Es innegable fuera de cualquier otro tipo de consideración o interés, que la República Dominicana ha dado una respuesta ejemplar a la pandemia. De lo cual se puede hacer una lectura en cuanto a que si se ha sido efectivo en esta coyuntura, es posible lograr las transformaciones requeridas hacia un eficiente sistema de salud para toda la población.
La comisión designada por las cámaras legislativas para una revisión integral de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social es al mismo tiempo una gran oportunidad para examinar detenidamente la salud como fundamental responsabilidad del Estado.
No existe una correcta correspondencia entre el crecimiento económico promedio del país de los últimos 50 años y los avances salud. Una sola mirada a los lugares que ocupa el país-por ejemplo- frente a otras naciones en los Indicadores Básicos de Salud 2019 de la Organización Panamericana de Salud-OPS- desde la esperanza de vida al nacer hasta la mortalidad materna e infantil, pasando por otros importantes componentes de la salud como la inversión del Estado respecto al Producto Bruto Interno que ha estado por debajo del 3%, mientras que países como Costa Rica duplica ese nivel de inversión, así lo demuestra.
La lectura de la Ley General de Salud 42-01 evidencia que no se trata de falta de leyes, sino de la efectiva aplicación de las mismas; igual se ha demostrado en relación a la Ley 87-01. Está legalmente definido un aspecto básico como la separación de las funciones de rectoría, aseguramiento, financiamiento y provisión de los servicios de salud.
En cuanto al concepto del Seguro Familiar de Salud-SFS- muy preciso es lo que se establece en el artículo 119 de la Ley 87-01 en cuanto a que comprende la promoción de la salud, la prevención y el tratamiento de las enfermedades, la rehabilitación del enfermo, el embarazo, el parto y sus consecuencias.
Lo anterior demuestra un muy claro enfoque para el abordaje de la salud; pero el incumplimiento de las disposiciones sobre la implementación del Primer Nivel de Atención, la tremenda desigualdad en cuanto al financiamiento entre el Régimen Contributivo y el Subsidiado y la ausencia aún de respuesta al Régimen Contributivo-Subsidiado junto a la tan baja inversión del Estado, explican los retrasos y atrasos que hoy predominan.
Una primera mirada general a la realidad frente a las aspiraciones hacia un verdadero SFS demuestra que no sólo se trata de la revisión integral de la Ley 87-01 sino de una más profunda conciencia y de verdadera voluntad política que haga revertir la inaceptable situación que predomina.