Posteriormente de la firma del Tratado Trujillo – Hull, realizado entre República Dominicana y los Estados Unidos, en fecha 24 de septiembre de 1940, por el entonces presidente dominicano Rafael Leonidas Trujillo, y Cordell Hull, secretario de Estado de los Estados Unidos, que contemplaba “una serie de pasos que permitirían al gobierno dominicano cumplir con las exigencias de pago de su deuda externa contraída con empresas estadounidenses a cambio de que Estados Unidos devolviera el control de las aduanas dominicanas”[1], se generó la legislación aduanera tema de interés para el comercio internacional y aduanas. Veamos algunos aspectos:

  • Desde el 14 de febrero de 1953, está vigente la Ley núm. 3489-53, ley de Aduanas en República Dominicana, una normativa que marca los lineamientos de la delimitación, función, formalidades, acciones, plazos para la declaración de la mercancía; multas por declaración tardía, mercancía en zona primaria, regímenes aduaneros; abandono, subasta, rol del Vendutero, averías; la reliquidación en un plazo hasta dos años, los ilícitos; el contrabando, las penas; la declaración ingresos y salidas de pasajeros, de moneda estadounidense o su equivalente, el endoso y todo lo referente a la mercancía que entra  o sale del país.
  • Dicha ley ha tenido diversas modificaciones, entre ellas:
  1. Ley número 3838, de fecha 29 de mayo de 1954.
  2. Ley número 4216, de fecha 29 de julio de 1955.
  3. Ley número 4978, de fecha 20 de agosto de 1958.
  4. Ley número 237, de fecha 2 de mayo de 1964.
  5. Ley número 338, de fecha 27 de julio de 1964.
  6. Ley número 302, de fecha 30 de junio de 1966.
  7. Ley número 56, de fecha 17 de noviembre de 1966.
  8. Ley número 68, de fecha 3 de diciembre de 1968.
  9. Ley número 265, de fecha 6 de marzo de 1968.
  10. Ley número 516, de fecha 1 de diciembre de 1969.
  11. Ley número 107, de fecha 13 de abril de 1971.
  12. Ley número 226, de fecha 19 de junio de 2006

En esta última modificación, se elimina la factura consular, un requisito de formalidad contemplado en la referida Ley número 3489. Este tema fue evaluado en los exámenes de políticas comercial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y considerado un obstáculo técnico al comercio

Esta normativa legal, incluye otros temas contemplados en diferentes leyes como  la Ley número 11-92, de fecha 16 de mayo de 1992, que establece el Código Tributario, así como la Ley número 200-04, de fecha de fecha 28 de julio de 2004 – Ley General de Libre Acceso a la Información Pública-; la Ley número 72-02, modificada por la Ley número 155-17, de fecha 1 de junio de 2017, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo[2].

La legislación aduanera, aunque data da 1953, contempla los temas relevantes desde la entrada y salida de la mercancía por puertos marítimos, aeropuertos y fronteras, así como la delimitación de los espacios de las aduanas ubicadas en el territorio nacional para la aplicación de las disposiciones legales pertinentes, Estas acciones podrían estar sujetas a las multas, sanciones aplicables a priori y posterior dentro del marco de las atribuciones establecidas a la Dirección General de Aduanas.

Igualmente, refiero que la legislación aduanera es la sombrilla de la normativa para la aplicación de las demás normativas en la aduana dominicana, toda vez que es necesario completar las formalidades, seguir el proceso que conlleva cada dispositivo y cumplir con los procedimientos definidos para las buenas prácticas de cada tema, entre los que se combinan los regímenes aduaneros y las diferentes disposiciones legales que se utilizan dentro del marco de la jerarquía jurídica.

En ese contexto, nuestra República Dominicana cuenta con un marco legal definido sobre la base de una Carta Magna que contempla las directrices para todos los sectores que se acogen a exenciones parciales, exoneraciones, preferencias arancelarias y tratamientos especiales.

Sobre esa temática, identificamos algunos ejemplos:

  1. La Ley núm. 146-00, que modifica la Ley núm. 14-93 y establece las medidas arancelarias combinadas con el Convenio del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, así como establece la exención de diferentes artículos contemplados en ese dispositivo legal, específicamente, el artículo 13.
  1. La Ley núm. 392-07, sobre competitividad e Innovación Industrial, modificada por la Ley núm. 542-14, a la vez modificada por la Ley núm. 242-20, tema de Proindustria.

Otras normativas legales de aplicación conjunta con la legislación aduanera, son de interés para conocer su contenido e identificar su lineamiento para su correcta aplicación legal. Estas informaciones se pueden encontrar en el portal www.aduanas.gob.do.

Ahora nos corresponde ver la normativa legal vigente versus el Proyecto de Ley de Aduanas que busca atender los cambios realizados en el comercio internacional. Entre los diferentes temas que se incluyen, se encuentra  el plazo de diez (10) para declarar la mercancía, los regímenes aduaneros definitivos y otros que tienen una denominación actualizada, la responsabilidad solidaria y demás textos que se aplican en aduanas que, al aprobarse ese proyecto, puede recoger la dispersión legal.

Esperamos que los diferentes sectores involucrados puedan desprenderse de su interés particular para lograr una aprobación que marque un dispositivo legal paradigmático para la aduana dominicana, nuestra nación y se constituya en un referente legal en la región.

[1] https://es.linkfang.org/wiki/Tratado_Trujillo-Hull

[2] https://sbinteractivo.sb.gob.do/CompendioLeyes/Ley155_17/R2