El desarrollo de infraestructuras públicas es un elemento vital para el progreso de las naciones, por lo que es habitual que esta tarea forme parte de toda agenda gubernamental. Entiéndase por infraestructura, el conjunto de elementos o servicios necesarios para el funcionamiento de la sociedad y economía. Como en otros países, muchos proyectos en República Dominicana son frustrados producto de las limitaciones presupuestarias. Históricamente, el suministro de estos bienes y servicios públicos ha recaído exclusivamente sobre la Administración Pública; no obstante, como consecuencia de las recientes crisis económicas, es cada vez mayor la participación del sector privado. Las alianzas público-privadas (APP) prometen ser una alternativa a los métodos tradicionales de contratación pública.
No existe una definición homogénea de las alianzas público-privadas. El Banco Mundial las define como un “acuerdo entre el sector público y el sector privado en el que parte de los servicios o labores que son responsabilidad del sector público es suministrada por el sector privado bajo un claro acuerdo de objetivos compartidos para el abastecimiento del servicio público o de la infraestructura pública.” Existen diversas modalidades, siendo la más común Build-Operate-Transfer (Construir-Mantener-Operar-Transferir), donde la entidad privada se encarga de la construcción, mantenimiento y operación del bien, mientras que mantiene la propiedad durante la vigencia del contrato, una vez concluido, pasa al Estado.
Las alianzas público-privadas denotan copiosas ventajas para el desarrollo de infraestructuras, entre las que se destaca la posibilidad de desarrollar la infraestructura sin requerir financiamiento inmediato del sector público. El sector privado se encarga de financiar el proyecto y el pago es realizado en cuotas durante la vigencia del contrato, que puede variar entre cinco y treinta años. Dependiendo de la naturaleza de la concesión, la infraestructura puede ser solventada por los usuarios del servicio o directamente del presupuesto del sector público. Es importante señalar que las inversiones realizadas mediante APP no figuran en la partida presupuestaria lo que permite que el Estado utilice el presupuesto disponible para el desarrollo de otras infraestructuras. Otra de las ventajas que presenta esta modalidad de contratación es que los riesgos se dividen de forma eficiente entre las partes, lo que aligera los gastos de la obra.
Esto no quiere decir que todas las infraestructuras se deban desarrollar mediante el uso de alianzas público-privadas. Las APP pueden resultar más onerosas que otros métodos tradicionales de contratación pública debido a que los costos de financiamiento del sector privado implican un mayor costo que los del sector público. Por otro lado, el Estado puede contraer obligaciones que podrían afectar futuros presupuestos por lo que debe de regular minuciosamente el uso de esta figura para evitar agravar el déficit fiscal. En efecto, es importante estudiar cada caso en particular para determinar la conveniencia de asociarse con el sector privado.
Varios países han adoptado las alianzas público-privadas como alternativa para abastecer servicios públicos, tal es el caso de Brasil. Entre los más destacados proyectos se encuentra Belo Horizonte Schools que nace con el objetivo de satisfacer la escasez de escuelas en la municipalidad de Belo Horizonte. Frente a las restricciones financieras de la citada comunidad, las autoridades realizaron una concesión por veinte años a la sociedad Educar Consortium, para que esta última financie, construya, equipe y opere los servicios no pedagógicos de 37 escuelas. Este es un ejemplo de cómo las APP pueden facilitar infraestructuras sociales.
El déficit de infraestructuras públicas indiscutiblemente obstaculiza el desarrollo social y económico de la República Dominicana. Es necesario que el gobierno adopte medidas destinadas a afrontar esta situación, como incentivar la asociación del sector público y el sector privado. Las alianzas público-privadas demuestran ser una alentadora solución. En este contexto, resulta imprescindible someter al Congreso la legislación adecuada para regularizar esta figura, y así formar un ambiente de seguridad jurídica para potenciales inversionistas.