(Charla Magistral presentada en la VIII Conferencia Dominicana de Estudios de Género Educando para la Igualdad, 7 de noviembre, 2014)

 

¡Muy Buenos días!  Quiero agradecer a Lourdes Contreras, a Desiree Rosario y a Cecilia Corporán la invitación a esta Conferencia.  Estoy feliz de poder compartir con ustedes la posición de que no se puede alcanzar la igualdad de género si no se saca de las escuelas públicas la enseñanza de los dogmas y la aplicación de los preceptos católicos romanos.

Este planteamiento debería ser autoevidente en el Siglo XXI.  Y particularmente en un país que se define como Estado social democrático de Derecho.  Por eso tenemos que preguntarnos, ¿Por qué se impone una religión oficial en las escuelas del Estado si el orden Constitucional garantiza la igualdad, sin diferenciaciones entre creencias religiosas o no creencias; y garantiza la libertad religiosa, para optar o no optar por una religión? 

Un estado democrático que propugne por la libertad y la igualdad se declara laico, a menos que exprese su confesionalidad religiosa.  Desde esta perspectiva el Estado Dominicano es Constitucionalmente laico.  Pero la vigencia del Concordato y la fidelidad con que este se aplica señalan que no lo es.  La realidad debemos definirla por lo que se hace, no por lo que se dice.

La conformación del Estado democrático de derecho tiene un marco institucional laicista, desarrollado a través de procesos donde es posible debatir ideas, crear legislaciones, y revocarlas.  En sus escuelas, tiene la obligación de formar ciudadanos críticos, respetuosos de los derechos de los demás y consciente de sus deberes cívicos en los círculos de su familia, vecindario, y de su comunidad, local, nacional, e internacional.

El laicismo no es simplemente la liberación de un régimen opresivo.  El laicismo es libertad.  No reconoce autoridad que no sea la que surja del pueblo.  Pero necesita avanzar para no retroceder, y necesita crear igualdad, la otra cara de la libertad.  Ambas se construyen paso a paso, tratando de erradicar los vestigios de desigualdades clasistas, de género, etnia, raza y religión.

El laicismo tiene que ser comprendido en su contexto histórico, como resultado de procesos revolucionarios que derrumbaron no solamente el poder de la nobleza sino su fuente de legitimación:  el poder divino del rey.  Implica un cambio paradigmático en lo referente a la fuente de poder y a los principios que lo sustentan.  Thomas Samuel Kuhn (1922-1996) acuñóó el termino para explicar que la ciencia no progresa acumulando conocimientos sino de forma lineal, a través de revoluciones periódicas que llamó cambios paradigmáticos.  Cuando el paradigma no puede explicar nuevos hallazgos, y acumula resultados anómalos, la ciencia entra en crisis y un nuevo paradigma surge y subsume los resultados viejos y los anómalos.  Dos paradigmas rivales, como sucede en los Estados con Constituciones laicistas y Concordatos anacrónicos son inconmensurables, esto es, no es posible entender un paradigma a través del marco conceptual y la terminología de un paradigma rival (1).  Por eso, el diálogo entre fe y ciencia, dos paradigmas rivales, propuesto por la Jerarquía Católica para el Área de Formación Integral Humana Y Religiosa, del diseño curricular vigente, se convierte en un diálogo entre sordos.

El Concordato, fuente de legitimación de la Iglesia oficial 

El poder ejercido por la Iglesia Romana tiene su fundamento jurídico en el Concordato firmado por Rafael Trujillo Molina en representación del gobierno dominicano y Monseñor Domenico Tardini, en representación del Sumo Pontífice Pío XII, el día 16 de junio de 1954 en la ciudad del Vaticano  Fue ratificado por el Congreso Nacional el 6 de agosto del mismo año.

La esencia del concordato y lo que justifica todas sus demandas se define en el primer Artículo:  La Religión Católica, Apostólica, Romana sigue siendo la de la Nación Dominicana y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.  La Iglesia lo ocultaó de sus mismos religiosos.  Debemos circularlo para que sea anulado por conspirar contra nuestra soberanía.

El Concordato en la escuela:  la enseñanza religiosa

El Área de Formación Integral Humana y Religiosa es el mecanismo a través del cual el Concordato distorsiona la educación laicista e interviene para afectar la autonomía de todas las ramas de las ciencias y humanidades.  Está estructurada como eje transversal para lograrlo.

En su artículo 25, capítulo VI, la Ley Orgánica de Educación define concretamente el establecimiento de una religión de Estado en las escuelas públicas dominicanas:

Los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales.  A tales fines y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos.

