Resulta una completa aberración que en pleno 2020 el Código Civil de la República Dominicana permita que una niña de 15 años pueda contraer matrimonio. Los textos legales que autorizan este abuso son los artículos 144 y 145 del referido código, los cuales disponen lo siguiente: “Art. 144. El hombre, antes de los dieciocho años cumplidos, y la mujer antes de cumplir los quince años no pueden contraer matrimonio; Art. 145. Sin embargo, el Gobierno puede, por motivos graves, conceder dispensas de edad”. Dichos artículos no solo representan una vía para la comisión de ultrajes contra menores de edad, sino que también devienen en inconstitucionales, por violar el artículo 56 de la Constitución Dominicana que obliga al Estado a garantizar la protección de los menores de edad, así como el artículo 39 que establece el derecho a la igualdad.

Por demás, ese permiso que otorga el Código Civil para que una menor de edad pueda contraer matrimonio es contrario a la Ley 136-03, comúnmente conocida como el Código del Menor. En dicha normativa, se considera abuso sexual, “la práctica sexual con un niño, niña o adolescente por un adulto, o persona cinco (5) años mayor, para su propia gratificación sexual, sin consideración del desarrollo sicosexual del niño, niña y adolescente y que puede ocurrir aún sin contacto físico”. En ese sentido, ¿cómo es posible que, en nuestra legislación, por una parte, se permita el matrimonio con una niña de 15 años, pero, por otra parte, se considere abuso sexual la práctica sexual de un adulto de 18 años o más con la misma menor de 15 años? O es que, ¿acaso el legislador entiende que los adultos que contraigan matrimonio con menores de edad no realizarán prácticas sexuales? Completamente un absurdo.

La realidad es que debemos tener claros que la gran mayoría de nuestras niñas que cometen el error de contraer matrimonio no son conscientes de lo que están haciendo. Son empujadas por las miserias económicas y sociales que arropan nuestra sociedad. Incluso en ocasiones motivadas por sus progenitores que permiten que se cometa semejante barbarie con la esperanza de que a través de sus hijas mejoren sus condiciones de vida. Lo que ignoran es que, esas prostituciones disfrazadas de matrimonio son el origen de muchos de los casos de violencia de género e intrafamiliar que tristemente vemos a diario en la sociedad dominicana. Lamentablemente, los hombres abusadores, por tener una posición económica superior a la de esa niña con la que se casaron, entienden tienen la autoridad para controlar sus vidas y manejarlas a su antojo.

Por lo planteado previamente, desde este espacio apoyamos la propuesta de modificación del Código Civil del Diputado José Horacio Rodríguez, que se encuentra actualmente en la Cámara de Diputados, con la cual el referido artículo 144 del Código Civil sería modificado para que en lo adelante establezca lo siguiente: “el hombre o la mujer no podrá contraer matrimonio en ninguna circunstancia antes de haber cumplido los 18 años de edad”. Por igual, quedaría derogado el antes transcrito artículo 145.

La indignación nuestra es que haya pasado tanto tiempo y estos artículos se hayan mantenido vigente en el ordenamiento jurídico dominicano. Principalmente, cuando hemos sido testigos en múltiples ocasiones de lo efectivo que pueden ser nuestros legisladores en aprobar leyes e incluso en modificar nuestra carta magna en cuestión de días. La diferencia es que en esos casos existen intereses políticos y económicos que influyen sobre la celeridad en el accionar de nuestro Congreso.

En resumidas cuentas, el matrimonio infantil es el inicio de un círculo vicioso de una serie de flagelos que afectan a la sociedad dominicana. Con este, se genera no solo una unión conyugal entre un adulto con la capacidad de discernimiento, con una menor de edad que apenas está empezando a vivir, sino también trae consigo, embarazos en adolescentes, deserción escolar, violencia de género e intrafamiliar. En fin, una serie de eventos desafortunados que no deberían existir en la vida de un niño o una niña que al menos, durante su minoría de edad solo debería estar preocupado o preocupada por recibir una educación adecuada que le permita prepararse para tener un futuro digno y lleno de oportunidades. En manos del Estado está cumplir con esta garantía, no permitamos que los abusos continúen.