En ese contexto de desplazados internacionales e internos, es importante conocer la Plataforma Global #Refworld#, que auxilia las personas, instituciones públicas y privadas y gobiernos a obtener informaciones actualizadas sobre refugio incluso por países. Más interesante aún es que la Plataforma Global para la determinación de la condición de refugiado. está ahora disponible en español. http://www.refworld.org.es/

Esta herramienta de ACNUR es bastante interesante y posibilita obtener muchas informaciones sobre la temática de refugio en el mundo en español.

Entre las muchas temáticas que allí asoman, incluso muchas sobre la República Dominicana, el Informe “Sin papeles no soy nadie”. Personas apátridas en la República Dominicana (2015), de la Amnistia Internacional revela la situación de los haitianos Apátridas en este país.

En la República Dominicana, la población de ascendencia haitiana enfrenta múltiples obstáculos para poder disfrutar plenamente sus derechos humanos a la nacionalidad, a la identidad y al reconocimiento de la persona ante la ley.

La negación de estos derechos se ha codificado progresivamente en leyes y regulaciones dominicanas, creando una red de restricciones cada vez más compleja y haciendo que se arraiguen y se institucionalicen actitudes y prácticas discriminatorias. La intensificación de actitudes y prácticas discriminatorias ha tenido lugar en el contexto de los cambios en el flujo migratorio hacia la República Dominicana, principalmente desde Haití, en décadas recientes.

El informe comenta que los trabajadores haitianos fueron atraídos a este país desde la década de 1920 hasta la de 1980, para trabajar como temporeros en la zafra (recolección) de la caña de azúcar.

Los trabajadores, migrantes hombres en su mayoría, eran confinados en los bateyes, asentamientos dentro de las plantaciones. En una parte considerable de ese tiempo (1952-1986) fueron contratados como braceros (taladores de caña) en la zafra de la caña de azúcar en su propio país a través de acuerdos bilaterales entre los gobiernos de Haití y la República Dominicana.

A raíz de la caída de los precios del azúcar en el mercado internacional a partir de mediados de la década de 1980, la demanda de caña de azúcar sufrió un brusco descenso. Nuevos trabajadores migrantes procedentes de Haití empezaron a abrirse camino hacia la República Dominicana. Junto con otros inmigrantes haitianos que anteriormente trabajaban en las plantaciones de caña de azúcar, buscaron empleo fuera de los bateyes, en el diversificado sector agrícola, el sector de la construcción y el incipiente sector turístico.

Aunque haya cambiado los patrones migratorios de los haitianos en República Dominicana, su presencia en ese país es de larga fecha. Aún asi, su visibilidad se ha tornado más evidente y algunos grupos internos empezaron a utilizar estos cambios en los patrones migratorios para fomentar el miedo a una “invasión pacífica” de haitianos., promoviendo ideas discriminatorias.

Más reciente, se ha caracterizado un debate público sobre la inmigración haitiana, principalmente con relación a los niños nacidos en la República Dominicana de inmigrantes haitianos, desde década de 1990, donde se buscó, por medio de diversas medidas, limitar su acceso a documentos de identidad dominicanos y, en definitiva, a la nacionalidad dominicana.

Sin acceso automático a la nacionalidad haitiana, muchos aun ahora apátridas una vez que no tienen reconocida la nacionalidad de la República Dominicana ni de Haití.

Al permitir que probablemente decenas de miles de personas sean privadas arbitraria y retroactivamente de la nacionalidad y no tomar medidas adecuadas para remediar su situación de apatridia, la República Dominicana ha incumplido sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

El Informe termina con una serie de recomendaciones, entre las cuales es fundamental apuntar:

  1. “Garantizar que las personas cuyas actas de nacimiento serán evaluadas por los tribunales para determinar su validez tienen acceso a un proceso con garantías y pueden impugnar la decisión, especialmente si ésta supone privación de la nacionalidad.”
  2. “Adoptar legislación que reconozca el derecho a la nacionalidad dominicana de todas las personas nacidas en la República Dominicana antes del 26 de enero de 2010, independientemente de la situación migratoria de sus progenitores, de conformidad con la legislación vigente antes de la Constitución de 2010, incluidas las personas que figuran inscritas como extranjeras con arreglo a la Ley 169-14, y aplicar dicha legislación garantizando a todos los beneficiarios su inscripción sin demora en el Registro Civil dominicano y la expedición de los documentos de identidad solicitados.”
  3. “Ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.”
  4. “Crear leyes o modificar las ya existentes para garantizar la plena incorporación a la legislación dominicana de las disposiciones de estas normas.”