Gary Haugen fundador y director ejecutivo de Misión Internacional de Justicia (IJM por sus siglas en ingles), organización a la que pertenezco, ha escrito un libro titulado Buenas noticias sobre la injusticia. En el cual habla de los testimonios de coraje y valentía en tiempos de adversidad y del valor de quienes se sacrifican por la redención de los demás.
Aquellos que son los heraldos de mensajes de humanidad y compasión, y que verdaderamente demostraron su valor en momentos decisivos. La historia dominicana está llena de ejemplos de este coraje, y más que nunca necesitamos de hombres y mujeres que, desde sus posiciones de poder, en el Congreso Nacional y en la Corte Constitucional, tengan estos mismos valores.
Hace exactamente una semana, la Comisión de Justicia del Congreso Nacional aprobó en unanimidad el proyecto de ley que busca prohibir el matrimonio infantil en todo el país. Esta decisión se tomó luego de fuertes demandas de la sociedad civil y de diputados como José Horacio (autor del proyecto) y Omar Fernández, además de otras autoridades, como Mayra Jiménez, Ministra de la mujer. El proyecto de ley tiene como objetivo la eliminación del matrimonio infantil en República Dominicana y busca modificar lo siguiente:
Art. 144.- El hombre, antes de los dieciocho años cumplidos, y la mujer antes de cumplir los quince años no pueden contraer matrimonio.
Art. 145.- Sin embargo, el Gobierno puede, por motivos graves, conceder dispensas de edad.
En su lugar, el proyecto prevé lo siguiente:
Art. 144. – El hombre o la mujer no podrán contraer matrimonio en ninguna circunstancia antes de haber cumplido los dieciocho años de edad.
Para quienes no han reflexionado sobre el tema aún puede parecer un cambio sencillo y sin importancia. Pero no lo es. Este pequeño cambio legal acabará, de una vez por todas con la abyecta figura del matrimonio infantil en República Dominicana, que degrada la vida de miles de nuestras adolescentes ¡y niñas! que se ven obligadas a contraer matrimonio a cambio de su sustento y, a menudo, el de sus familias o para encubrir abusos de violencia sexual. El país ya no puede vivir con esta herida que, al ser invisible para la mayoría, enferma a todo el cuerpo social, impidiéndole evolucionar.
Pero lo más increíble de toda esta apasionada discusión sobre el tema es que el matrimonio infantil ya es inconstitucional en República Dominicana. El matrimonio de niñas y adolescentes no lo es, y nunca lo ha sido, de acuerdo con el texto constitucional, de lo contrario estaríamos admitiendo que la Constitución permite el comercio de niñas en nuestro país. ¿Es este el valor que le damos a nuestra Carta? ¿Es este el texto que volvimos a celebrar el 6 de noviembre? ¡Definitivamente no! Juan Pablo Duarte y los demás próceres de la independencia dominicana no prestaron sus nombres al preámbulo de un texto constitucional que no se fundamentara en cimientos morales que rechacen el matrimonio infantil. Allí, en el texto que introduce la Constitución, los legisladores constituyentes manifestaron los principios esenciales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna y el bienestar social¹. No existe y nunca ha existido, según estos principios, espacio para el matrimonio infantil.
El Tribunal Constitucional Dominicano también está evaluando el matrimonio infantil. En junio de este año, IJM interpuso una Acción de Inconstitucionalidad que busca, por vía constitucional, traer a luz las discrepancias legales que supuestamente autorizan el matrimonio de niños, para asegurar la protección de los más vulnerables.
Exhortamos a los magistrados del Tribunal Constitucional recordar que la Constitución en su artículo 8 definió como función esencial del Estado “la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto a su dignidad y la realización de los medios que le permitan perfeccionarse de manera igualitaria, equitativa y progresiva, en un marco de libertad individual y justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos”.
Quisiera que alguien me explicara cómo armonizar tan altas convicciones constitucionales con la degradación que el matrimonio infantil provoca en la vida de miles de niñas en ese país, lo que atenta directamente contra sus derechos más fundamentales, contra su dignidad, contra su desarrollo, progreso y bienestar. ¿Hasta cuándo estaremos ciegos a los deseos cristalinos expresados en la Carta Magna? ¿Hasta cuándo nos esconderemos ante falacias o medias verdades para tratar de justificar tal desprecio por principios tan básicos de una vida social sana y empática para quienes son no solo el futuro del país sino el presente?
La historia nos cuenta sobre el sufrimiento, durante la época de la esclavización de los hombres y mujeres de África, que también fueron traídos a este país, privados de su libertad, de su cuerpo, de su alma. Hoy somos llamados a luchar contra otra forma de esclavitud, que también vulnera innumerables niñas dominicanas, quienes hoy todavía reclaman el derecho a un presente y un futuro en el que no estén sujetas a la voluntad de sus dueños.
El presidente Luis Abinader, el pasado lunes llamó al Congreso Nacional a derogar las excepciones dispuestas en el Código Civil que permiten contraer matrimonio antes de los 18 años, así como todas las legislaciones civiles que faciliten, legitimen y legalicen estos matrimonios y uniones tempranas. Felicitamos al Presidente y le pedimos que continúe con esta importante convicción e iniciativa en el ámbito de sus funciones ejecutivas.
La bandera de una de las provincias brasileñas, que también recibió cientos de miles de personas africanas forzadas en esclavitud – Minas Gerais – lleva el lema de los conocidos como inconfidentes, que lucharon por el fin de la tiranía portuguesa en aquel país: “libertad, incluso tarde”. Es un pareado latino que refleja la urgente necesidad de acabar con la esclavitud moderna en República Dominicana, y que está estampado en esa bandera en su idioma original:
“Libertas quae sera tamen”.
José Monteiro es director de Misión Internacional de Justicia en República Dominicana.
Notas:
¹Preámbulo de la Constitución Dominicana.