El lenguaje usado sustituye el nombre del Concordato por el de Convenios Internacionales.  No es casual, es parte de una práctica milenaria de ocultar lo que no conviene a su imagen.  Además, se cuidan de acusaciones de violar la libertad religiosa del padre y de la madre, añadiendo la coletilla de que se excluye a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos.  Este procedimiento está copiado del Concordato.  Y todos sabemos que si el Ministerio no ordena que se envíe una carta explicándoles sus derechos y proponiéndoles alternativas durante ese tiempo, nadie va reclamar exclusiones.

En el aula, el principal problema surge del diseño del currículo y de llevar el marco conceptual religioso a las demás áreas del currículo.  De ésta manera, aun los niños y niñas que no participen en el tiempo designado para religión, están afectados.  La consecuencia es la confusión de los estudiantes al confrontar paradigmas que no son conmensurables.  Particularmente la Historia es vulnerable a la interpretación político-religiosa, ignorando hechos, utilizando medias verdades, reduciendo la importancia y consecuencias de los mismos, etc.  Por ejemplo, ¿Qué debe un niño de 10 años creer, la Historia, o la Historia Sagrada?  ¿Cómo puede una niña ser critica si se alteran los hechos?

El siguiente párrafo del Capítulo 8 de los Fundamentos II nos sirve para conocer la justificación y la estrategia de la Iglesia para imponerle límites a las ciencias.

Esta área [Formación Integral humana y religiosa] intenta penetrar e iluminar todas las demás y llenar los espacios que las ciencias pueden pasar por alto en la dimensión espiritual del ser humano.  Es un contenido escolar que entra en relación con los de las demás áreas, participando de un diálogo serio entre la fe y la ciencia.  Es un lugar de encuentro y síntesis entre fe y cultura.  En este sentido, cobra mucha importancia ya que en todas las asignaturas de algún modo se ve la relación con la dimensión religiosa de la vida de la persona.  La Formación Integral Humana y Religiosa busca educar desde una perspectiva de fe la dimensión creyente de los dominicanos”.  Fundamentos II, Capítulo 8.

El acápite 8.4 de los Fundamentos del área religiosa, justifica la integración de las ciencias y la fe.  Parte del supuesto de que diferentes ramas de las ciencias apoyan los sistemas de creencias religiosas.  Contrariamente, las ciencias que explican el comportamiento humano o de grupos sociales, como son la Psicología, la Psiquiatría, la Antropología, y la Sociología, han explicado el comportamiento religioso no para justificarlo, sino como objeto de estudio científico; y al hacerlo, lo desmitifican.  Los fundamentos del currículo explican así su objetivo:

Se privilegia la historia de salvación que reflexiona a nivel teológico, los hechos del pueblo elegido por Dios, que interpretó su propia historia como un hecho salvífico y busca en ella los paralelos entre la historia universal, regional y nacional para una comprensión del plan de Dios con la humanidad.”  Espero se les permita a niños y niñas preguntar, ¿fue el terremoto en Haití parte del plan de Dios?

Impacto de la enseñanza religiosa en las escuelas públicas

Aquí podemos preguntarnos, ¿Cómo ha afectado a niños y niñas el entrenamiento religioso?  Datos relacionados a las prácticas de valores durante la Consulta a Niños y Niñas en preparación para el Pacto Educativo, en edades de 5 a 7 años, de San Juan, identificaron efectos destructivos para este grupo etario.  Cito:

Otro hallazgo es la influencia religiosa en el ejercicio de los valores…el llamado “Temor a Dios”, es utilizado como un detonante o motivador, tanto para el “buen comportamiento”, practica de los valores, docilidad y la aceptación del mandato del o la docente, sin “cuestionamiento”, así como para justificar el abuso, expresado en maltrato físico, intelectual, emocional y psicológico” (Aprendemos de Jesús.  Grupo 5 a 7 años.  San Juan. Consulta Nacional de Niños y Niñas en el Marco del Pacto Educativo.  P.20).

El Estudio Socio-crítico citado en Los Fundamentos del currículo, advierte del aumento de la desigualdad socioeconómica, la exclusión social, el grave problema de embarazos en adolescentes, y el riesgo que corren las niñas debido a una maternidad a destiempo.  Este hallazgo está relacionado a la oposición de la Iglesia a una educación sexual científica y su oposición al uso de anticonceptivos (2).

