A propósito de los desgarradores conflictos que se producen cíclicamente a lo interno de los partidos políticos, es frecuente escuchar la siguiente pregunta: ¿qué motivos tan fuertes impulsan a compañeros de partido a enfrascarse en confrontaciones que, muchas veces, también destruyen su fraternal amistad?
En los tiempos en que los partidos tenían las ideologías como fundamento, las confrontaciones, casi siempre, eran generadas por las divergencias ideológicas. Pero, en este tiempo en que lo puramente ideológico nos es lo que mueve a los partidos, son los intereses económicos los que las provocan. No obstante, en todos los casos, los conflictos internos son el producto de la lucha desenfrenada por el control del partido.
Lo más preocupante de los conflictos internos es que terminan, casi siempre, dividiendo a los partidos y reduciendo, en consecuencia, sus posibilidades electorales. Este es el motivo por el que muchos partidos tienden a fomentar los conflictos de sus adversarios, sin tomar en consideración el daño que esto le causa al Sistema de Partidos del que también forman parte.
En democracias, como la nuestra, en las que las élites partidarias tienen el control absoluto del funcionamiento partidario, es frecuente que los conflictos terminen fraccionando a los partidos.
Como es de suponerse, la falta de un tercero imparcial que arbitre los procesos de escogencia de las candidaturas a los cargos de elecciones popular y de los directivos partidarios, constituye una justificación para que aquellos que no sean declarados ganadores se nieguen a aceptar los resultados.
Por el contrario, en aquellas democracias en las que la ley regula la escogencia de los candidatos, a través de métodos democráticos de elección, es menos probable la división de los partidos.
Donde existen reglas democráticas que son aplicadas debidamente por las cúpulas, los resultados de ambos procesos tienden a ser aceptados por los participantes, sin ningún riesgo de conflicto.
Por lo tanto, la regulación de los procesos de selección de los candidatos, por medio de la ley, constituye el medio ideal de prevención de los conflictos internos que trastornan la democracia y deterioran la de por si cuestionada credibilidad de los partidos.
Sin embargo, para que la regulación tenga el efecto deseado, debe contemplar, sin importar su modalidad, la celebración de primarias, que sean organizadas o fiscalizadas por el órgano electoral, en nuestro caso la Junta Central Electoral, a fin de que los resultados sean aceptados por todas las partes.
Desde el año 2010, la democracia interna de los partidos políticos está contemplada en el artículo 216 de la Constitución Política, la cual establece que la conformación y funcionamiento de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, deben sustentarse en el respeto a la democracia interna de conformidad con la ley.
Como se puede apreciar, para la concreción de la referida disposición constitucional es necesario que sea aprobada la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, la cual debe garantizar el funcionamiento democrático y transparente de los partidos políticos.
Proclamado por el magistrado presidente de la JCE, doctor Julio César Castaños Guzmán, como el año de la aprobación de las leyes de Partidos y del Régimen Electoral, el 2017 debe ser también el año de la democracia interna de los partidos políticos.