En el contexto nacional, en República Dominicana se han venido haciendo esfuerzos desde el año 2016  con miras a la implementación local de la Agenda 2030 en el marco de la Comisión Nacional Interinstitucional de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible (CDS) y de las Subcomisiones Personas, Prosperidad, Planeta e Institucionalidad, creadas mediante el Decreto No. 23-16.

De cara al próximo año 2020, pautado como año de inicio oficial de la Agenda 2030, en la actualidad se está en la etapa de elaboración de la hoja de ruta y el plan de acción para cada uno de los 17 ODS y el plan de desarrollo estadístico para la medición de los indicadores de cada una de las cuatro subcomisiones, y en al menos la de Personas – liderada por el Gabinete de Políticas Sociales que coordina la Vicepresidencia de la República- se ha iniciado el proceso de consulta nacional y regional con actores diversos de la sociedad en dos ODS, Fin de la pobreza (1) y Equidad de género (5).

En el caso del tema de las migraciones internacionales, los ODS y las Metas en los que se abordan atraviesa a tres de las cuatro subcomisiones: Personas, Prosperidad e Institucionalidad. Sin embargo, a la fecha sólo la primera está desarrollando acciones orientadas a integrar la migración en los ODS, desarrollando un macro proyecto de cinco estudios que abordan el fenómeno de la migración y la protección social., aunque no incluye el estudio del flujo y stock de inmigrantes haitianos, inmensamente mayoritario y con mayor déficit en cobertura de protección.

En relación con los compromisos sobre migración del país que se derivan de la Agenda 2030, en el actual proceso de implementación de la Agenda debe tenerse en cuenta, con respecto a cada una de las metas antes expuestas, lo siguiente:

  1. Por su trascendencia para la sociedad y la economía dominicanas, su relativa transversalidad en la Agenda 2030 y su complejidad, las migraciones internacionales es un tema sobre el cual las subcomisiones mencionadas deberían acordar la realización de un diagnóstico y estudio que permita elaborar una Hoja de Ruta y un Plan de Acción que, alineados con la END, tracen los lineamientos básicos de políticas orientadas a dar cumplimiento o lograr las metas referidas a las migraciones.
  1. Dicho diagnóstico debe incluir un análisis del grado de alineamiento de los ODS que tratan el tema migratorio con la END, particularmente con el Objetivo específico 2.3.7 que busca “Ordenar los flujos migratorios conforme a las necesidades del desarrollo nacional” y las líneas de acción 2.3.7.2 a la 2.3.7.6. Posteriormente, una vez que se identifiquen las aéreas que no están alineados con la END, se deben hacer las recomendaciones de lugar para armonizar ambas estrategias de desarrollo.
  1. Con respecto a la Meta 10.7, referida a la aplicación de “políticas migratorias planificadas y bien gestionadas”, la misma se alinea con el objetivo específico 2.3.7, y más específicamente con la línea de acción 2.3.7.1 de la Estrategia Nacional de Desarrollo que manda a “Reordenar y modernizar el marco legal e institucional, asegurando que sea compatible con las mejores prácticas internacionales y el respeto a los derechos de la población inmigrante, con fines de fortalecer el sistema de registro,  gestión y control de los flujos migratorios”. 

Si bien, como advierte la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), no hay ninguna definición de Migración ordenada dentro de los ODS, dicho organismo la define como “Movimiento de personas de su lugar de residencia a otro, respetando la legislación que regula la salida y el viaje del país de origen, el tránsito y el ingreso en el territorio del país de tránsito o receptor.” Esta definición subraya el derecho de un Estado a regular la entrada como base para poder garantizar el tratamiento adecuado de los migrantes, otorgar derechos, hacer cumplir la ley y gestionar las relaciones con las comunidades de acogida.

Según el Marco de gobernanza de la migración (MiGOF, por sus siglas en inglés) también desarrollado por la OIM, un Estado realiza progresos para garantizar que la migración sea humana, ordenada y beneficie a los migrantes y la sociedad cuando: (i) hace suyos los estándares internacionales y cumple con los derechos de los migrantes; (ii) formula sus políticas utilizando para ello una base empírica y un enfoque del gubernamental global; (iii) se relaciona con sus asociados a la hora de abordar la migración y temas relacionados. Teniendo en cuenta estos criterios, en términos de política y gobernanza migratoria el país requiere fortalecer la institucionalidad, la gestión y la legislación migratoria para poder avanzar en la meta 10.7 del ODS 7 y en la línea de acción 2.3.7.1.

