Importancia de conocer la estructura del gasto en tu ciudad.
El presupuesto es un instrumento estratégico que permite desarrollar la prospectiva del plan maestro, y las políticas públicas locales de mediano y corto plazo: dando a conocer los planes y proyectos que se ejecutaría durante el año fiscal dentro, en una demarcación territorial por la gestión municipal. Es el documento donde las autoridades a cargo del ayuntamiento proyectan los ingresos, los gastos (corriente y de capital) y sus fuentes de financiamientos.
El presupuesto municipal está consagrado en la Constitución en los artículos 204, 205, 206 y 207; en la ley 76-07 de organización municipal, existe un capítulo exclusivo para el tema presupuestal, desde el artículo 315 hasta el 352, estableciendo la jerga presupuestaria; Ley 423-06 orgánica de presupuesto del sector público; ley 166-03 que otorga la participación a los ingresos del Estado; Ley No. 17007 que instituye el Sistema de Presupuesto Participativo Municipal; Ley No. 6-06 de Crédito Público; además la Ley 498-06 que crea el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública. Estas normas dictaminan los procesos técnicos y legales para la formulación del presupuesto municipal; luego ser presentado a los concejos de regidores en los municipios por el alcalde o alcaldesa, a las juntas de vocales en los distritos municipales por el director o directora; órganos que tienen las prerrogativas legales y autonomía para estudiar, analizar, y luego sancionar dicho instrumento de trabajo: aprobarlo o modificarlo. Una vez listo, remitirlo a los órganos rectores del sistema financiero del Estado Dominicano.
¿Por qué es importante conocer el Presupuesto de nuestra ciudad? Para conocer los detalles de recursos destinados para la prestación e innovación de los servicios, las inversiones llamada a mejorar la calidad de vida de los munícipes. Es la fuente ideal para nosotros comprobar la calidad del gasto; evidenciar el nivel de pulcritud con lo que se manejan los recursos públicos locales. También refleja la capacidad de los líderes que administran los recursos públicos en cada municipio o distrito municipal.
La estructura del documento que contiene el presupuesto municipal está consolidada en ocho formularios, aprobados por el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES), cada uno con un propósito y connotación. Otros formularios anexos, nos proporcionan informaciones valiosas y detalladas del presupuesto, tales como: el desglose de la nómina, contribuciones especiales, deudas públicas y otras operaciones financieras y detalle de maquinarias, equipos y muebles adquiridos durante la ejecución del presupuesto. La Resolución Municipal o Distrital, es el documento oficial que evidencia que el mismo ha sido aprobado para el año fiscal correspondiente. En caso extremo donde no se haya aprobado el presupuesto, el alcalde o alcaldesa, según la ley le permite trabajar con el presupuesto del año anterior.
Los ocho formularios que integran la estructura del Prepuesto:
FORM. FP-01, define la misión, visión y valores que integran a la administración municipal; FP-02 establece las estimaciones de los ingresos, y sus fuentes de financiamiento; FP-03 corresponde a la estructura programática (Ordena y clasifica las acciones para delimitar la aplicación del gasto y permite conocer el rendimiento esperado de la utilización de los recursos públicos); FP-04 define la descripción y metas de los programas, (producto relevante y su medida física) ; FP-05 detalla parte de los gastos corrientes; FP-06 especifica la programación económica y financiera de los proyectos y obras (gasto de capital); FP-07 detalle de las transferencias privadas y públicas que otorgan los municipios a instituciones; y el formulario presupuestal 08 especifica los destinos del fondo, programática y clasificador del gasto, o sea cada una de las cuentas afectadas del clasificador del gasto.
El artículo 21 de la ley 176-07 establece los destinos de los fondos de la administración local de la siguiente manera: hasta un 25% para gastos de personal, sean estos relativos al personal fijo o bajo contrato temporal; hasta el 31% para la realización de actividades, el funcionamiento y mantenimiento ordinario de los servicios municipales de su competencia que prestan a la comunidad; al menos el cuarenta por ciento (40%), para obras de infraestructura, adquisición, construcción y modificación de inmuebles y adquisición de bienes muebles asociados a esos proyectos, incluyendo gastos de reinversión e inversión para iniciativas de desarrollo económico local y social; y, un 4% dedicado a programas educativos, de género y de salud.
La asignación de mayor peso es el 40% destinado al gasto de capital e inversión pública, en consecuencia, los ciudadanos tienen que conocer la programación de la inversión; que es trascendental para la creación de valor público. El FP-06 proporciona una panorámica general de cada proyectos u obras; en el FP-08 desglosa si el proyecto o la obra es nueva o de arrastre (si viene de otro presupuesto). En este formulario se pueden determinar las consignaciones del año anterior, además comprobar mediante una operación matemática lo ejecutado versus lo presupuestado, algo a considerar, es la asignación presupuestaria en el nuevo presupuesto.
Cada tres meses las autoridades locales tienen que rendir un informe de la ejecución presupuestaria, donde se verifica el seguimiento a los compromisos y deberes asumidos en el presupuesto municipal. Los ciudadanos tienen que interesarse por conocer dichos informes trimestrales. En estos informes trimestrales se comprueba si los compromisos y deberes del presupuesto se están ejecutando acorde con los criterios y detalle planificado.
El presupuesto municipal está llamado a permitir la innovación de las ciudades, porque el ayuntamiento es el nivel de la administración pública que está más cerca de los ciudadanos. Un buen presupuesto fomenta las transformaciones de los servicios, así como las infraestructuras de las ciudades; está llamado fortalecer la marca ciudad. Articular la visión país que se plasma en la Estrategia Nacional de Desarrollo (Ley 1-12), y conectar con la visión más global, como es la agenda 2030, que procura cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Las ciudades reflejan hacia donde están destinados los recursos públicos, que se administran a través del presupuesto.