El presidente, Danilo Medina, convocó extraordinariamente a las cámaras legislativas para reformar la Ley Electoral 275-97 y su voluntad fue cumplida disciplinadamente por los congresistas.

Sorprendentemente, lo que no fue posible hacer en nueve años se materializó en tan solo una semana. Esta es la ventaja de ser el gobernante de un partido hegemónico y tener su propio Congreso Nacional.

Sin embargo, también es una muestra de la continua violación de la institucionalidad democrática que ha caracterizado al hegemónico Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el cual, desde hace nueve años, debió sintonizar esa norma con la reformada Constitución Política del año 2010.

La referida norma debió ser la primera ley orgánica que se aprobara después de la Constitución de Leonel Fernández, a los fines de que las elecciones del año 2012 fueran regidas por ella.  Más adelante fue aprobada la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, en la que se determinó la necesidad prioritaria de aprobar la reforma de la Ley Electoral. Pero tampoco fue cumplida.

Para el PLD, cuando estaba unificado, la institucionalidad era irrelevante, lo que importaba era retener el poder. Obviamente, no le convenía reformar la Ley Electoral, para que de esta manera el órgano electoral no se viera compelido a hacerla cumplir, principalmente en lo relativo al uso de los recursos del Estado en la campaña. Es decir, la deficiencia de la norma era una justificación para que la Junta Central Electoral no garantizara la libertad, transparencia, objetividad y equidad de las elecciones, tal y como lo dispone el artículo 211 de la Constitución Política.

Lo anterior es un reflejo de la grave consecuencia que se puede derivar de la falta de alternancia en el poder en un sistema presidencialista como el nuestro, en el cual, además, su Sistema Electoral permite, sin ninguna dificultad, que un partido obtenga la totalidad de los senadores y la mayoría calificada de los diputados.


No obstante, cuando todo parecía indicar que las elecciones del 2020 serían organizadas conforme a la anacrónica Ley Electoral 275-97, la descarnada lucha interna que se libra al interior del Partido de la Liberación Dominicana, inesperadamente, hizo posible la aprobación de la nueva Ley Orgánica del Régimen Electoral.

A fin de poder justificar no usar los recursos del Estado en las próximas elecciones a favor de la candidatura de Leonel Fernández, en caso de que resulte escogido como el candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana, el presidente, Danilo Medina, dispuso la aprobación de la mencionada ley electoral.

Una muestra de lo anterior es que la integración en la nueva Ley del Régimen Electoral, por iniciativa de la corriente del presidente Medina, de la prohibición de inauguraciones de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías cuarenta días antes de las elecciones municipales y sesenta antes de las presidenciales y congresuales, no fue aceptada de buenas ganas por el presidente Leonel Fernández. 

Todo parece indicar que esta vez el presidente Medina no utilizará desenfrenadamente los bienes y fondos del Estado para ayudar al candidato presidencial de su partido a imponerse en las elecciones.

Esto explica que la nueva norma se aprobara con urgencia extrema, sin debatirse a profundidad, como lo requiere una ley orgánica tan importante para la democracia.