El Gobierno dominicano, a través de la Resolución 006-2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores,  ha decidido requerir la visa de turismo a los venezolanos para ingresar a territorio de República Dominicana a partir de este lunes 16 de diciembre, navegando a contracorriente de la tendencia dominante entre los países de América Latina receptores de la migración venezolana, de flexibilizar los requisitos de entrada y permanencia de ciudadanos procedentes de Venezuela, debido a la crisis humanitaria que atraviesa dicho país, que ha forzado la salida de casi 5 millones de personas en los últimos 3 años.

Con esta medida, el Gobierno dominicano configura un triángulo o tríada con los tres únicos países del mundo occidental cuyos nacionales no pueden ingresar al territorio nacional con sólo una tarjeta de turismo: Haití, Cuba y Venezuela.

Esta decisión profundiza la rigidez de una legislación y normativa en materia de migración que históricamente ha funcionado como una especie de blindaje jurídico y administrativo ante la amenaza que supuestamente se cierne sobre la República Dominicana por la presión demográfica de la parte oeste de la Isla, que para los más radicales neo nacionalistas es una amenaza a la seguridad, soberanía e identidad nacional. Infortunadamente, a diferencia de los países de la región que también reciben flujos de inmigrantes en magnitudes apreciables, como son los casos de Argentina, Colombia, México, Brasil, Perú, Uruguay y Ecuador, la legislación migratoria de RD ni la gobernanza de las migraciones están basadas en un enfoque de derechos humanos.

Es bajo este enfoque que el Gobierno dominicano, cediendo a las presiones de grupos y élites nacionales de poder político xenófobos y anti haitianos, decide no suscribir -junto a un grupo muy minoritario de países del mundo- ni el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular ni el Pacto Mundial sobre Refugiados aprobados en las Naciones Unidas el pasado año 2018.

Si bien, dada la importancia estratégica del turismo para la economía dominicana, el Reglamento de Aplicación de la Ley General de Migración y la Ley 875 sobre visados han flexibilizado la obligación de visado a todo extranjero para ingresar a territorio dominicano que establece la primera ley en su Artículo 17, exceptuando de esa disposición a los nacionales de países autorizados por el Poder Ejecutivo a ingresar al país mediante una Tarjeta de Turismo, para fines turísticos exclusivamente”, las normas y requisitos para la obtención de la condición de Residente Temporal y Residente Permanente, de la nacionalidad dominicana y la condición de asilado o refugiado de un ciudadano extranjero es una de las más rígidas en la región.

¿Cuáles son los argumentos que sustentan la medida restrictiva que acaba de adoptar el Ministerio de Relaciones Exteriores?

Si bien la resolución oficial no hace mención de las razones que inducen al Gobierno dominicano a revocar la excepción de visado a los nacionales de Venezuela, en declaraciones a los medios de comunicación el Canciller Miguel Vargas Maldonado ha alegado de razones de necesidad de controles migratorios, dado el vínculo de personas de la diáspora venezolana en el país con hechos delictivos.

Otra razón que oficiosamente se atribuye al Gobierno para excluir a Venezuela de la excepción de visado es la preocupación por el número de venezolanos que entra como turistas y permanecen en territorio dominicano una vez vencido el plazo de la visa.

Respecto del argumento oficial, el mismo no está respaldado por estadísticas. Si bien algunos venezolanos han sido involucrados en acciones de grave delito, los datos de la segunda Encuesta Nacional de inmigrantes (ENI-2017) más bien muestran que el grado en que los venezolanos están incorporados al mercado laboral es más elevado que el de los dominicanos: siete de cada diez están ocupados y uno buscando empleo. También sus niveles educativos están por encima de los correspondientes a los nativos: más de la mitad (51%) alcanzaron el nivel universitario y 34% tienen el nivel medio o de secundaria.

En relación con el segundo argumento, si bien el ingreso de pasajeros venezolanos a RD se triplicó en 5 años -entre 2011 y 2016-, al pasar de poco más de 56,000 a 170,713 respectivamente, desciende a 109,734 en el año 2017 y a 101,155 en 2018; y el saldo entre entradas y salidas de venezolanos a favor de las primeras, si bien aumenta 9,073 en 2016, desciende a 6,120 en 2017 y a apenas 557 en el pasado año 2018.

En síntesis, el marco legal migratorio dominicano resulta más restrictivo que facilitador de la regularidad y ordenamiento migratorio y encaja dentro de lo que Ceriani describe como visión instrumental de la política migratoria en la que “la política es definida por un criterio esencialmente utilitarista, que define la inmigración «deseada» de acuerdo con intereses y necesidades del país de destino” (Ceriani, 2011).

Debido a las restricciones y requisitos que impone la legislación migratoria dominicana y a las dificultades para obtener en Venezuela la documentación exigida para optar por una visa de residencia, la mayoría de los venezolanos se encuentran residiendo en República Dominicana en condición de irregularidad migratoria, lo que los coloca en situación de vulnerabilidad. La irregularidad y la informalidad en el empleo son responsables por los bajos niveles de protección en salud de los inmigrantes venezolanos, lo que probablemente esté afectando también la estabilidad de su empleo.

El Gobierno dominicano debe de definir una política clara, coherente y sostenible para conceder vías de regularización a aquellos venezolanos que están irregularmente en el país y abrir las puertas a una población que se encuentra migrando por motivos de sobrevivencia, revisando la normativa vigente en cuanto a opciones de residencia temporal, y considerar aquellos requisitos que se convierten en barreras para que personas productivas accedan a un estado migratorio regular. Específicamente eliminar los requisitos de tener que regresar al país de origen al momento de solicitar las distintas opciones de residencia y flexibilizar la política de vigencia de los pasaportes o aceptar otro tipo de documentación

En general el Estado dominicano debe mejorar su capacidad para generar políticas de regularización con tal de que instrumentos como la Ley de Migración cumplan con el rol de controlar los flujos migratorios así como de mecanismos de garantía de los Derechos Humanos. La República Dominicana ya vivió la experiencia del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, el cual con sus luces y sombras consiguió que cientos de miles de personas, sobre todo de nacionalidad haitiana, regularizaran su estatus migratorio. Se debe de considerar las buenas prácticas de esta experiencia para considerar la implementación de un nuevo plan o de un proceso continuo que ofrezca las mismas facilidades de regularización que las establecidas por el Plan.