La Ley 340-06 modificada por la 449-06, establece  en su artículo 16, los procedimientos de selección    a los que se  sujetarán las contrataciones y vincula la selección de la modalidad  a los umbrales que se determinan mediante un procedimiento que se establece cada año siguiendo lo que dispone el  artículo 17. Las modalidades de selección  son: Licitación Pública, Licitación Restringida, Sorteo de Obras, Comparación de Precios y Subasta Inversa.

Antes de que se dictara el nuevo  Reglamento de la Ley, mediante Decreto  543-12, la normativa establecía la posibilidad de invitar a algunos proveedores, de los que estuvieran inscritos en el Registro  que lleva Contrataciones Públicas, lo que permitía un importante margen de  discrecionalidad a las instituciones. Sin embargo, el artículo 65 del Reglamento dispone que  la invitación a participar en un procedimiento por comparación de precios, deberá efectuarse mediante una amplia convocatoria en el Portal Administrado por el órgano Rector y en el portal institucional,  indicando que el plazo de antelación entre el momento de efectuarse la invitación y/o publicación y la fecha fijada para la apertura no será inferior a 5 días hábiles.

Además, el artículo 69 dispone que la comprobación de la omisión de los requisitos de publicidad en cualquiera de los procedimientos de selección establecidos en la ley en  el Reglamento, dará lugar a la cancelación o nulidad inmediata del procedimiento sin importar  el estado de trámite en que se encuentre.

El procedimiento a seguir en un Proceso de Comparación de Precios es el siguiente:

1.       Publicación del requerimiento en el portal administrado por el órgano rector, compras  dominicanas y en el  de la institución, incluyendo un adjunto con  el detalle de las especificaciones técnicas de la obra, bien o servicio a ser adquirido.

2.       Plazo de cinco (5)  días hábiles como mínimo entre la convocatoria y la entrega de las ofertas que  empieza a contar a partir del segundo día de la  publicación, y vence el día siguiente  a la llegada del término. El proveedor debe contar con un mínimo de  5 días completos para preparar su oferta y documentos.

3.       Recepción de ofertas en sobre cerrado. No se pueden aceptar ofertas remitidas por correo electrónico,  sin firma, o sin sello de la compañía, en caso de persona jurídica.

4.       La entidad debe responder todas las preguntas y/o aclaraciones que se realicen en el  tiempo estipulado en el cronograma.

5.       Convocatoria a todos los participantes para que, si lo desean,  estén presentes al momento de la apertura, y en caso de comparación de precios para obras, se requiere además la presencia de un (a)  Notario Público.

6.       En todos los casos, deben estar  claramente identificadas la  dirección exacta  de la institución, teléfono de contacto, y fecha límite y hora para la recepción de las ofertas, además de la fecha y hora de apertura de las propuestas, debiendo siempre preservar los principios de transparencia e igualdad de oportunidades.

Los (as)  proveedores (as), deben cumplir las siguientes condiciones:

a.       Estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, específicamente en el rubro que corresponda al tipo de obra, bien o servicio ofertado a  la institución. En la actualidad existen 44 rubros  disponibles en la página compras dominicanas.

b.      Estar al día en el pago de sus compromisos fiscales.

c.       Realizar las preguntas y/o aclaraciones en el tiempo estipulado.

d.      Presentar su propuesta en sobre cerrado.

e.      De así decidirlo, estar presente al momento de la apertura de los sobres.

f.        Presentar las garantías según corresponda  cuando aplique.

Dado el escaso conocimiento sobre el Sistema Nacional de Compras Públicas, en el año 2010 la Dirección General de Compras Públicas  aprobó lo que se denominan Documentos Estándar y  Manuales de Procedimientos para cada una de las modalidades.

Para el caso específico de la Modalidad de Comparación de Precios, el documento estándar que aplica es el PD.CCC.04, que debe ser utilizado por todas las entidades contratantes al momento de  ejecutar este tipo de proceso, tal y como establece el Reglamento.

Este tipo de documentos busca, como su nombre lo indica, estandarizar la información que deben conocer los (as)  proveedores (as) interesados (as) en participar, de manera tal que disminuyan los errores. Los documentos estándar  también se encuentran disponibles  y de acceso libre en el portal compras dominicanas.

Así las cosas, nos encontramos que la discrecionalidad va disminuyendo, pero aún  se presentan dificultades. Es por ello que se requiere el compromiso de la sociedad para  que el Sistema Nacional de Compras Públicas funcione, pues de lo que todos podemos estar seguros es que lo que hay alrededor de las compras públicas son muchos intereses. En compras estamos haciendo nuestro mejor esfuerzo ¿Y tú, amigo (a)  lector (a), estás haciendo el tuyo?.