  1. Si bien la regularización  de unos  250,000  inmigrantes a través del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros (PNRE) representa un hito importante en la historia de la gestión migratoria, está pendiente aún el otorgamiento de la residencia temporal a los mismos.
  1. En relación con la meta 8.8 sobre los derechos laborales de los trabajadores y de los migrantes en particular,  de acuerdo al indicador 8.8.2 que se utilizará en la medición de los avances de dicha meta, la misma se centra en los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva. Para avanzar en lo primero se deben modificar los artículos 51, 403 y 404 del código de trabajo sobre el derecho a formar sindicatos y a la huelga.

Sobre la negociación la negociación colectiva de las condiciones de trabajo, es necesaria una modificación al art. 107 del Código de Trabajo, de tal manera que quede claro que un sindicato profesional solo debe obtener la mayoría absoluta de los trabajadores de la especialidad para negociar convenios colectivos, no de la totalidad de los trabajadores de la empresa o del grupo de empresas. Sobre los artículos 109 y 110 de dicho código, sugerimos que se reduzca el porcentaje para poder negociar colectivamente a más del 30% de los trabajadores de la empresa, excluyendo a los que ocupen puestos de dirección o de inspección de labores de carácter general (art. 109); y que en los sindicatos por rama igualmente la mayoría requerida sea de más del 30% de los trabajadores de la empresa, excluyendo a los que ocupen puestos de dirección o de inspección de labores de carácter general (art. 110).

  1. Una asignatura aun pendiente en términos de derechos laborales de los inmigrantes es  la firma y ratificación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, que se adoptó el 18 de diciembre de 1990 y entró en vigor el 1 de julio de 2003, ratificada a la fecha por 38 países.

También está aún pendiente la homologación del Convenio 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos en la legislación nacional dominicana; para garantizar que mujeres migrantes trabajadoras puedan beneficiarse de sus provisiones en igualdad de condiciones que las mujeres nativas.

  1. Sobre la trata y explotación de personas, el trabajo forzoso, el tráfico de mano de obra forzada, el trabajo infantil y todas las restantes formas de explotación laboral de las metas 5.2,  8.7 y 16.2, es un avance significativo en el combate a dicho problema la aprobación en 2003  de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, legislación alineada con el llamado Protocolo de Palermo sobre la Trata (2000) y con la Convención contra el Crimen Organizado y sus tres protocolos; así como la creación de la Comisión Interinstitucional de Combate a la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (CITIM),  creada en 2007, mediante el Decreto 575-07, y la creación de distintos departamentos y unidades en la Procuraduría de la República que fortalecen sus capacidades de respuestas, como la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas del Ministerio Público, el Departamento de Trata de la Policía Nacional y el Departamento contra el Crimen Organizado (DCO) de la Dirección Central de Inteligencia Delictiva (DINTEL) de la Policía Nacional y la elaboración del Protocolo de Identificación, Asistencia, y Reintegración de Sobrevivientes de Trata de Personas.

No obstante estos avances, poner fin a la trata de personas requiere un esfuerzo profundamente multisectorial. Avanzar hacia la erradicación de la pobreza (Objetivo 1), promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres (Objetivo 5), promover el empleo pleno y productivo y el trabajo decente (Objetivo 8), brindar acceso a la justicia para todos (Objetivo 16) y facilitar la migración regular a través de la Meta10.7, también ayudaría a abordar la trata de personas en todas sus formas.

  1. En cuanto a la protección social de los inmigrantes, si bien el Decreto Presidencial 96-16 facilita el acceso al sistema de seguridad social para los migrantes vinculados al PNRE al modificar la cédula como requisito, para lo cual abre opciones de documentos de identificación que incluyen los entregados por el Gobierno a los migrantes beneficiarios del PNRE.

Si bien las responsabilidades  y el manejo de la migración por el Estado dominicano desbordan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Agenda 2030 es una magnífica oportunidad para mejorar la gestión y gobernanza de las migraciones, fortaleciendo su vínculo con una visión de desarrollo sostenible y haciendo visible el rol positivo que desempeñan los migrantes en este proceso.

Incorporar  a los migrantes en las metas de los ODS contribuirá a hacer efectiva la aspiración que como consigna se promueve en la comunidad internacional: “que  nadie se quede atrás”.