Aún no está claro exactamente qué papel deben desempeñar las Fuerzas Armadas vs el rol de la Policía Nacional en la nueva Constitución. Es importante que los militares y policías estén bien capacitados en lo que la ley permite y no permite, de igual manera para los ciudadanos.

Después de la falta de respeto a la Ley por los gobiernos y las mayorías de los incumbentes militares y policiales, corresponde al pueblo y su Congreso garantizar y restaurar con claridad las líneas entre los militares y los policías;  y de que sean respetados los límites. Para lograr esta premisa debemos conocer claramente el rol que corresponde a cada institución y muy especialmente romper el mito y el tabú que envuelven los temas de seguridad y sus organismos. También cambiar nuestra cultura de incumplimiento y desinterés en el conocimiento de nuestras leyes. Cito nuestra constitución: "Artículo 111.- Leyes de orden público. Las leyes relativas al orden público, policía y la seguridad, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares."

La función esencial de toda policía moderna la podemos encontrar claramente definida en los primeros articulados de la ley institucional no. 96-04 de la Policía Nacional dominicana:

"Art.1.- Naturaleza.- La PN es una institución especializada y permanente del Estado, apolítica, apartidista y de naturaleza policial. Su estructuración y organización son de naturaleza jerárquica y su funcionamiento se rige estrictamente por lo establecido en la Constitución, por las leyes, decretos, resoluciones y reglamentos que a ella se refieran.

Art. 2.- Objeto.- El objeto de su creación es proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades, prevenir el delito, preservar el orden público y social y el medio ambiente, velar por el cumplimiento de la ley y el desempeño de sus funciones, con la colaboración y participación interactiva de la comunidad en la identificación y solución de los problemas, a fin de contribuir a la consecución de la paz social y el desarrollo económico sostenible del país.

Art. 3.- Carácter.- La PN es una organización civil al servicio de la ciudadanía, con competencia especializada y ámbito nacional, disciplinada, de carrera profesional, siendo su característica esencial la institucionalidad y estabilidad de su personal, lo que determina que el régimen de ingreso, jerarquías, promociones, designaciones, separaciones y retiros se realicen dentro de las disposiciones de esta ley y sus reglamentos."

Desde su nacimiento mismo en el año 1936, la PN ha vivido en una necesidad constante de reforma, para adecuarse a los requerimientos de la sociedad y sus constantes cambios, sin embargo no ha sabido hacerlo ni ha cumplido las normas que la sustentan, siendo cada vez peor el atraso ante éstos y las amenazas del crimen con todas sus manifestaciones.

Los mayores esfuerzos realizados dentro de la reforma policial han estado enfocados en desmilitarizar a la policía y despolicializar a las FF AA a fin de desvincular unos de otros, para que cada institución logre fortalecerse en su ámbito. A pesar de las confusiones que existen aun, en todos los escenarios de discusión, tanto a lo interno de la institución como en debates con asesores de organismos nacionales e internacionales, sobresale como principal impedimento al éxito de esta reforma, la falta de voluntad política, la injerencia y usurpación por parte de las Fuerzas Armadas en los ámbitos de la seguridad pública durante tantos años, cosa que en otros tiempos pudieron ser entendibles a la sazón de los gobiernos dictatoriales y los efectos de la guerra fría. Hoy esto resulta algo insólito, pues la situación actual solo se justificaría en momentos de guerra o estado de sitio.