Otro hallazgo importante y preocupante del estudio fue la difusión de la religiosidad en el país.  Lo cual manifiesta la competencia de organizaciones religiosas y la debilidad de grupos de la sociedad civil para atraer a la juventud a actividades cívicas y prepararlos para la práctica responsable de su ciudadanía:

tanto en términos de movimientos en el seno de las comunidades cristianas católicas (movimiento liberacionista, movimiento carismático, movimiento catecúmeno y otros), como en las comunidades cristianas reformadas o protestantes (movimiento pentecostal y otros)”.  Y alerta que este fenómeno “se manifiesta con evidencias contundentes de que la población dominicana muestra en términos porcentuales una tendencia mayor a unirse a grupos religiosos o iglesias, que a unirse tanto a partidos políticos como a organizaciones ciudadanas.  (Fundamentos del Currículo, Estudio socio-crítico)

CONCLUSIONES DE LA REVISIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN, LOS FUNDAMENTOS DEL CURRÍCULO Y EL CONCORDATO

  • Primero, la revisión de estos documentos permite concluir que el Sistema de Educación no está normado por la Constitución de la República sino por el Concordato de 1954.
  • Segundo, para lograr educar para la igualdad y la práctica de la libertad como indica la Constitución, es necesario sacar la enseñanza religiosa de la Escuela Pública.  El Concordato contradice la Constitución e impone la confesionalidad Católica Romana del Estado Dominicano en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
  • Tercero, no puede afirmarse que la enseñanza religiosa haya promovido en los estudiantes la dedicación a los estudios, la valorización de las ciencias, o la disciplina necesaria para el aprendizaje, a pesar de décadas de religión en las escuelas.  Más bien, si la religión se asocia a los resultados de pruebas estandarizadas internacionales, en el diálogo entre Ciencia y Fe, la ciencia salió por la ventana y la Fe triunfa invicta.
  • Cuarto, el impacto de la enseñanza religiosa en el comportamiento y aprendizaje de valores en niños y niñas de 5 a 7 años fue autodestructiva para un grupo de niños y los resultados deberían ser investigado de manera científica y generalizable, según grupos de edad y relacionado con los contenidos específicos de la materia religiosa.
  • Quinto, el otro indicador de impacto observado en los estudios citados es la competencia entre grupos religiosos y cívicos o políticos.  El currículo debe orientarse a lo que es válido para toda la población, e introducir la moral social Hostosiana y el civismo ciudadano conforme a la Constitución.  Adicionalmente, el indicador muestra la necesidad del Estado de promover la cultura, la ciudadanía participativa y el civismo.  La religiosidad promovida desde el Estado, y la asignación de recursos para actividades de proselitismo religioso arriesgan la convivencia común que debe generarse con valores cívicos.  Parafraseando a Fernando Savater, “son las religiones quienes tienen que acomodarse a las leyes, nunca al revés”.

TAREAS FUTURAS:  Cumplimiento de los retos del Pacto Nacional

Tres resoluciones del Pacto Nacional para la Reforma Educativa en la Republica Dominicana, (2004-2030) evidencian propuestas laicistas para lograr la calidad de la Educación y constituyen un reto para presionar por cambios, y evitar mueran por inanición.

  • Primero, acuerdo 4.1.6:  Promover un debate nacional sobre la enseñanza laica y/o tratamiento de la religión en la educación, como un compromiso del Estado 
  • Segundo, acuerdo 4.2.6:  Propiciar que estudiantes y docentes en todos los niveles educativos integren las tecnologías de la información y comunicación en los procesos de enseñanza y aprendizaje”.
  • Y tercero, acuerdo 4.2.4: Incorporar al currículo educativo, desde la primera infancia y con las estrategias pedagógicas adecuadas para cada nivel, la educación sexual  reproductiva, el conocimiento y prevención de las infecciones de transmisión sexual y el VIH, así como la formación en valores de respeto, igualdad y equidad de género, convivencia familiar, y maternidad y paternidad responsables.

Gracias por su atención a esta exposición.

1.  Thomas Kuhn, the Structure of Scientific Revolutions, University of Chicago Press.  1962.

2. Mientras tanto, El Proyecto de Ley de reforma al Código Penal para descriminalizar el aborto terapéutico fue rechazado por intervención directa del enlace del Cardenal con el gobierno y tendrá que ser revisado en la Cámara de Diputados de nuevo; y El Proyecto de Ley Salud Sexual y Salud Reproductiva y el de Ley de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres fueron introducidos hace dos años y los Diputados aún no los han aprobado ni han sido conocidos por el Senado:   La actitud de los legisladores es una muestra más de la adopción de las doctrinas y la moral católica como política de Estado.