Reflexionando el tema del Consejo Económico y Social Municipal, enarbolando propuestas que contribuyan a potenciar la gestión local de manera fluida, con la participación e integración de diferentes sectores sociales, organizados en cada municipio, la ocasión es para profundizar sobre las mancomunidades municipales, como instrumento organizativo, de coordinación y articulación de voluntades institucionales para potenciar el desarrollo local.
Si la mayoría de municipios dominicanos son pequeños, de escaso presupuesto, manejo débil de las herramientas de gestión y, administración de recursos, producto de la subcultura del populismo y, el clientelismo político, es evidente que, construir mancomunidades, definidas objetivamente, constituye una necesidad ingente.
La mancomunidad no debe ser jamás, el producto del capricho de uno o varios alcaldes, por lo regular, motivados por una ONG que de seguro, cuenta con un proyecto con financiamiento internacional, o de igual forma, un programa “sensacional” emprendido por el gobierno de turno, para impactar el desarrollo, aunque al final se traduzca en imagen electoral para la reelección.
Las mancomunidades son el producto de un proceso de búsqueda profunda en la realidad socioeconómica de las localidades involucradas, incluyendo, en igualdad de condiciones, a las autoridades de las comunidades vinculadas y la sociedad civil respectivamente, es importante que los dos órganos de dirección de los gobiernos municipales, el ejecutivo y el regulativo, (Alcaldes y Regidores) estén incluidos de igual manera, de lo contrario, será difícil garantizar el éxito.
Diagnosticada la realidad y debidamente analizada, se determina, cuáles son los productos, obras o servicios a mancomunar, poniendo especial cuidado, ya que este es uno de los principales errores cometidos en la mayoría de mancomunidades en nuestros municipios, es decir, en su mayoría, emocionados con las perspectivas dibujadas teóricamente por técnicos interesados “mancomunan” todo, desde la gestión de desechos, hasta la administración de áreas financieras de los ayuntamientos participantes, terminando cada uno por su lado.
La Ley 176-07, en sus artículos 72 hasta el 76, detalla el procedimiento de creación de las mancomunidades, el 72 establece, “Se reconoce a los municipios el derecho a asociarse con otros en mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia.”, de manera que solo hay que ponerse de acuerdo entre los municipios y determinar lo que se va gestionar en la sociedad.
La conformación de estas sociedades contribuye a la sensibilización de las comunidades en la importancia de la coordinación y articulación de acciones con otras localidades y favorece la elevación de los niveles institucionales y el manejo de direcciones colegiadas.
Gestionadas con coherencia, las mancomunidades pueden contribuir a disminuir la influencia del populismo y el clientelismo político, que tanto denigran la condición humana e, impiden emprender proyectos que puedan servir de ejemplo a otras municipalidades del país o de otras naciones.
Servicios ideales para mancomunar son: la gestión de los desechos, a través de la construcción de rellenos y producción de otros vienes a partir de estos; la creación de los fondos concursables, para apoyar proyectos de desarrollo económico en las localidades y generación de empleos; diseño y desarrollo de proyectos de turismo local, (eco-turismo, turismo de investigación, etc.) según la realidad de cada caso.
Como ejemplo esta la creación de “La ruta del tabaco” que fue el proyecto más importante del plan estratégico de Villa González, su desarrollo requería, ineludiblemente, un acuerdo entre los municipios de Santiago de los Caballeros y Tamboril, ciudades relevantes en la historia de la aromática hoja, al no ser posible el acuerdo, obstaculizado por el protagonismo de las partes, desaprovechando la generación de cientos de empleos, recursos económicos para cada ciudad y miles de turistas visitando, generando proyección internacional.