Recientemente la Coalición Nacional de la Juventud evangélica plantea la lucha contra “todo intento de aberración, antivalores, matrimonio gay, desempleo en la juventud, violencia intrafamiliar, la delincuencia y otros males que arropan nuestro país actualmente”.

La existencia de un tipo de matrimonio o alianza entre las personas  sea de diferente sexo o de un mismo sexo no es ni una aberración ni un antivalor. El análisis de las distintas formas en que las personas se unen sea desde una relación de pareja (con sexo diferente o igual) o desde grupos y construyen alianzas (matrimonios) ha sido uno de los principales ejes de análisis de la Antropología del Parentesco en la historia de sociedades occidentales y no-occidentales.

El matrimonio desde la perspectiva antropológica se considera como la “ forma de unión culturalmente pautada en las distintas sociedades entre personas de diferentes sexos o de un mismo sexo  para regular la filiación, la residencia, derechos y obligaciones”. (Giner, Espinosa, Torres 1998: 464).

La presencia de distintas formas y pautas matrimoniales en las sociedades humanas ha sido analizada por la Antropología del Parentesco registrándose matrimonios grupales, matrimonios polígamos, matrimonios monógamos. Dentro de la poligamia existe la poliginia y la poliandria. La poliginia referida a la unión de un hombre con dos o más mujeres y la poliandria de una mujer con varios hombres.

Se legisla para garantizar la equidad y el respeto a los derechos de toda la ciudadanía tomando en cuenta sus distintas realidades y no tomando en cuenta lo que debe hacer la población según las creencias religiosas de un sector de la sociedad que excluye la dinámica existente en los diferentes grupos dentro de una sociedad

En el matrimonio se pueden conjugar normas sociales vinculadas a la forma en que las personas desarrollan el afecto, la sexualidad, la reproducción (la cual puede o no estar incluida en la relación de pareja) y la residencia.

La existencia de relaciones afectivas entre personas de un mismo sexo se registra en todas las sociedades humanas desde la antigüedad.  La sanción social y cultural a estas relaciones varía de una sociedad a otra, en distintas épocas.

La prohibición de este tipo de relación afectiva entre personas de un mismo sexo no ha generado su erradicación ni disminución como bien lo analiza las ciencias sociales. La sexualidad como fenómeno humano fluye aún cuando las prácticas tengan mediaciones prohibitivas y de coerción. Por el contrario, las prohibiciones y tabúes alrededor de prácticas afectivas y sexuales como las de opciones sexuales distintas (homosexuales, lésbica, transexuales, bisexuales y otras) lo que ha provocado históricamente es la violencia, discriminación, vidas paralelas o dobles vidas, violaciones y abusos.

El establecimiento legal del matrimonio entre personas de un mismo sexo es una garantía de respeto a los derechos humanos. Personas que se unen afectivamente y cohabitan compartiendo gastos y bienes desde una relación heterosexual u homosexual están sujetas a cambios por muerte, violencia o por separación.

La legalización de su relación favorece que no se produzcan situaciones de abuso, inequidad y violaciones de los derechos.  Cuando dos personas se unen  y adquieren bienes compartidos resulta injusto que en su separación no pueda reconocerse estas adquisiciones, lo que ocurre continuamente en las parejas de un mismo sexo cuando no existen instrumentos legales que garanticen este reconocimiento.

En Latinoamérica varios países han legalizado los matrimonios homosexual-igualitarios. Nuestro país tiene una constitución que lo define como una sociedad democrática donde se respetan las libertades individuales y los derechos humanos.

La mirada a los fenómenos humanos desde las ciencias sociales, Antropología, Sociología, Psicología-Social, Historia, está muy lejos de un punto de partida desde el “deber ser” sino de “lo que es”, lo que ocurre en la realidad. Las políticas públicas, las legislaciones en sociedades democráticas se sostienen igualmente en este paradigma, se legisla para un conglomerado social amplio y diverso, no para un sector de la sociedad.

Se legisla para garantizar la equidad y el respeto a los derechos de toda la ciudadanía tomando en cuenta sus distintas realidades y no tomando en cuenta lo que debe hacer la población según las creencias religiosas de un sector de la sociedad que excluye la dinámica existente en los diferentes grupos dentro de una sociedad.

La legalización de los matrimonios entre personas de un mismo sexo no contradice nuestra constitución ni los principios de nuestra sociedad. En la medida en que la ley favorezca la equidad se favorece la armonía y la cohesión social.

Este artículo fue publicado originalmente en el periódico HOY