La ley especial para incluir las eximentes de responsabilidad penal a las mujeres y al personal médico por el aborto en circunstancias específicas, es una trampa y una treta más de un Congreso Nacional genuflexo a las sotanas y a los fanáticos. Se trata de una clara muestra de irresponsabilidad de la Cámara de Diputados y del partido que ostenta la mayoría en el Congreso respecto a los derechos, la dignidad, la salud y la vida de las mujeres. Además de que técnicamente constituye un sinsentido jurídico sacar del ámbito del Código Penal las eximentes de responsabilidad de una conducta sancionada por el mismo proyecto que se lleva discutiendo desde mediados de la década de los 2000.

La propuesta de una ley especial es un desatino enorme y una promesa que todo el mundo sabe que no se va cumplir. Primero, porque si fuera cierto que no hay consenso para incluir en el proyecto del Código Penal las tres causales eximentes de responsabilidad penal por aborto voluntario, mucho menos lo habrá para una ley que debe cursar desde cero todo el proceso legislativo en el Congreso Nacional. Segundo, porque de haber voluntad política de los legisladores y del gobierno, a pesar del sinsentido que sería, ambas piezas se someterían simultáneamente para su aprobación y promulgación -primero el código, luego la ley-, lo cual tampoco parece ser el plan. Y tercero, porque de haberse querido incluir al menos una de estas causales mediante una ley especial, ya se habría hecho para modificar el Código Penal vigente.

Los derechos de las mujeres no están para postergarse ni ponerse en segundo plano bajo pretextos de que las causales no son un asunto de primer orden y que necesitamos un código penal moderno. De por sí el proyecto del código que se discute hay que repasarlo completo pues está inspirado en las reformas de los años noventa en España y Francia, de modo que actualizado no está. Y además, contrario a lo que se quiere hacer creer, quienes han impedido a toda costa el avance a la modernidad de la legislación penal han sido los grupos religiosos más recalcitrantes, no así las mujeres ni la mayoría en general de la población que sí está de acuerdo con las tres causales.

En efecto, las tres causales son la posición del consenso de dos cosmovisiones mutuamente excluyentes en sus extremos. Por ello, los grupos que se oponen a las tres causales son quienes todavía no han querido entender la dinámica de una sociedad democrática y plural como dispone nuestra Constitución.

Bajo este entendido, cabe señalar que la mayoría congresual que tiene hoy el Partido Revolucionario Moderno (PRM) se debe en alguna medida a la confianza y el compromiso asumido por la dirección de este partido en su programa de gobierno de incluir y aprobar las tres causales en el proyecto del Código Penal. Trasladar este asunto al ámbito de una ley especial que no se va a aprobar, implica una clara traición a la voluntad popular y a la confianza de sus votantes, además de una comprobación adicional de que el sector más liberal del partido de gobierno sufre de astenia crónica.

Un código penal moderno que prevea alguna sanción a la interrupción voluntaria del embarazo necesariamente debe garantizar el derecho de las mujeres de decidir llevar o no a término un embarazo que ponga en riesgo su vida, que sea producto de una violación, de un incesto o que el feto tenga una malformación incompatible con la vida, circunstancias eximentes de responsabilidad, pues de lo contrario las mujeres seguirán siendo incubadoras.

La ley especial solamente tendría sentido si se excluye la tipificación del aborto del Código Penal, para así lograr la tan deseada aprobación de esta norma. De esta manera, se garantiza que no haya penalización absoluta del aborto y se podría legislar esta situación desde una perspectiva de salud pública, indicándose las circunstancias en las cuáles habría lugar a sancionar el aborto, lo cual es un ejercicio dogmático distinto al que hasta ahora se viene haciendo pues se parte de las mujeres como personas, no como criminales.