Hace unos años el Oncólogo Brasileño, Dr. Drauzio Varella, sentenció que: “En el mundo actual, se está invirtiendo cinco veces más en medicamentos para la virilidad masculina y Silicona para las mujeres, que en la cura del Alzaheimer.  De aquí a algunos años, tendremos viejas de senos grandes y viejos con penes duros, pero ninguno de ellos se acordarán para que sirven”. Muchas veces asumimos erradamente lo que nos conviene o simplemente lo que nos interesa, desconociendo o postergando lo que realmente es importante. Aprovechando como introducción la citada anécdota reflexionaré en los próximos párrafos sobre el caso conocido como “Panama Papers”.

El pasado día 9 de mayo el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) por sus siglas en inglés, publicó la lista con poco más de 200,000 nombres de personas físicas y jurídicas vinculadas con entidades establecidas tanto en Paraísos Fiscales, como en otros países ajenos a las nacionalidades de éstas. La referida lista es producto del análisis de 11.5 millones de documentos que fueron extraídos de la base de datos de la firma de abogados y consultores Mosack- Fonseca, cuya Casa Matriz esta en Panamá. De aquí el título de “Panama Papers”, debiendo ser, para ser justos, “Mosack-Fonseca Papers”.

El Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), con la responsabilidad que le caracteriza, no divulgó los registros de cuentas, transacciones financieras, correos electrónicos, correspondencias, pasaportes, números telefónicos, es decir los datos y aspectos particulares de las personas involucradas. Además, aclaró que no todo el que aparece en la lista ha cometido dolo y que tener una empresa o cuenta fuera del país de origen tampoco es ilegal. La información fue recibida por la ICIJ, de parte del diario alemán Süddeutsche Zeitung, quien a su vez la recibiera de una persona anónima que se hizo llamar “John Doe” y que al parecer fue el responsable de la “extracción” de las informaciones desde las oficinas de Mosack-Fonseca.

Qué hay de cierto e incierto en todo este proceso que ha lacerado la reputación de un país identificado con cumplir todas las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que son las normas o estándares internacionales de cumplimiento para toda nación y territorio del mundo, al salir de la Lista de Seguimiento Intensivo o Lista Gris del Grupo citado. Veamos:

  1. Mosack-Fonseca legalmente, en virtud de las normas panameñas, puede ofrecer el servicio de creación de empresas, fideicomisos, fundaciones, fondos de inversión, apertura de cuentas en entidades financieras, así como cualquier otro tipo de asistencia legal profesional legalmente permitida. Lo que Mosack-Fonseca, ni nadie, debe hacer es proveer asistencia a entes criminales, para que laven sus recursos mal habidos a través de ingenierías legales y financieras. Además, no se debe prestar asesorías, ni facilitar vehículos legales o financieros para la evasión fiscal. Cualquier oficina profesional que incurra en los actos señalados viola los preceptos legales establecidos en todas las normas aprobadas en el mundo, por ser parte estandarizada en las 40 Recomendaciones del GAFI (REC. 3).
  2. Panamá y sus instituciones no pueden considerarse culpables de la conducta de una oficina, pero sus autoridades deben investigar las posibles violaciones legales no sólo de Mosack-Fonseca, que sólo es una, aunque la más grande, de decenas de empresas que ofrecen servicios legales y de asesoría en ese país. En tal sentido, reiteramos que es injusto vincular al país por una conducta particular. Más aún con las muestras de voluntad ofrecidas al cambiar su Norma Legal Anti-Lavado y Contra el Financiamiento del Terrorismo, generando un cambio hasta en la estructura organizacional de sus organismos responsables. (Se creó la Superintendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros, para supervisar los Sujetos Obligados que operan en la economía real. Todo para cumplir con las normas internacionales y salir de la Lista Gris)
  3. Ninguna autoridad en el mundo puede utilizar los datos de los mal llamados “Panama Papers”, pues su origen es ilícito. Lo que si pueden hacer es iniciar las investigaciones correspondientes, a los fines de obtener las pruebas, por la vía legal, que les permita construir casos que pueden ser de lavado, financiamiento del terrorismo, tráfico de armas, corrupción, evasión fiscal y otros crímenes. Para esto es necesario contar con el apoyo de las autoridades panameñas, las cuales han informado que están dispuestas a colaborar y han solicitado que no llamen a este caso “Panamá Papers”, por las implicaciones reputaciones que implican. De hecho, ya el daño reputacional está hecho, pues cuando este se afecta queda la marca, aunque sea tenue de lo que injustamente pasó.
  4. Mosack-Fonseca demandó a la ICIJ, pero esta última se cuidó de no comprometer con acusaciones a nadie. Sólo se limitó a publicar la lista de los usuarios de los servicios de Mosack-Fonseca.
  5. Las Recomendaciones del GAFI, que pueden ser violadas en los posibles procesos que generarían los Mosack-Fonseca Papers serían las siguientes:

-Recomendación 1:   Administración Preventiva Basada en Riesgo

-Recomendación 10: Debidas Diligencias para Conocer al Cliente.

-Recomendación 12: Personas Expuestas Políticamente

-Recomendación 22: Debidas Diligencias para Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD’s). Dada la falta de supervisión, es en donde existe una mayor sensibilidad para lavar activos. De aquí que Panamá creará la Superintendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros

-Recomendación 24: Transparencia y Beneficiario Real/Final de Personas Jurídicas

-Recomendación 25: Transparencia y Beneficiario Real/Final de Otras Estructuras Jurídicas

Lo que se dice

Que se llegó a Mosack-Fonseca por una negociación producto de otros casos. Al determinar el objetivo un organismo de inteligencia logró penetrar la bases de datos de la oficina de abogados y extraer los 11.5 millones de documentos. Los cuales, según informaciones de entero crédito, es solo aproximadamente el 50% de las informaciones contenidas en sus archivos. La seguridad, percibió el proceso y lo bloqueó limitando la extracción total de los datos. La operación se hizo desde un país sudamericano. Se intuye que existen propósitos tanto políticos y como siempre económicos, que siempre ha sido y será la razón que mueve los procesos históricos.

Se debe evitar el juego con el riesgo reputacional de un país y de personas que no han quebrantado las normas legales y que sólo han buscado las ventajas que ofrece el sistema. Pero, asimismo, se deben investigar por las vías pertinentes los casos con posibles méritos criminales y hacer que les caiga el peso de la ley.