Al velatorio del difunto IDSS, llegó la noticia de que La Unión de Trabajadores Cañeros (UTC) demandó del Congreso Nacional la inclusión en el presupuesto de una partida para pagar la pensión a más de 1,300 cañeros que cotizaron durante décadas al Seguro Social, sin que se les reconozcan sus derechos adquiridos.
La justeza de los reclamos de estos humildes trabajadores puede medirse por la coherencia y consistencia con que, durante años y de manera sistemática, han reclamado a las autoridades, siempre por la vía pacífica e institucional, una pensión mínima de 8,000 pesos mensuales de acuerdo a las leyes 1896 y 87-01.
Esta vez acuden al Congreso, ya que según señalan, hace dos meses que vienen reclamando sus derechos ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), pero se sienten muy preocupados, porque allí les dicen que no tienen la documentación necesaria para evaluar los casos y tramitar las pensiones.
Ahí está el detalle, como decía Cantinflas. Sucede que la recién promulgada Ley 397-19 eliminó al IDSS y creo el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de los Riesgos Laborales (IDOPPRIL) adscrito al Ministerio de Trabajo como entidad pública, autónoma, con personería jurídica y patrimonio propio.
Al ser consultado por la Comisión de Seguridad Social del Senado sobre ese Proyecto de Ley, insistí en la necesidad de proteger a más de 100,000 trabajadores dominicanos que cotizaron al IDSS y tienen derecho a un bono de reconocimiento, de acuerdo al artículo 43 de la Ley 87-01. Ver mensaje del 292 del 15 de junio en curso.
Propuse por escrito preservar los archivos del IDSS y crear una Comisión Técnica Legal y Actuarial para recibir, estudiar y formular recomendaciones sobre las solicitudes de los antiguos afiliados al IDSS, en un plazo de 12 meses a partir de su disolución. Como resultado de esta solicitud, se incluyó en la Ley el siguiente artículo.
Artículo 38. Situación de pensiones en trámite. Las pensiones por vejez que se encuentren en trámite ante el Instituto Dominicanos de Seguros Sociales (IDSS) o pendientes de solicitud por las y los interesados y que correspondan a derechos adquiridos al amparo de la Ley 1896, serán solicitadas ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) del Ministerio de Hacienda, quien estará en la obligación de crear los instrumentos necesarios para reconocer dichos beneficios.
Muy bien, pero no se dispuso preservar los archivos del IDSS, lo que hará más difícil el trabajo de la DGJP, y más remota la posibilidad de que estos ex afiliados sean atendidos y evaluados como reclama la Unión de Trabajadores Cañeros (UTC). Si en vida del IDSS hubo mucho descuido y maltrato de esos archivos, imagínense lo que ocurrirá ahora.
La politiquería estranguló al IDSS
El exdirector Dr. César Mella, afirmó que “el IDSS fue convertido en un antro de corrupción, con la complicidad del gobierno y de los sectores patronal y sindical”, por lo que su disolución definitiva es un acierto del Poder Ejecutivo. En los últimos años perdió el 70% de sus afiliados, dependiendo de un subsidio ilegal, muy oneroso e insostenible.
El IDSS fue víctima de las limitaciones de la Ley 1896, que creó el Seguro Social obligatorio, y de los intereses políticos y mercuriales que siempre lo maniataron. De nada valió el tratamiento preferencial que le dio la Ley 87-01. A pesar de que la atención regular siempre fue muy deficiente, su punto luminoso fueron los tratamientos catastróficos.
Este fracaso no es sólo del IDSS, víctima de la politiquería, del oportunismo de grupos económicos y gremiales, así como de la corrupción y de la falta de una moderna gestión. Con una justicia independiente y si no hubiese tanta impunidad, mucha de esa gente estaría presa por su irresponsabilidad y malversación de fondos. RIP IDSS.