Hablar de impuestos es abordar un tema desagradable. El que ha trabajado en eso mucho tiempo tiene pocas esperanzas de que en los cambios tributarios se haga lo técnicamente correcto, sin importar el matiz ideológico que marque las propuestas tributarias. Con relación a los impuestos sólo puede actuar y hacer el que poder tiene, no los que tienen capacidad ni los que creen en la institucionalidad y las leyes y menos los que tengan una noción de equidad y justicia tributaria.

Desde el momento de su promulgación, en mayo de 1992, a pesar de todas las “reformas tributarias” posteriores, en el Código Tributario han permanecido errores importantes sobre los cuales hemos hablado y hemos escrito y que afectan los derechos de los contribuyentes, pero una sociedad que no se rige por instituciones y por leyes, y que es un estado de derecho en gran medida deforme, importa poco como las reglas se escriben. Pero como dijo John Kenneth Galbraith: “la ignorancia y la estupidez en los grandes asuntos de estado no es algo que se cite habitualmente.”.

El mismo J. K. Galbraith hablando sobre la consecuencia de intervenir en estos temas sin someter la propia individualidad al regimiento dijo: “Hay pocas cosas tan desalentadoras, dolorosas incluso, como la actividad mental y la expresión o la acción resultante que perjudica las relaciones sociales y laborales y nada hay más perjudicial para las perspectivas de sueldo y promoción. «Puede que sea un tipo muy brillante, pero no coopera».”.

Pretender hacer lo correcto es joder, molestar o ser un trouble maker. Por eso, con su experiencia en el Tesoro de los Estados Unidos, T. S. Adams dijo,  hace casi cien años, que la imposición moderna o la elaboración de las leyes tributarias: “Se trata, ante todo, de un juego difícil en el que, todo aquel que confía en la economía, razón y la justicia se retirara, al  final, derrotado y desilusionado.

En el caso de un funcionario público, que el vehículo puede ser financiado por la institución donde trabaja y que paga el financiamiento con una retribución que le hace la misma institución por el uso del vehículo, la presión tributaria es 0% y costo del vehículo es nulo.

Los impuestos en este país sólo se consideran desde el punto de vista económico, por eso sólo se habla de los elementos cuantitativos: base y tasa.  Cuando se habla de los tributos no se consideran otros elementos institucionales y cualitativos. Se discute mucho sobre la presión tributaria, que no es más que un indicador de lo que el gobierno toma a través de los tributos de la economía y lo único que se dice es que el gobierno toma poco y que la presión tributaria en la República Dominicana es de un 14%, o se argumenta que es baja y toma mucho, pero esto como todo promedio dice poco de las cargas relativas,

Por más que se diga que la presión tributaria es baja, y puede serlo en determinadas circunstancias, o por la acción de la Administración Tributaria, el gasto de las personas en comunicación telefónica y la internet tiene una presión tributaria del 30%, en el caso del gasto en gasolina la presión tributaria está cercana del 44%, comer en un restaurant implica pagar un 28% de impuesto, en la adquisición de un vehículo nuevo los impuestos pueden representar más del 50% de su valor. Todos esos bienes se adquieren con el ingreso disponible después de pagar los impuestos sobre los ingresos.

Pero en el caso que uno sea diputado o senador la carga tributaria por la adquisición de un vehículo es 0%, sin importa que tan lujoso y caro sea. A través de sus exoneraciones bianuales los legisladores se han convertido en proveedores de vehículos de lujo con pocos impuestos para los más ricos.

Eso choca con los principios de equidad, justicia e igualdad que de acuerdo con la Constitución de la República debe regir el régimen tributario. En el caso de un funcionario público, que el vehículo puede ser financiado por la institución donde trabaja y que paga el financiamiento con una retribución que le hace la misma institución por el uso del vehículo, la presión tributaria es 0% y costo del vehículo es nulo.

La transmisión de bienes en el país a través de una herencia o sucesión el impuesto es del 3% lo que hace que el Estado haga poco con respecto a las desigualdades en el tránsito intergeneracional. Warren Buffet y Bill Gate tienen un mayor sentido de la equidad y la justicia intergeneracional que nuestros opulentos diseñadores de estructura tributarias, cuando gate y buffet se han opuesto a la eliminación del impuesto sobre la herencia en los Estados Unidos.

Si la misma riqueza heredada la obtiene como ingreso trabajando o creando una empresa y en el año es de RD$852,667.01 la presión será del 27% para lo que exceda de ese valor si eres persona física, si lo obtiene como dividendo de acciones por la doble imposición económica la tasa combinada será igual a 34.3% que será la presión tributaría de los dividendos y la presión tributaria sobre los beneficios de la sociedades es del 27%, pero si eres un funcionario de una institución pública que asume y paga el impuesto sobre la renta que deben pagar sus funcionarios, el impuesto y la presión tributaria en estos ingresos será del 0%, y la institución deberá pagar el impuesto sobre las retribuciones completarías, pero las instituciones públicas están exentas.

El tema de la presión tributaria es relativo cuando la tasa reducida del ITBIS del 16% es más alta que las tasas máximas de impuestos iguales en los países de Centroamérica y el Caribe, y la tasa general del 18% el ITBIS está entre la más alta de América y ambas tasa son relativamente mayores que el 14% de la presión tributaria, y más cuando por la exclusiva y única interpretación de un funcionario de la Administración Tributaria esta se aplica dolorosamente a las fórmulas lácteas para los infantes en sus primeros meses y a la leche en polvo para los niños.

El gasto de las personas en grasas comestibles, café, chocolate y los derivados lácteos que suelen ser nutrientes para enfermos pagan el 16% y formulas nutricionales que tienen los mismos fines pagan el 18% por encima de la presión tributaria promedio del 14% y más que en cualquier otro país de la región.

Aparte de hablar del tema de la presión tributaria, es bueno considerar otros temas como la legalidad y la reserva de ley, la equidad, la igualdad, los derechos de los contribuyentes y del papel de la Administración Tributaria, pero hay poca tolerancia para soportar que se hable de eso.