El mal necesario que para algunos significa el dichoso certificado de eficiencia energética  (Ver: http://www.minetur.gob.es/ENERGIA/DESARROLLO/EFICIENCIAENERGETICA/CERTIFICACIONENERGETICA/Paginas/certificacion.aspx) significa para algunos técnicos con conciencia de sostenibilidad energética el primer paso hacia la deseada eficiencia.

Ciertamente el hecho de que este procedimiento solo signifique – en la actualidad- un mero ejercicio de inventariado de los edificios españoles no debe ser el único factor de evaluación para la “campaña puesta en marcha” en la UE (Unión Europea) y por ende en todos los países miembros. También es cierto, y es bueno señalar,  que ocasionalmente muchos de los que nos sentimos identificados con el proceso lo cuestionemos por su leve impacto, primero social y luego práctico.

Hoy por hoy, los niveles de eficiencia energética globales en España siguen estando más cerca de la calificación  cero que de un diez o sobresaliente. Esto quiere decir que aún los efectos, a nivel de consecuencia positiva de la implementación del Certificado Energética, no pasan a la acción sugerida en sus propias medidas de mejora y se quedan en ese inventario antes señalado.

No existe una conciencia colectiva de eficiencia energética más allá del reclamo publicitario y esto se debe, como ya hemos mencionado antes en el artículo anterior, a que sus principales promotores no han hecho una puesta en valor del tema.

Un vendedor de inmuebles (o Agente de la propiedad inmobiliaria), a veces con bajo nivel cultural en general, pero no obstante pudiendo ser líder de ventas en su zona, no es capaz de transmitir el valor del certificado a sus clientes, básicamente porque no lo sabe ni él mismo, y peor aún no le interesa. Su atención, como es natural, está fijada en su comisión de venta tanto al que vende como al que compra… Menudo dilema.

Por otro lado el Notario, que da fe pública del acto de venta del inmueble y lo “valida” legalmente, solo se preocupa porque la etiqueta  (la mejor parte del documento del certificado) esté correctamente adjuntada y el certificado firmado por el técnico competente…. Poco más que eso, claro a parte de cobrar sus honorarios por sus 10 minutos de importantísima intervención/gestión.

Luego viene la parte que quizás comporta mayor pecado, si es que lo hay, el mercantilismo de pulpería con que el técnico competente cobra (primero vende) el documento de certificación energética que contiene la calificación de la A hasta la G del inmueble. Muchos colegas (y a veces no tan colegas) cobran sus servicios por menos dinero de lo que cuesta una cena para dos, viernes por la noche, en el restaurante chino del barrio (Buffet libre)….sabrosa por demás. Esto, desde el punto de vista del valor de un documento, llamado a ser  la punta de lanza de una transformación del parque edificatorio español, es una pena.

El certificado no solo deja constancia de la calificación del inmueble (A para los más eficientes, G para los más ineficientes), sino que plantea, en primerísima instancia las medidas de mejora que son viables y factibles para que un inmueble ineficiente, pase a ser eficiente en calificación C, B o A.

Hablando en planta, en este documento se propone la mejora en el aislamiento global de la piel de edificio (muros, suelos y techos), el cambio o mejora de las carpinterías exteriores y la sustitución y/o optimización de los equipos de climatización (calor y frío) y de A.C.S. ( Agua Caliente Sanitaria).

Finalmente, los actores principales de la trama – los clientes vendedores y compradores- no reciben la información adecuada por parte del otro actor de la trama: la Administración (Ministerio de Industria, Comunidades Autónomas).

Una administración que ha hecho una labor aceptable informando a los técnicos pero que no hace llegar la información adecuadamente al consumidor final…. Curioso.

Seguimos en la próxima.