Ella se encuentra entre nosotros. Puede ser esa mujer, niña, niño o adolescente que vemos en la calle, a veces en los parques, los supermercados o tiendas llevando a cabo actividades de una vida normal. Muchas veces nos pasa desapercibida porque trae un bajo perfil, distante y poco llamativo o bien, puede pasar exactamente lo contrario: que llama poderosamente nuestra atención por la forma en que viste, ríe o actúa.

Nosotros, lejos de tener una mirada de aceptación, ayuda o apoyo para ella, nos apresuramos en señalarla. La etiquetamos, juzgamos y colocamos una infalible condena, sólo por el hecho de no estar bajo el diseño de nuestra concepción mental sobre lo que debe ser una víctima y cómo debe de mostrarse. Nuestros prejuicios van más allá de nuestras concepciones personales, y esto lo he visto hasta en nuestros tribunales.

Recuerdo una vez en una audiencia en la cual representaba a una víctima de 17 años de edad que había sido explotada sexualmente por 3 hombres, el tribunal ordenó su comparecencia al salón de audiencia ya que había cumplido la mayoría de edad (postura que no comparto, pero había que acoger la orden del tribunal). Al momento de presentarse, quedé un tanto preocupada pensando en la manera de cómo los jueces pudieran interpretar su testimonio, a juzgar por la forma en que había ido vestida.

Más allá de su vestimenta, su relato en la forma de cómo sus agresores la vendieron, noche tras noche, para servicios sexuales a una gran cantidad de hombres fue impactante; sin embargo, uno de los argumentos utilizados por el abogado de la defensa en su discurso de cierre ante el tribunal, fue precisamente señalar su vestimenta, alegando que ella, lejos de ser una víctima, era la responsable del hecho.

Otro caso donde representaba legalmente a varias víctimas que oscilaban en edades entre los 14 y 17 años de edad. Mientras declaraban sobre los hechos y las dádivas que recibían de su agresor producto de la explotación a la que fueron sometidas, los jueces motivaron en audiencia y así lo hicieron contemplar en su sentencia que: “las adolescentes manifestaron que luego de la primera vez que se fueron con el agresor, estas permitieron que él continuara con el acto para poder seguir recibiendo dinero, es decir que ellas querían, por ende no había explotación”.

Mientras escuchaba las declaraciones de estas víctimas a través del video grabado en la Cámara Gesell*, la forma en cómo exponían su vulnerabilidad demostraba claramente la configuración del delito de explotación sexual, por ser la vulnerabilidad el factor del cual se aprovechó aquel hombre de posición, de poder e influencia con las jóvenes de aquella comunidad inmensamente necesitadas, y como ellas, por este mismo factor, cedieron a sus indeseables propuestas. De hecho, la comunidad internacional reconoce como un componente que conduce a la explotación de una víctima su vulnerabilidad y el aprovechamiento de esta circunstancia por parte del agresor. Sin embargo, estas chicas vulnerables, explotadas sexualmente por la persona de poder, fueron señaladas por la sociedad como las provocadoras y responsables del hecho.

Este y un sinnúmero de casos me vienen a la mente de lo que ha sido mi experiencia en los tribunales de los últimos 5 años defendiendo a  víctimas de explotación sexual y la postura que muestran tanto parte de la sociedad como algunos actores claves del sistema de justicia.

Entonces, querido lector, me he preguntado y me animo por igual a preguntarle, ¿quién es la víctima de explotación sexual? ¿quién es ella ante los ojos de la sociedad? Más aún, ¿quién es ella ante las autoridades de nuestro país?

La víctima de explotación sexual es invisible, sufrió un daño, fue ultrajada en su intimidad, le restamos importancia; quizás puede importarnos para demostrar un hecho y usar su desdichada experiencia para contarla, ganar o desacreditar un caso. Sus declaraciones puede impactarnos pero, ¿quién es ella? ¿Conocemos o nos interesa saber cómo llegó a caer en la red de explotación sexual antes de juzgarla? Y luego de conocer y entender el contexto que la arrastró hasta ser explotada sexualmente, ¿Qué acciones se han tomado para protegerla, restaurarla y salvaguardar sus derechos?

La víctima es más que una prueba del hecho, es una persona que necesita ser protegida en sus derechos y resarcida por el daño ocasionado. La víctima es más que una paciente de tiempo determinado, es una persona que necesita atenciones especiales permanentes para recuperarse del trauma. La víctima es más que una etiqueta de nuestros prejuicios por su forma de vestir o hablar, es una persona que necesita de una sociedad que la acepte y una comunidad que la apoye; ha sufrido daño, un menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales. La víctima ha sido conducida a desarrollar conductas sexualizadas producto de la propia explotación, no la juzguemos. La víctima adulta, la niña, el niño o la adolescente necesita de ti y necesita de mí. Ayudemos, protejamos, no juzguemos ligeramente ni etiquetemos. Avoquémonos en fortalecer nuestras instituciones y nuestras comunidades que respondan a los vulnerables.  ¡Hagámos todo lo posible por esas víctimas!

 

Sonia Hernández es abogada litigante, procesalista penal. Tiene una maestría en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III y una especialidad en Derecho Procesal Penal por la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Actualmente se desempeña como Directora asociada del fortalecimiento del Sistema Público de Justicia para Misión Internacional de Justicia.

Notas:

*Cámara Gesell es un espacio destinado a que profesionales de la psicología realicen entrevistas evidenciales a personas en condición de vulnerabilidad, víctimas o testigos de delitos, conformado por dos áreas principales, Sala de Entrevista y Sala de Observación, separadas por vidrio de visión unidireccional e intercomunicadas, que permite observar y escuchar la entrevista mientras se está realizando. En nuestro país es empleada como parte del  protocolo de actuación en entrevistas para personas en condición de vulnerabilidad, cíctimas o testigos de delitos.