Las negociaciones en el Comercio Internacional se constituyen en una práctica de defensa de los intereses nacionales en término del país, de las empresas y de los comerciantes; así como de los intereses del consumidor de los productos procedentes del exterior.

En los tiempos actuales se habla de estrategias de negociación y se han desarrollado técnicas, procedimientos, medios e instrumentos que son utilizados por los negociadores teniendo en cuenta las instancias oficiales, públicas y privadas involucradas en las transacciones y que siendo afectadas una de las partes, se acude al arbitraje internacional.

Un rol fundamental juega la Organización Mundial del Comercio (OMC), quien dilucida un sin número de casos de países y empresas para buscar soluciones a los conflictos que se presentan a nivel internacional. Este organismo dispone de una estructura para tratar diferentes temas sobre Mercancías, Servicios, Propiedad Intelectual, Solución de Diferencias,  Examen de Política Comercial, Política de Competencia, entre otros.

En las Negociaciones Comerciales Internacionales, se emplazan las partes que representan los intereses de los países en la búsqueda de obtener beneficios en las transacciones de bienes y servicios.

Estas se establecen generalmente, en la entidad gubernamental encargada de las relaciones exteriores, responsable de crear las condiciones para integrar a los sectores públicos y privados. Para ello, es importante, contar con una Agenda de Negociaciones Comerciales, donde se incluyen temas de: arancelarios, acceso a mercados, agricultura, medio ambiente, servicios, inversiones, defensa comercial, entre otros.

Para realizar estas negociaciones se requiere contar con un equipo negociador multidisciplinario, capacitado, integrado por varias personas por tema, para que se puedan relevar y servir de apoyo en el proceso de negociación. Además del nivel de conocimiento, sea integro, conozca de Protocolo, debido que los participantes en una negociación comercial provienen de culturas, de costumbres y educación diferentes.

Definida la Agenda a negociar y contando con el equipo negociador, es necesario conocer la posición de los sectores público y privado. El sector privado es responsable de presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores, la posición conforme el interés que persiga, sea oportunidades para posicionar sus productos en otros mercados (exportar), proteger la producción nacional estableciendo barreras arancelarias o para viabilizar el intercambio de información entre países.

Cuando el Estado es afectado y/o por las disposiciones establecidas en los arbitrajes y conflictos del comercio, éste interviene conjuntamente con los actores involucrados, canalizando a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio de Industria y Comercio (Dirección de Comercio Exterior-DICOEX), Dirección General de Aduanas, entre otras, en lo que respecta al caso dominicano.

En nuestro país se dispone del Decreto No. 74-97, de fecha 10 de febrero de 1997, que crea la Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales (CNNC), que integra entidades involucradas en el Comercio Internacional, sea del sector público y privado.

Como parte de la CNNC, participa la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardias, creada mediante la Ley No. 1-02, cuya función es realizar investigaciones para determinar la aplicación de medidas de salvaguardias, derechos antidumping, derechos compensatorios.

Sobre Dumping y Medidas de Salvaguardias se han desarrollado casos de negociaciones que han tenido como objeto de atención importaciones en los renglones de varillas, lavamanos e inodoros, tejido tubular y sacos de polipropileno, medidas y calcetines, papel higiénico y envases de vidrio.

Recientemente surgió un conflicto entre República Dominicana (RD) y Costa Rica, por la importación de Sacos de Polipropileno, donde Costa Rica solicitó a la OMC la celebración de consulta de conformidad con las normas y procedimientos que se rige la solución de diferencias, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, GATT’94 y el Acuerdo sobre Salvaguardias. Hubo acercamientos para negociar entre estos dos países; no se logró acuerdo alguno y Costa Rica siguió con el proceso en la OMC, llevando a nuestro país a un Panel. El Grupo especial de la OMC determinó que RD no estaba cumpliendo con lo establecido en el Acuerdo. Se dictaminó a favor de Costa Rica, quedando RD comprometida a levantar la medida de salvaguardia, estableciendo el arancel de la Nación Más Favorecida (NMF). Detalles de estas informaciones pueden visualizarse en los portales www.cdc.gob.do y www.wto.org.

Las Negociaciones Comerciales Internacionales obligan a la profesionalización y se ha constituido en una problemática especializada para profesionales entendidos en estas temáticas.

Ante las experiencias, los organismos vinculados a las negociaciones comerciales internacionales en nuestro país, están en condiciones de acudir a nuevos escenarios en el sentido de que se han avanzados intercambios con miras a negociaciones comerciales con Canadá, México, Chile, Taiwán, Haití, entre otros países.