En Republica Dominicana nadie le gana a la Iglesia Católica Romana en su celo por interpretar y aplicar la Constitución. Y no solo es un celo de los criollos. Monseñor Jude Thaddeus Okolo, en su primera función como decano del Cuerpo Diplomático en el país, citó la Constitución Dominicana y el respeto al presidente Medina para justificar el papelazo que hizo de discriminar al esposo del Embajador estadounidense James Brewster.
Se trataba de un encuentro social entre Embajadores, sus parejas y el Presidente. Okolo se vio forzado a cambiar el día de la reunión y a invitar al esposo de James Brewster a la fiesta, ante la protesta de los embajadores. La publicación por Acento de la Carta del Embajador Británico a Okolo, dejó visto lo inadecuado de privilegiar a una Iglesia con los asuntos de Estado.
En los últimos años el Episcopado Dominicano ha estado activo tratando de lograr que el Código penal permanezca en el siglo XIX. No han faltado Cartas Pastorales, entrevistas en los medios de comunicación, abogacía o lobby a dirigentes de las dos cámaras del congreso, notas de prensa, etc. Esta es su causa favorita: Discriminar a la mujer hasta negarle el derecho más elemental, el de decidir sobre su propio cuerpo. Para ello citan la Constitución. Pero la realidad es que se trata solamente del artículo 37, sobre el Derecho a la vida. “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.
El artículo spobre el Derecho a la Vida, junto al que define el matrimonio entre un hombre y una mujer, son parte de la estrategia del Vaticano para lograr imponerle sus dogmas a toda la población. Intimidaron a los gobiernos de países con instituciones débiles para insertarlos en sus Constituciones. De ahí, las “Iglesias locales” pasaron a justificar su odio teológico a la mujer y a personas LGBTI con el cumplimiento de la Constitución. Para lograrlo, tienen que ignorar los demás artículos que abiertamente contradicen a los que identifico como “religiosos”, por su fuente y contenido. Esto les ha permitido criminalizar el aborto sin reconocer las condiciones atenuantes en que el aborto se hace necesario para salvar la vida de la madre, cuando el feto no es viable y no tiene sentido someter a la mujer a un embarazo en que el neonato no puede subsistir fuera de su vientre, y en casos de violación o incesto. No es casual que todas sean iguales.
Para poner un ejemplo, tomemos el Articulo 42 de la Constitución sobre el Derecho a la integridad personal. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. Tendrá la protección del Estado en casos de amenaza, riesgo o violación de las mismas. En consecuencia:
- Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o procedimientos vejatorios que impliquen la pérdida o disminución de su salud, o de su integridad física o psíquica;
- Se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. El Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
¿No viola la criminalización absoluta del aborto el derecho a la integridad personal de niñas y mujeres sometidas a una maternidad forzada bajo pena de prisión? De igual manera podemos citar el artículo 38 sobre la Dignidad Humana: El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos. Los derechos a la salud sexual y reproductiva de la mujer son derechos humanos.
Además violan el Artículo 45.- Libertad de conciencia y de cultos. El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres. Nótese que el artículo defiende la libertad de conciencia, no solo la libertad religiosa, sino la libertad de todo tipo de religión.
El otro problema de la moral Católica es que no mide las consecuencias del acto. Veamos el caso de El Salvado, donde el aborto fue criminalizado hace 20 años. Junto con la RD es uno de los cinco países donde el aborto es ilegal de forma absoluta.
En el 2016, el conocido periódico Inglés The Guardian[1] publicó el caso de Evelyn Beatriz Hernández Cruz, estudiante de secundaria de 19 años de edad residente en Cuscatlán, una comunidad rural de El Salvador. Evelyn fue una víctima repetidamente violada por un miembro de un gang y sentenciada a 30 años de prisión por asesinato. Ella tenía 18 años y no sabía que estaba embarazada. Dio a luz en abril del 2016 dentro del inodoro, cuando sufría dolores agudos de espalda y el estómago. El personal médico no pudo determinar si el feto murió en el útero o en momentos después de su expulsión. La Jueza aceptó el alegato del procurador: Evelyn no buscó asistencia prenatal porque no quería al bebé, y lo introdujo en el inodoro intentando matarlo.
