El pasado miércoles 7 de septiembre, se reunió por segunda vez el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y los resultados oficiales de dicha reunión no lograron despejar la percepción negativa que tengo sobre las intenciones que poseen sus miembros.
Se informó en rueda de prensa que se nombró una comisión de tres miembros (Hugo Núñez, Radhamés Jiménez y Víctor Castellanos) que depurará los expedientes. Es una decisión correcta si la depuración se limitará solamente a excluir a aquellos que no reúnen los requisitos fijados en la Constitución, como la nacionalidad, la edad, el título académico requerido, el tiempo mínimo de ejercicio profesional o estar en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos. De todas formas, la comisión deberá rendir un informe en la próxima reunión a celebrarse el miércoles 14 de septiembre y este informe deberá ser aprobado por el CNM y espero que sea dado a conocer en todos sus detalles.
También se informó que se publicará la lista de candidatos y candidatas, que ya ha sido publicada por algunos medios de comunicación. La decisión es correcta aun cuando ya la prensa se ha encargado de divulgar esos nombres.
Se anunció que las entrevistas de los candidatos y candidatas serán transmitidas por televisión, radio e internet, lo que es una decisión positiva, así como también lo es la publicación del informe del Secretario sobre el proceso de inscripción de las candidaturas y de los expedientes de evaluación de desempeño y disciplinarios de los jueces de carrera que aspiran, tal como lo manda el artículo 28 de la Ley Orgánica del CNM.
Los tres párrafos anteriores parecerían desmentir el primer párrafo de este artículo, pero es que tratando de ser positivo he preferido referirme primero a las decisiones positivas decididas en esta segunda sesión del CNM. Veamos ahora los aspectos negativos que sustentan el criterio de percepción del primer párrafo.
Desde la Coalición por una Justicia Independiente se ha estado reclamando que se adopte por la vía reglamentaria un método científico y objetivo de evaluación que mejore las posibilidades de que las posiciones sean alcanzadas por los mejores hombres y mujeres que aspiran. Este tema fue sencillamente ignorado, por lo que parece que la idea es que siga primando el dedo o el acuerdo político no sustentado en méritos objetivamente evaluados.
No pretendemos que el CNM delegue en expertos evaluadores sus facultades de designación, sino que como hace un juez cuando designa un perito, recurra a expertos que los ayuden a recabar información más confiable sobre los candidatos y las candidatas. Los abogados sabemos que la decisión del perito no se impone por encima de la decisión del juez, pero definitivamente le ayuda a tomar una mejor decisión, una decisión informada.
Pero además, creemos que el CNM debe respetar su Ley Orgánica y los propios reglamentos que aprobó. El concepto de "concurso público de méritos" no lo saco del párrafo II del artículo 150 de la Constitución, sino del Reglamento No. 1/11 del CNM que dispone en su artículo 4 que entre las funciones del CNM se encuentra "designar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces del Tribunal Superior Electoral, el Tribunal Constitucional y de la Suprema Corte de Justicia." Creemos que el CNM y los que redactaron estos reglamentos deben ser coherentes y aplicar lo que redactaron y aprobaron.
También se ha reclamado que todas las sesiones sean a puertas abiertas, como realizan las suyas el senado y la cámara de diputados. Esta segunda sesión fue como la primera, a puertas cerradas, y parece que las únicas que serán a puertas abiertas serán las entrevistas de los candidatos. Incluso las deliberaciones y las votaciones serán a puertas cerradas, retrocediendo en comparación con 1997.
Al igual que para la primera reunión, ni siquiera la agenda que conocería el CNM en esta segunda reunión se dio a conocer de manera previa. Este proceder no me parece muy transparente.
Se ha reclamado que los expedientes de todos los candidatos y candidatas (no solo los de los jueces de carrera) sean accesible al público. A pesar de las reacciones negativas que despertó la posición del secretario del CNM de no entregar tales expedientes a Acento.com.do debido a que contenían alguna información confidencial o personal, nada oficial se dijo al respecto en la segunda reunión del CNM. Extraoficialmente se ha comentado que entregarán los expedientes luego de haber excluido la información que entienden personal. Ojalá así ocurra, pero que además expliquen qué tipo de información se excluyó (direcciones, números telefónicos, correos electrónicos, etc.).
Se ha pedido que se regule el derecho de la ciudadanía a objetar candidaturas, lo que implicaría primero poner toda la información de las candidaturas a disposición del público para luego establecer plazos para depositar las objeciones, entre otros aspectos. Nada se dijo oficialmente al respecto.
Se esperaba que en esta reunión el CNM fijaría su posición sobre si los actuales jueces de la SCJ son de carrera o no, lo que es importante para determinar cómo se completarían las cuotas que forman parte de su matrícula (75% de carrera y 25% de la calle), pero lamentablemente no hubo decisión al respecto.
Aunque se confirmó que no existen evaluaciones de desempeño de los actuales jueces de la SCJ, nada se dijo sobre la forma en que el CNM enfrentará este vacío, sobre todo porque la Ley Orgánica del CNM obliga a tomar como base de sustentación de las evaluaciones que realice "los informes de desempeño que de conformidad con la Ley de Carrera Judicial son presentados por los presidentes de las salas sobre cada juez miembro; los del Presidente de la Suprema Corte de Justicia sobre los jueces presidentes de cada cámara y aquellos del Presidente de la Suprema Corte de Justicia elaborado por sus pares."
En otras palabras, los temas centrales no han sido despejados por el CNM y mientras pasan los días la falta de decisión sobre los mismos, y el silencio sobre alguno de ellos, demuestran falta de voluntad política, deseo de mantener el mayor grado de discrecionalidad posible, y en esas condiciones entiendo las razones del magistrado Subero de implorar a Dios.