La veda es la temporada durante la cual está prohibido cazar o pescar especies en específico. Usualmente las especies que se protegen bajo una veda son aquellas de consumo masivo por la sociedad y por lo tanto tienden a ser endémicas y abundantes en el territorio nacional. La República Dominicana ha establecido períodos específicos de veda, según la especie de que se trate, para protegerlas y conservar los ecosistemas a los que pertenecen funcionando, así como sus hábitats. Las temporadas de veda en el país están declaradas por Decreto y Resolución, de acorde a la Ley no. 307-04 sobre Pesca y Agricultura y otro tratados y acuerdos internacionales que inciden sobre la región de la cuenca del Caribe. Las especies en concreto que se encuentran protegidas bajo veda nacional actualmente son el cangrejo en distintas variaciones, la langosta, el erizo negro, el tiburón, los peces loro y doctor, así como las aves silvestres.

El lambí

El Decreto 499-09, bajo el marco de la Ley no. 307-04 protege el lambí, junto a otras especies de caracol de su captura, extracción y muerte. Este Decreto es específico en cuanto a la ubicación de aplicación, ya que su alcance se limita al canal Catuano, entre las Palmillas, Catuano, Punta Aljibe y Punta Balaje, así como en toda la franja litoral del país desde la pleamar hasta 500 metros mar adentro, y la costa sur de la isla Beata. Dicha veda se extiende desde el 1º de julio hasta el 31 de octubre, permanentemente. Entre las otras especies de caracol, se incluyen el caracol futuro, caracol pata de mulo, el burgao y el burgao Santa María.

El lambí, como especie, también se encuentra protegido por el Convenio Internacional sobre comercio de especies en peligro de extinción (CITES), del cual la República Dominciana es sigantaria desde el año 1987.

El cangrejo

El Decreto 6-18 protege al cangrejo durante la temporada que inicia el 1º de marzo y termina el 30 de junio de cada año. Además de establecer la veda durante esta temporada en específico, la captura de cangrejos juveniles queda prohibida durante el año completo. El decreto 813-08, actualmente derogado por el presente, establecía que la temporada iba desde el 1º de diciembre hasta el 30 abril todos los años.

La langosta

Protegida mediante el Decreto 119-12, durante la misma temporada que el cangrejo.  Esta veda no solo se restringe a la República Dominicana, sino que también se extiende a toda la región de Centro América mediante el Reglamento para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe. Durante la veda se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de langostas vivas, carne o masa y la comercialización de la misma. Es importante que los comerciantes saquen el producto de sus establecimientos antes del 28 de febrero de cada año, sino tendrían que declararlo dentro de los próximos cinco días después de que inicie la veda.

El tiburón

La veda para el tiburón es por tiempo indefinido, según Resolución del Ministerio de Medio Ambiente no. 023/2017.

Peces loro y doctor

La misma resolución mencionada veta por dos años, a partir del 2017 la pesca o explotación comercial en todo el territorio nacional, y la retención cuando han sido capturados accidentalmente. Estos peces son reconocidos como los protectores de nuestros corales de arrecife.

El erizo negro

También está protegido por cinco años, incluyendo su captura, comercialización y remoción de su ambiente natural a partir del 2017.

Aves silvestres

El ministerio de Medio Ambiente prohibió la recolección de huevos, destrucción de nidos y caza de las aves silvestres, incluyendo aquellos de las aves migratorias por dos años, mediante resolución 0019-17. Dicha veda es vigente por dos años, desde junio 2017 hasta el 2019. La veda protege a aves como el perico, el loro, el carpintero, la cigua palmera, entre otras endémicas de la isla.

La Ley de Agricultura y Pesca faculta al Consejo de Pesca y Agricultura (CODOPESCA) como la autoridad nacional responsable por el cumplimiento de la veda. La misma Ley establece que la violación estipulada es de infracción “muy grave”. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales también decidió poner en veda la cacería de aves silvestres en todo el territorio nacional por un período de dos años.