Tras esfuerzos continuos en décadas e importante proyecto de cualquier país en temas del comercio transfronterizo, es contar con una normativa legal aplicable en aduanas sobre esas transacciones que se realizan en el comercio internacional.
En ese sentido, lograr la aprobación y promulgación de la nueva Ley de Aduanas de la República Dominicana, ha sido un esfuerzo conjunto de un trabajo que ha llevado análisis, revisiones, aportes y conocimiento para lograr el sueño esperado: Una nueva Ley de Aduanas. Un hecho histórico para la aduana dominicana.
¿De qué se trata? Se trata de la nueva Ley de Aduanas de la República Dominicana número 168-21, aprobada por el Poder Legislativo (Cámara de Senado y Cámara de Diputados), promulgada por el Poder Ejecutivo, por el Licdo. Luis Abinader, Presidente de la República, en fecha 9 de agosto del año 2021, la misma ha sido publicada en la gaceta oficial 11030, de fecha 12 de agosto de 2021, que entró en vigor en todo el territorio nacional dos (2) días después de su publicación en gaceta oficial, el 14 de agosto de 2021, dispositivo legal que entrará en vigor una vez se realicen las adecuaciones en el sistema tecnológico y se establezcan los reglamentos de aplicación correspondientes, conforme información socializada en el portal www.aduanas.gob.do.
La nueva Ley de Aduanas número 168-21, tras seis (6) décadas, deroga la conocida Ley número 3489, de fecha 14 de febrero de 1953, promulgada por Rafael Leonidas Trujillo, presidente de la República de entonces. La nueva Legislación Aduanera deroga, además, varios artículos de la Ley número 226-06, de fecha 19 de junio de 2006.
La Ley núm. 168-21, recoge la dispersión legal de una diversidad de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, normas y medidas administrativas vinculadas al quehacer aduanero.
Contempla 420 artículos relacionados a esa transacción comercial que se realiza con nuestra República Dominicana, por las actividades entre países para la regulación de mercancía en la entrada y salida de mercancía.
Ese dispositivo legal integra a los actores de la cadena logística internacional por las atribuciones, obligaciones, responsabilidad y demás acciones en su operatividad relacionadas con la actividad aduanera, a ser aplicadas en la transacción comercial realizada por personas físicas o jurídicas, donde participa además el agente de transporte o representante del transportista, agentes de aduanas, consolidador o desconsolidador de carga, agentes couriers, operadores logísticos así como las agencias o entidades paraduaneras.
Esta legislación aduanera recoge todas esas normativas que establecen los lineamientos para sus operaciones, entre ellas:
- Resolución núm. 47-96, de fecha 22 de enero de 1996, Reglamento de Agente Consignatario de Buques y la Resolución núm. 200-2018 de fecha 22 de octubre de 2018, que establece las tasas administrativas por concepto de solicitud y expedición de licencia para operar como consignatario de buques y la Renovación de Fianza para operar como Empresa de Transporte Expreso Internacional (Courier) y Agente Consignatario de Buques, información socializada en hacienda.gob.do.
- Agente de Aduanas que operaba mediante la Resolución número 111-2018, socializada en hacienda.gob.do y www.aduanas.gob.do.
- Agente Consolidador y Desconsolidador de Carga, reglamento número 96-98 y 48-99, colgado en el portal www.aduanas.gob.do.
- Agente courier establecido en el Decreto número 402-05, a visualizarse en aduanas.gob.do.
- Operador Logístico contemplado en el Decreto número 262-15, publicado en aduanas.gob.do.
Del mismo modo, se recoge la dispersión legal en temas de ventanilla única del comercio exterior (VUCE), el operador económico autorizado (OEA), el instructivo de pasajeros, la gracia navideña, la fiscalización posterior y muchos temas más.
A todo esto, se ha dado un salto cualitativo con un dispositivo legal que forja tras tener lineamientos adecuados a los nuevos tiempos, un paradigma legal que alinea la legislación aduanera de cara a los nuevos tiempos, para lograr cada vez esa exigencia por la agilización, la simplificación, la reducción de tiempos y costos que tanto demanda el comercio internacional.
República Dominicana, un país visto con grandes expectativas, que atrae la inversión, más cuando puede tener una legislación aduanera para su aplicación en el territorio nacional, a la mercancía que entra y sale legalmente, así como las sanciones contempladas para la mercancía prohibida, restringida y el comercio ilícito.