El pasado 15 de mayo de 2017, el presidente Danilo Medina Sánchez convocó el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Esta es la cuarta convocatoria del CNM (1997, 2001, 2010) – y la segunda desde la reforma constitucional de 2010, cuando se estableció su configuración actual. La convocatoria busca suplir vacantes que se producirán en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y el Tribunal Superior Electoral (TSE).
Una pregunta que me parece interesante gira en torno a si los procesos de selección de jueces podrían tener algún impacto sobre la resolución de asuntos de los tribunales afectados. En otras palabras, ¿si el proceso de selección de jueces llevado a cabo por el CNM podría tener implicaciones sobre el desempeño jurisdiccional de las altas cortes?
Este breve artículo presenta los datos disponibles que incluyen el período de la última convocatoria del CNM (agosto-diciembre 2011). El artículo plantea la hipótesis de que los procesos de cambios de las altas cortes podrían impactar negativamente el desempeño de las cortes reconfiguradas. En este análisis, el desempeño se mide por la tasa de resolución de asuntos (court resolution rate). Las implicaciones de este planteamiento para la formulación de políticas públicas son importantes y multifacéticas. El artículo concluye con tres planteamientos para ser examinados en el futuro.
¿Los procesos de selección de jueces puede ser disruptivos?
Durante la convocatoria del CNM de 2011, la tasa de resolución de asuntos de la SCJ disminuyó considerablemente, como muestra la Gráfica 1.
En dicha ocasión, la SCJ experimentó una reconfiguración significativa. Sólo cuatro – de los 16 jueces que servían entonces (25%) – fueron ratificados en su cargo. Uno de los cuatro, el Dr. Subero Isa, renunció luego de ser ratificado.
A partir de entonces, la SCJ fue integrada por 17 jueces, de los cuales el CNM 2017 tendrá que completar las vacantes de cuatro magistrados (23.52%). Esto evidencia que, en este sentido, los procesos de 2011 y 2017 son simétricamente opuestos. No obstante, algunos analistas han señalado que todos los jueces de la SCJ deberán ser evaluados en 2018 – lo cual genera una situación interesante de cara a los expedientes de jurisdicción privilegiada de alto perfil que actualmente están sobre el tapete.
Para el TSE, la situación es distinta. Los cinco jueces del TSE y un número equivalente de suplentes, deberán ser sustituidos por el CNM.
Ambas situaciones llevan a preguntarse: ¿qué impacto (si alguno) podría tener el proceso de selección de jueces de la SCJ y del TSE sobre el desempeño de dichos tribunales? Ciertamente, cualquier órgano jurisdiccional que experimente un cambio completo o parcial de su plantilla jurisdiccional (y eventualmente, también de parte de su personal administrativo y operativo) sufrirá disrupciones en su capacidad de respuesta y el manejo de su carga de trabajo.
Por tanto, en el caso del TSE, se puede esperar que su desempeño resolutivo (medido a través de la tasa de resolución de asuntos/expedientes) se vea afectado. Esto impacta mayormente a los partidos políticos que dirimen sus disputas ante el TSE.
Con relación a la SCJ, la situación es distinta. Los cambios de 2011 implicaron la renovación del 75% de la composición del tribunal (81.25%, luego de la renuncia del Dr. Subero Isa) – incluyendo el inicio de la gestión de un nuevo presidente de la SCJ y del Consejo del Poder Judicial.
Completar las vacantes actuales implica la sustitución de apenas 4 jueces – de 17. No obstante, todos los jueces de la SCJ serán evaluados en 2018, lo cual también podría tener cierta incidencia sobre su desempeño durante 2017-18.
¿Entonces, existe evidencia que sugiera que los procesos de selección de jueces pueden ser disruptivos? De las estadísticas disponibles, se puede apreciar que, durante el año 2011, la tasa de resolución de asuntos de la SCJ fue de tan sólo 20.88%. Dicha tasa se redujo 69.27% con relación al año 2010, cuando la tasa de resolución de la SCJ fue de 67.95%. La Gráfica 1 presenta estos datos.
Para 2012 y 2013, no existen estadísticas judiciales publicadas que permitan calcular la tasa de resolución de la SCJ. Para el 2014, la tasa de resolución de la SCJ se situaba en 61.93%. Como se puede apreciar en la Gráfica 1, la tasa de resolución de todo el Poder Judicial no experimentó fluctuaciones significativas a partir del proceso del CNM de 2011.
Es importante señalar que no se puede atribuir este efecto al proceso de selección de jueces que ocurrió en 2011. Ciertamente, existen otros factores (observables e inobservables) que pudieron contribuir con este resultado, y que deberían ser incluidos en un modelo empírico que permita estimar la relación entre todas estas variables.
No obstante, de los datos disponibles se puede apreciar que: durante 2011 la tasa de resolución de la SCJ se desplomó a la resolución de aproximadamente uno de cada cinco asuntos (ej. recursos de casación); y que durante los años 2012 y 2013 no existen datos públicos disponibles que permitan apreciar el comportamiento de la salida de asuntos de la SCJ (incluyendo el pleno y sus salas).
Posibles consecuencias
A modo de conclusión, presento tres hipótesis, augurando que el proceso de selección de jueces de 2017 será disruptivo. Estas predicciones establecen que el accionar del CNM 2017: (1) impactará negativamente la resolución de casos en los tribunales afectados (TSE y SCJ); (2) que los cambios en la SCJ podrían afectar el anunciado “Plan contra la Mora Judicial” promovido por el Consejo del Poder Judicial; y (3) que una baja representatividad de jueces de carrera en la SCJ y el TSE podría tener implicaciones negativas sobre su permanencia dentro de la judicatura (y sobre su entusiasmo, lo cual es más difícil de medir), generando un costo social importante.
La magnitud y la duración del impacto augurado quedará pendiente de verificación con el transcurso del tiempo, y la publicación de los datos que permitan analizar estas variables.
Todo esto sin ponderar la dinámica eminentemente política de la convocatoria actual del CNM y de la evaluación de 2018, que envía un mensaje implícito a todos los jueces de las altas cortes – y especialmente, a los jueces de la SCJ (que serán evaluados) – recordándoles que el oficialismo monitorea su desempeño. Los jueces que no presenten un resultado satisfactorio, según la opinión del CNM, podrían correr con la misma suerte del criticado caso del valioso magistrado de la SCJ que fue destituido por el CNM de 2011.
¡La espada – o el machete – de Damocles pende sobre sus cabezas!