A 14 años de su sometimiento al Congreso Nacional, finalmente la Cámara de Diputados convirtió en ley el Nuevo Código Penal, al cual le resta su promulgación por parte del Poder Ejecutivo. Esta ley sustituirá al vigente Código Penal que resulta en muchas ocasiones obsoleto por su antigüedad e inutilidad frente a situaciones de nuestra sociedad actual. La ley aprobada esta semana cuenta con 356 artículos y entraría en vigencia un año después de su publicación en la Gaceta Oficial, en la misma se establecen principios fundamentales acordes a la constitución vigente en nuestro país.

La nueva legislación penal aumenta la pena máxima actual de 30 a 40 años y establece multas máximas de 40 a 50 salarios mínimos, lo cual es un cambio importante  respecto a las multas irrisorias aún vigentes en el Código Penal actual. Se establece en su artículo 100 el delito de feminicidio sancionado con pena de 40 años, en el artículo 101  el delito de sicariato, estableciendo sanción de 40 años a quien ordene cometer un crimen, a diferencia del marco actual donde dicha persona constituye un cómplice del autor material y recibe una pena inferior a éste. Sanciona también la desaparición forzada de personas y establece un cúmulo de penas hasta 60 años para personas encontradas culpables de cometer  varios delitos diferentes.

Uno de los puntos más controvertidos del nuevo Código Penal es la no exclusión del aborto terapéutico del delito de aborto sancionado en los artículos 120 y siguientes, los cuales sancionan además de la mujer que se practique un aborto, a los médicos que participen en dicho proceso, sin distinción de las causas por las cuales se realice el aborto.  Otros puntos a destacar son: la supresión de las penas de privación de libertad por los delitos de difamación e injuria simples, el castigo ante la reincidencia en la comisión de un delito, establece sanciones por el delito de las estafas piramidales, establece sanciones por la puesta en peligro de niños, niñas o adolescentes, establece sanciones por violencia domestica y por terrorismo.

A pesar de que no constituye una solución para la situación actual de violencia e inseguridad, el nuevo Código Penal constituye un avance legislativo con relación al actual, el cual data de 1884 y nunca habría sufrido una modificación integral como la actual, estaremos a la espera de que el Poder Ejecutivo lo promulgue u observe y en caso de promulgación se deberá producir una serie de procesos legislativos para su entrada en vigencia.

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