Su abogado Dennis Muñoz condenó la decisión de la jueza como injusta e ilegal. “Su veredicto no refleja la evidencia presentada en la Corte. Es una decisión basada en moralidad, no en la ley ni en la justicia”. De manera semejante, en el 2014 un Grupo Ciudadano lanzó una campaña para solicitar clemencia en el caso de 17 mujeres encarceladas por asesinato. Por lo menos otras cinco mujeres incluyendo a Hernández han sido encarceladas.
Que no nos quede la menor duda. Esto es lo que busca el Episcopado Católico Dominicano. Defienden la vida del feto, pero no la de niños y niñas sometidos al terror de curas pederastas ni las vidas de las mujeres, a quienes consideran seres inferiores y no aptos para participar en ningún tipo de actividad relacionada con el ministerio o la estructura de la Iglesia.
Debemos de nuevo preguntarnos, ¿qué es lo que en realidad defiende hoy en día el Episcopado Dominicano? El teólogo español Juan José Tamayo, arroja luz al odio teológico contra la mujer al examinar el abuso sexual de menores por sacerdotes católicos.[2]
Tamayo, observa que “hay que ir a las raíces del fenómeno de la pederastia, mucho más extendido en la Iglesia católica que los casos que aparecen. Muchísimo más. Y en España también. Hasta ahora solo ha aparecido la punta del iceberg”. Para Tamayo:
Para Tamayo, las causas de fondo que explican la proliferación y tolerancia de la pederastia en la Iglesia Católica Romana, son “la masculinidad dominante convertida en sagrada, el poder igualmente sagrado de los varones consagrados a Dios sobre las almas y las conciencias, el poder fálico-sagrado sobre los cuerpos y el sistema patriarcal imperante en la Iglesia católica”
Concurro con Tamayo, que “mientras la masculinidad hegemónica se eleve a la categoría de sagrada y siga siendo la base del ejercicio del poder, mientras el patriarcado sea la ideología sobre la que se sustenta el aparato eclesiástico y la forma organizativa del mismo, volverán a producirse dichos comportamientos criminales contra las personas indefensas: niños, niñas, adolescentes, jóvenes, seminaristas, novicios, mujeres, personas discapacitadas, alumnos, alumnas, etc. Se buscarán métodos más sibilinos, pero las cosas no habrán cambiado”.
El gobierno de la Iglesia no admite mujeres. El papa, los cardenales, obispos, sacerdotes, diáconos, las conferencias episcopales, los presidentes de asamblea, el gobierno de la Iglesia (la curia romana) son todos hombres. Los miembros de la Comisión de cardenales nombrada por Francisco para la reforma de la Iglesia, los miembros del Sínodo de obispos sobre la familia con voz y voto, los que presiden y administran los sacramentos: ¡Todos hombres!
“¿Y las mujeres?’ pregunta Tamayo: las mujeres “no son consideradas sujetos eclesiales, ni morales, ni sacramentales, son excluidas de los espacios de responsabilidad eclesial, del ámbito de lo sagrado, de los ministerios eclesiales, de la reflexión teológica “magisterial”, de la elaboración de la moral, de la representación eclesial. Los homosexuales son también excluidos de dichos espacios”.
En fin, concluye el teólogo:” la organización patriarcal homofóbica no es una excepción o una desviación de la norma. Responde al más estricto cumplimiento y es la más escrupulosa aplicación de la legislación y de la actual normativa en la Iglesia católica, tal como se fija en el vigente Código de Derecho Canónico (promulgado por el papa Juan Pablo II, 25 de enero de 1983), que ha suplantado al Evangelio”. Es necesario cambiar la actual estructura mental, organizativa y legislativa autoritaria de la Iglesia, que es patriarcal, homófona y hegemónico-masculina, por otra que sea realmente igualitaria e inclusiva”.
Dejar que sean estos hombres los que interpreten la Constitución y determinen la formación moral de nuestros estudiantes en las escuelas del Estado, representa el suicidio como sociedad. Sin igualdad de género, no podemos hablar de que tenemos un Estado democrático ni de Derecho ni una sociedad con igualdad de oportunidades para todos.
[1] (https://www.theguardian.com/global-development/2017/jul/06/el-salvador-teen-rape-victim-sentenced-30-years-prison-stillbirth)
[2] Ver Juan José Tamayo. “El perverso juego de la pederastia” (EL PERIODICO DE CATALUÑA, 14 de diciembre; REDES CRISTIANAS, 15 de diciembre; ATRIO, 16 de diciembre; AMERINDIA, 27 de diciembre).