La mejor razón para dejar la policía debe ser el salario, (Sueldo cebolla).

Luego de la publicación de la nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional, 590-16 miles de miembros de la institución policial, alistados y oficiales de todas las jerarquías están solicitando su renuncia de las filas policiales, a razón de algunas restricciones para realizar otros trabajos remunerados y que según artículo 153 y párrafos, se considerará como faltas muy graves la violación a los mismos.

Lo único lamentable de esta situación es que, sin temor a dudas, la mayoría de estos miembros policiales que hoy se sienten desmoralizados y quieren retirarse del servicio activo son: los más capaces, honesto, trabajadores, y también los que viven con mayor dificultad dentro de la institución, ya que los privilegios son para los peores policías y los más corruptos. Sumado a esto, se aumentará la tarifa de peaje que envuelven los negocios corruptos del permiso para realizar otros trabajos ajenos a la función policial. Situación que lamentamos y tarde o temprano  lamentará toda la sociedad.

Constitución de La Republica Dominicana, de  fecha trece (13) de junio de 2015, en su “Artículo 144.- Régimen de compensación. Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las modalidades de compensación de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo con los criterios de mérito y características de la prestación del servicio.”

Pero, la costumbre y la cultura de irrespeto a las leyes casi siempre se han sobre puesto al estado de derecho, lo que hace de la República Dominicana un país cada vez más débil en democracia e institucionalidad. Dejando un vacío de justicia y ausencia de consecuencias para los violadores de la ley. Un Estado gobernado y administrado por violadores de la Constitución, así como las demás leyes y revestidos de impunidad está condenado a destruirse. Miremos en el espejo del vecino Haití.

Que la nueva ley prohíba más de un empleo remunerado no era necesario, si ya lo prohibía la Constitución, como se muestra en el artículo 144, ya citado.  La Nueva Ley 590-16 no es razón para salir de la policía ni para preocuparse, si no se ha cumplido la Constitución y no se ha cumplido la ley 96-04, no hay por que temer porque la nueva ley lo prohíba.

Hago un llamado a todos los policías que hoy se sienten desmoralizados por la prohibición del pluriempleo: No hay porque preocuparse, sigan con su pluriempleo o trabajos paralelos que le garantizan tener mejor calidad de vida, a razón que seis mil pesos,($6,000) no son suficiente para mantener una persona y mucho menos para una familia. No hay constitución, ley o reglamento, que pueda romper el derecho a una mejor calidad de vida, así que, exhorto a los policías honestos que completan su canasta familiar con otros trabajos remunerados en su tiempo libre de día, de noche o en el fin de semana, a que sigan trabajando con orgullo por su familia, por su patria, repito, no hay que temer.

La solución no estará nunca en limitar y sancionar  por otros trabajos remunerados, si no en pagar lo que amerita el trabajo o profesión de mayor riesgo del país que es el quehacer policial.

Ninguna Constitución o ley debe limitar la calidad y modo de vivir mejor. Mucho menos cuando el Estado no suministra o paga lo justo para sobrevivir, y ni para eso alcanza "el sueldo cebolla".

Los supuestos líderes  y dirigentes de los diferentes poderes del Estado incluyendo los poderes fácticos proponen modificaciones por caprichos y boberías sin medir consecuencias y deciden cambiar todo, casi siempre para empeorar.

La Constitución es la ley de leyes siempre ha prohibido el pluriempleo remunerado para los funcionarios públicos y nunca se ha cumplido. Hoy, como es costumbre los medios y comunicadores crucifican y acorralan la institución policial y sus policías a razón de sus otros trabajos remunerados, (por motivo de sobrevivencia en la mayoría de los casos), cuando ellos mismos son usuarios y cómplices de esos servicios paralelos. Sin embargo, para nadie es secreto, que casi en su totalidad los funcionarios públicos tienen conflictos de intereses entre sus cargos y sus negocios, pero se ignora, los medios y sus comunicadores lo callan.

Al parecer, quienes dirigen el Estado y controlan el conjunto de la toma de decisiones frente al status quo en el país, quieren descargar resentimientos de las emociones reprimidas por las persecuciones y limitaciones de libertad a cargo de los uniformados en los periodos de guerra fría, destruyendo la institucionalidad policial y debilitando el resto de las instituciones de la administración pública.

En un País totalmente anómico culturalmente, ni la Constitución ni la Ley Orgánica policial derogada 96-04 ni la ley reciente 590-16, por sí solas resolverán la inseguridad y la violencia en todas manifestaciones.

Ni tampoco la reducción de generales ni un cambio de título de “Jefe de la Policía Nacional” ahora a “Director General de la Policía Nacional” serán garantía de mejor proceder y más eficiencia, eso es retórica o dialéctica vacía para distraer.

La pensión y el Régimen de Reparto Especial para los Miembros de la Policía Nacional. Párrafo II, solo aplica a los de nuevos ingresos. No preocupéis.

Dios les bendiga siempre Pueblo Dominicana.

http://rescaterd.org.do/