Con la promulgación de la Ley No.155-17, del 1 de junio del 2017, contra el lavado de activo y financiamiento del terrorismo, se inicia una nueva etapa en la investigación, persecución y penalización de las acciones criminales relacionadas con el lavado de activos; sin embargo, a la fecha aunque se ha avanzado bastante en el control del lavado de activos financieros, es muy poco lo que se ha hecho para limitar el lavado a través de la comercialización de bienes y servicios. De acuerdo con el Reporte Estratégico de Control del Narcotráfico Internacional (por sus siglas en inglés INCSR) cientos de billones de dólares resultan lavados anualmente a través del comercio, en un sofisticado método de blanqueo de dinero que vuelve a financiar todo tipo de actividades de crimen organizado internacional. En este sentido, urgen medidas concretas para detectar, perseguir y responsabilizar a quienes se dedican a este tipo de operaciones criminales.
El lavado de activos como actividad criminal internacional no sólo se realiza a través de activos financieros, del movimiento de capitales y/o efectos cambiarios; sino que se ha identificado la implementación de complicados y creativos esquemas criminales en operaciones no tradicionalmente consideradas como base de estas actividades criminales, como son: el movimiento de productos ilícitos (consumibles, electrónicos, etc.); la falsificaciones de documentos y la sobre o baja valoración de bienes; así como a través de actividades relacionadas con las apuestas, bares, promociones artísticas; presentaciones en centros de diversión e incluso a través de actividades deportivas.
En la República Dominicana hasta inicios del 2019 la situación era tan grave que la importación de productos ilícitos (bienes importados en violación de las leyes fiscales y/o aduanales) eran consideradas como simples violaciones administrativas, sancionadas tan sólo con la incautación de los bienes irregularmente introducidos al país y con la imposición de multas insignificantes a quienes anualmente producen beneficios incalculables, debido a la naturaleza subrepticia de sus operaciones. Para tener una idea del lucrativo negocio al que nos referimos sólo es necesario verificar que en un furgón conteniendo entre 700 y 900 cajas de cigarrillos ilícitos hay unos 30 millones de beneficios para el importador a precio del mercado.
Esta realidad debía haber cambiado a partir del 28 de febrero del 2019, cuando luego de tres años de esfuerzos multisectoriales y con la abierta oposición de muchos legisladores, fue promulgada la Ley No.17-19 sobre la Erradicación del Comercio, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados (conocida como la Ley contra el Comercio Ilícito); la cual impuso sanciones severas a quienes se dedican a este tipo de negocio criminal. Sin embargo, a más de un año de la entrada en vigencia de la referida pieza legal no sólo son contados los casos que cursan en los tribunales nacionales (no obstante la Dirección General de Aduanas publica casi diario la incautación y destrucción de grandes cargamentos de productos ilícitos de todo tipo), sino que a esta fecha no podemos citar ni una sola sentencia definitiva de un tribunal nacional contra aquellos que han sido sorprendidos en delito flagrante de contrabando, ilícito blanco o ninguna otra forma criminal.
Las empresas víctimas del comercio ilícito parecen conformarse con las incautaciones y el ruido mediático y no obstante haber logrado la aprobación de la Ley No.17-19, no han promovido acciones concretas contra los perpetradores de los crímenes y delitos sancionados por la misma; mientras el Estado Dominicano, que no sólo deja de percibir millones de dólares anuales producto de la evasión y otros delitos fiscales, sino que además deja expuesta a su ciudadanía a merced de organizaciones criminales internacionales que subvencionan operaciones de trafico de personas, armas, sustancias controladas y terrorismo, entre otros, parece desinteresado en asumir el rol que le imponen la Constitución y el sistema legal vigente.
Evidentemente hace falta voluntad política para enfrentar este problema. En el año 2019, luego de la aprobación de la Ley No.17-19, en el sector de cigarrillos las autoridades incautaron unos 20 millones de unidades menos que en el 2018 (en el cual se incautaron 91 millones de unidades tan solo en la aduanas); las marcas ilícitas disponibles en el mercado crecieron de unas once a más de treinta; mientras la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorgó permisos de comercialización a una empresa que pretende regularizar y negociar la marca que en el momento del otorgamiento del referido permiso representaba el 60% de todo el volumen de producto ilegal que entraba al país; mientras en los primeros seis meses del año 2020, previo a la celebración de las elecciones generales del 5 de julio, fueron incautados en los puertos y puntos fronterizos del país cerca de todo el volumen correspondiente a los doce meses del año anterior; sin consecuencias legales para las redes criminales que operan el negocio.
Hasta ahora los traficantes de bienes ilícitos le han ganado la batalla al sistema. Corrompen funcionarios públicos, subvencionan carreras políticas y trafican impunemente en un comercio activo, que se puede verificar en cualquier calle, barrio, ensanche o urbanización del país y como lo hacen principalmente a través de bienes históricamente satanizados por las autoridades (como son el alcohol y el cigarrillo, entre otros) la suerte de los mismos parece no importarle a nadie; sin que sea tomado en consideración que cuando los productos regulados son considerados perjudiciales para la salud, aquellos que entra al país sin controles sanitarios, aduanales, ni de ninguna otra índole, representan un riesgo exponencialmente mayor; que el Estado Dominicano deja de percibir cerca de 300 millones de dólares al año, como resultado de estas operaciones criminales y sobre todo, que las mismas ponen en peligro la salud de la ciudadanía y constituyen una competencia desleal contra los actores formales; mientras promueven, y subvencionan actividades de crimen organizado que atentan contra la paz y la seguridad de todos los dominicanos.
Las autoridades deben asumir un rol proactivo y responsable ante el lavado de activos a través del comercio de bienes y en consecuencia: investigar, perseguir y aplicar las sanciones establecidas por la precedentemente referidas piezas legislativas y el ordenamiento penal del país; así como crear una unidad especializada en la Procuraduría General de la República, con apoyo de la Policía Nacional y otras instituciones gubernamentales, destinada a desarticular operaciones criminales que ponen en serio riesgo a la población; nos colocan en una frágil situación internacional y que actualmente operan negocios altamente lucrativos con relativa impunidad y muy escasos riesgos.