque el soborno es un “costo” para las empresas que sobornan. Todo esto, sin tomar en cuenta la probabilidad de detección del soborno mismo (que persistió por 14 años con una probabilidad de detección de 0%). Cuando se combina la probabilidad de detección con el monto nominal de la multa, se obtiene el costo esperado de la sanción penal.

En el caso de ODEBRECHT, tendría que pagar aproximadamente $130 MM, por una operación donde extrajo al menos $255 MM del Estado Dominicano. ¡Un saldo favorable de aproximadamente $125 MM para ODEBRECHT y los sobornados!

A ODEBRECHT le quedaría un saldo a favor de – al menos – $32.072 MM de los beneficios que reconoce que obtuvo ($163MM).

Ante una coyuntura como esta, cualquier actor criminal racional optaría por sobornar y pagar la multa.

La multa no resulta disuasiva, y el balance sigue siendo positivo. Esto será así, hasta el umbral donde el costo marginal de sobornar supere su beneficio marginal. Este debería ser el monto de la sanción impuesta por la ley – acompañado de la extinción de dominio de los valores del soborno.