El presidencialismo dominicano contemporáneo inicio con la asunción de Joaquín Balaguer al poder en 1966, momento político caracterizado por condiciones políticas favorables al cesarismo político que dicho político aprovecho en aras del continuismo con una constitución a la medida de la repostulación permanente.
Cuando Don Antonio Guzmán ascendió hasta el solio presidencial, el PRD le permitió seguir la práctica balaguerista de monarca sin corona, pero con una firme postura contra el continuismo presidencial. Esta situación se mantuvo firme con Jorge Blanco y con el retorno de Balaguer al poder en 1986.
Cuando Leonel Fernández se convierte en presidente de la República en 1996, el presidencialismo dominicano se consolida como práctica política unipersonal, pues el PLD cometió conscientemente, el error de permitir que el joven presidente gobernara como monarca sin corona, pero éste no se atrevió a repostularse. Más en sus dos periodos posteriores, pasó a ser un partidario del continuismo.
Ahora Danilo medina se ha convertido en el nuevo portaestandarte del presidencialismo dominicano gracias a su mayoría congresual y al control que mantiene sobre el comité político del partido de gobierno. Con ello estamos frente a un monarca sin corona que ha acumulado más poder del razonable bajo un régimen democrático en construcción como lo es el dominicano.
El continuismo tiene origen en tres vertientes, la primera consiste en el afán de continuar en el poder del mandatario ansioso por permanecer en el poder más allá del mandato otorgado por el pueblo, la segunda, en las ventajas que éste provee a ciertos sectores los cuales pasan a ser los defensores sociales y económicos de la repostulación. Por tanto, el tema no radica en la posible antinomia que la constitución podría tener sino en el afán continuista de los grupos enquistados en el poder político. El tercer factor viene dado por el temor que producen las posibles retaliaciones de que pueden ser objeto aquellos que dejan el poder de parte de los que se sienten lesionados con las ejecutorias del gobierno saliente.
Así, Balaguer entregó los poderes ejecutivos y legislativos en 1978, pero conservó el poder judicial; de su lado, Jorge Blanco hizo hasta lo imposible por evitar que Jacobo Majluta asumiese el solio presidencial, lo cual no impidió que Balaguer lo llevara a cárcel.
El temor de Balaguer a las posibles retaliaciones de un Peña Gómez presidente, lo condujeron a preferir entregar el poder a Leonel Fernández. Este último, se blindó antes de dejar el poder creando un poder económico fuerte en su entorno y tomando la justicia para sí mismo, pero olvidó controlar el comité político de su partido y esto le ha ocasionado serios contra tiempos.
De modo que no son las probables antinomias al interior de la constitución las que generan repostulaciones. Además, es falso que haya valladares producto de antinomias, pues el artículo 39 de la Constitución es claro y preciso al sostener que la igualdad de los contendores se garantiza cuando éstos luchan por el poder desde fuera de la dirección del Poder ejecutivo. De modo que la exclusión del gobernante de turno concluido un segundo mandato está basado no en una antinomia sino en un régimen de garantías sobre la igualdad de los aspirantes a llegar al solio presidencial.
Por otra parte, el llamado transitorio del art. 124 de la propia constitución, no es una antinomia sino el producto de una de las características de las constituciones contemporáneas basadas no en la noción de contrato social sino en la noción de compromiso político entre las fuerzas vivas de una nación las cuales concuerdan o bien se ponen de acuerdo sobre una determinada regla a ser aplicada de común acuerdo entre las partes contratantes.
Esta regla está fundada en el llamado principio estoppel de origen inglés del derecho internacional constitucional que prohíbe a aquellos que han convenido en aplicar una regla normativa o un principio, desdecirse de ella en el camino o bien cuando ésta no les convenga.
Como lo registra la historia del presidencialismo dominicano, el continuismo es el gran mal de nuestro constitucionalismo, una constitución basada en la noción de compromiso para poner fin al mismo, es una necesidad nacional.