Hace algunos días fuimos testigos de la forma en que muchos diputados, a quienes Doña Mapila también llamaba “hijos de la semilla”, pusieran a danzar en tiempo de algún blues, el proyecto de ley que ha debido declarar a Loma Miranda, Parque Nacional, tal y como si los dominicanos de sangre estuviéramos bajo los efectos permanentes de alucinógenos que despiertan sueños o duermen tempestades.
Resulta inexplicable comprender, cómo las autoridades de turno “desarrollan un amor tan grande” en beneficio de las empresas que deciden estuprar los pocos espacios naturales que nos quedan y con ello tratar de convencer a la población de que “chupar es beber” o que una “estocada es sólo un orificio de entrada y salida”. No sea pendejo!
La Ley No. 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su artículo 136 declara de “alto interés nacional” lo siguiente: “La conservación de las especies de flora y fauna nativas y endémicas, el fomento de su reproducción y multiplicación, así como la preservación de los ecosistemas naturales que sirven de hábitat a aquellas especies de flora y fauna nativas y endémicas cuya supervivencia dependa de los mismos, los cuales serán objeto de rigurosos mecanismos de protección in situ; 2. La identificación, la clasificación, el inventario y el estudio científico de los componentes y los hábitats de las especies que componen la diversidad biológica nacional; 3. Garantizar el mantenimiento del equilibrio apropiado de los ecosistemas representativos de las diversas regiones biogeográficas de la República; 4. Facilitar la continuidad de los procesos evolutivos; 5. Promover la defensa colectiva de los componentes ecológicos; 6. Procurar la participación comunitaria en la conservación la utilización racional de los recursos genéticos, así como asegurar una justa y equitativa distribución de los beneficios que se deriven de su adecuado manejo y utilización”. Entonces nos preguntamos: qué es el interés nacional para el síndico de La Vega, el Ministro de Medio Ambiente o del Presidente de la República? Acaso Loma Miranda no se encuentra bajo riesgo ambiental, después del exterminio de los grandes pulmones nacionales que se ha ejecutado durante años?
Entonces, si analizamos de manera combinada lo establecido de manera precedente por el artículo 136 con lo dispuesto por los artículos 175 y 176 de la mismo ley medioambiental, los cuales identifican quienes incurren en delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, entiendo que el Procurador General de la República tendrá mucha tela por donde cortar, y el Presidente de la República podría verse judicialmente afectado por efecto de la decisión de su Ministro de Medio Ambiente que echaría a un lado “el alto interés nacional”, y que el primer mandatario “al hacer nada” frente a esto, incurría en un “delito penal por omisión”.
Sr. Presidente, la bola continua en su cancha y usted permanece extasiado en los brazos del gigante del sueño, mientras en Loma Miranda todos los días a las tres de la mañana canta el “petiguere” ordenando la madrugada en su partitura, mientras la lechuza ciudadana duerme con los “ojos abiertos” y en vilo anuncia su grito de guerra esperanzada: Patria o muerte Sr. Presidente.