Reciente un joven estudiante de Derecho a través  de mi hija  Jennifer  para comparar sus conceptos me solicito responder lo siguiente;

–Que es el sistema de planificación dominicano?

-Quienes lo integran y funciones?

El cuestionamiento sorprendió por provenir de la juventud  que  dedican mucho tiempo al internet, genial instrumento para la formación pero generalmente  usado de manera irracional. Sorprendido  también por la naturaleza de las preguntas sobre un tema que en el país con excepción de quien suscribe no se promociona.

Con respecto a la promoción de la PLANIFICACION, recuerdo que para disponer HOY de un excelente equipo humano en esta importante especialidad, durante las décadas 1960/70/80 en la Oficina Nacional de Planificación (ONAPLAN), con énfasis en los periodos que fungí como director, priorizamos el empleo y formación de jóvenes  estudiantes hoy excelentes profesionales adultos, principalmente de las universidades Autónoma de Santo Domingo y Madre y Maestra.

Formamos  jóvenes de esa época a través de múltiples  acciones; capacitación en  servicios, cursos, talleres, conferencias, ejecutados en el territorio nacional y también en el extranjero, principalmente en la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), en Santiago, Chile. Agregar a este inventario los encargados de Planificación gubernamental de las últimas décadas. Resulta paradójico observar que con  esa gran inversión  práctica y  formación de recursos humanos, HOY no existan expositores públicos promotores de  este instrumento básico en la búsqueda  del desarrollo del país y que la juventud dominicana no disponga de las facilidades, orientaciones y formación que  ellos tuvieron.

Regresando a las preguntas, la primera orientación que hice al joven fue remitirlo a los artículos 194, 241 y 242  de nuestra constitución,  leyes 498-06 Planificación e Inversión Pública, 496-06  ministerio  de Economía y Planificación. Con  su lectura encontraría  referentes que responderían sus inquietudes pero con resultados errados debido  a que además de leer, debe investigarse la implementación que tienen dichas leyes. En la Confederación  efectuamos un análisis para determinar la situación real de los componentes del Sistema de Planificación y el resultado;

– Conceptos;                                                                     Observaciones;

Constitución;

-Art, 194 Plan de Ordenamiento Territorial                       (ley en proceso de elaboración)

-Art, 241 Estrategia Nacional de Desarrollo                     (excepcionalmente  considerada)

-Art, 242 Plan Plurianual                                                   (se desconoce su formulación)

Leyes;

-Art, 6, 498-06  indica el sistema estaría compuesto;

Consejo de gobierno                                                           (reúne para aprobación presupuesto público)

Comisión Técnica delegada                                              (imposible de reunir, muchos funcionarios)

Ministerio de Economía                                                    (anuladas sus funciones ejecutivas)

Consejos de Desarrollo;

regionales, provinciales y municipales                           (no se han establecidos)

Las observaciones indican que los planes Ordenamiento Territorial, Plurianual son inexistentes y la Estrategia Nacional se cita a conveniencia. Los organismos que deberían  forman el Sistema  son disfuncionales o no se han establecidos. En conclusión el país no dispone de un Sistema de Planificación en capacidad de materializarse.

Estas leyes poseen un diseño complejo, copias de países de condiciones y cultura muy distinta al nuestro, se elaboraron expresamente para que el Sistema no funcionara. Considerando que el Neoliberalismo base de este diseño,  limita al máximo la intervención del Estado en el desempeño de la sociedad y la Planificación es un instrumento del Estado para REGULAR ese desempeño. Existía  una contradicción que obligo anular la Planificación. Los expertos extranjeros formularon leyes literalmente elegantes pero vacías, para garantizar la anulación, transfirieron  las funciones de formulación y ejecución del Presupuesto Publico del Ministerio de Planificación al de Hacienda dejando al primero como  “Convidado de Piedra” en la gestión gubernamental. Las leyes Educación, Salud y Seguridad Social tienen también complejidades para sus aplicaciones y enfatizan en la PRIVATIZACION  de estos servicios públicos.

Este proceso es implementado y controlado por Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Los países que obedecen estos mandatos  tienen oportunidades de renegociar la  deuda externa y obtener nuevos préstamos.